POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORT · 2026

Título oficial: RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE FECHA 30/07/2026, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS PROMOCIÓN DEL DEPORTES 2026, CONCURRENCIA COMPETITIVA.

1.- Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones y ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a los clubes deportivos inscritos en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y Vecinales del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana para el desarrollo de actividades y programas de interés general relativos a la práctica deportiva. Dichas subvenciones y ayudas se regirán por las presentes bases reguladoras y por las disposiciones que se determinen en cada convocatoria específica.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES705 - Gran Canaria. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA DE TIRAJANA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 384.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán solicitar subvenciones las Entidades Deportivas, sin ánimo de lucro, que desarrollen la actividad deportiva, con domicilio social en el municipio de Santa Lucía de Tirajana, que figuren inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y Vecinales del Ayuntamiento de Santa
  • - Que a la fecha de la Convocatoria lleven inscritas dos años o más en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y Vecinales del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana.
  • - No estar incursas las personas jurídicas o las entidades, o las personas que ostentan la representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones, por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el
  • I.- Solicitud y documentación: La solicitud de subvención se formalizará mediante instancia, según el modelo normalizado que figura como Anexo I de estas Bases, y que se encuentra a disposición de los interesados en la página web de la Gerencia Municipal de Cultura y Deportes Santa Lucía, S.A. (www.ateneomunicipalsantalucía.es), debiendo dirigirse al Presidente/a de la Gerencia Municipal de Cultura y Deportes Santa Lucía, S.A., y estar suscrita por el representante legal de la Entidad, quien especificará la calidad con la que actúa.
  • A dicha solicitud deberán adjuntarse los siguientes documentos:
  • D.N.I. del representante de la entidad.
  • Estatutos, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
  • Certificado actualizado y/o resolución de la composición de la junta directiva en el Registro que legalmente proceda.
  • Certificado y/o resolución de la entidad que consta inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y Vecinales del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana.
  • Declaración expresa de no estar incurso en ninguna de las causas de prohibición de la obtención de la condición de beneficiario/a, establecida en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la
  • Proyecto de las actividades para las que se solicita la subvención.
  • Presupuesto de gastos e ingresos.
  • Certificado actualizado del número de licencias deportivas expedido por la Federación correspondiente. No computan los equipos retirados de la competición. La Gerencia Municipal de Cultura y Deportes Santa Lucía S.A. podrá requerir copia de las fichas de los deportistas y cualquier otra documentación necesaria para su verificación.
  • Certificado actualizado de la Federación correspondiente donde diga que el club tiene una sección de Deporte Autóctono de Canarias. Modalidad C.
  • Declaración responsable del Presidente/a de la Entidad: Modalidad A. Anexo III.
  • Declaración responsable del Presidente/a de la Entidad: Modalidad B. Anexo IV.
  • Declaración responsable del Presidente/a de la Entidad: Modalidad C. Anexo V.
  • Certificado actualizado de la aseguradora acerca de los/as niños/as asegurados/as donde manifiesten que pertenecen a las Escuelas Deportivas Municipales.
  • Certificado acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones fiscales frente a la Agencia Tributaria Canaria.
  • Certificado acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones fiscales frente a Agencia Tributaria Estatal.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Cuarta. - Gastos subvencionables. · eligible
    Cuarta. - Gastos subvencionables.
  • Cuarta. - Gastos subvencionables · eligible
    Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan indubitadamente a la naturaleza de la actividad subvencionada, los cuales son recogidos en estas bases, y se realicen en el plazo establecido por las diferentes convocatorias. En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado, de acuerdo con lo previsto en el art. 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cuarta. - Gastos subvencionables · eligible
    En ningún caso serán subvencionables:
  • Cuarta. - Gastos subvencionables · eligible
    Asunto: Resolución Bases Específicas Reguladoras y convocatoria subvenciones a las Entidades Deportivas. Concurrencia Competitiva. Expediente administrativo 506/2026  Gastos de inversión y equipamiento (cámaras fotográficas, mobiliario, maquinaria deportiva, teléfonos, vehículos, etc.).  Gastos de suministros (agua de abasto, luz, etc.).  Los intereses deudores de las cuentas bancarias.  Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.  Los gastos de procedimientos judiciales.  La realización de obras.  La amortización de inmovilizado.  Los costes indirectos.  Subvenciones o ayudas a terceros.  Gastos financieros correspondientes a avales ni préstamos.  Gastos de alimentos para fiestas o celebraciones.  Bebidas alcohólicas.  Las actividades que atenten contra los valores universales como la paz, la solidaridad, la igualdad de género, el respeto al medio ambiente, la interculturalidad, etc.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1.- Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones y ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a los clubes deportivos inscritos en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y Vecinales del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana para el desarrollo de actividades y programas de interés general relativos a la práctica deportiva. Dichas subvenciones y ayudas se regirán por las presentes bases reguladoras y por las disposiciones que se determinen en cada convocatoria específica.