RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS ECONÓMICAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS AL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ARTE Y EDUCACIÓN

Las ayudas objeto de esta convocatoria , de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad, serán concedidas en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos que promuevan la colaboración entre agentes artísticos y culturales y centros educativos con el fin de incorporar e integrar los lenguajes, prácticas y metodologías artísticas en los procesos de aprendizaje en la escuela.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA ( ICA ).

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
  • Entidades privadas sin ánimo de lucro y/o
  • Entidades privadas con ánimo de lucro, incluyendo las entidades dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales, así como los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y/o
  • Entidades públicas, incluyendo las agrupaciones de entidades locales.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios/as lo/as solicitantes que:
  • Estén incursos en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
  • Tengan obligaciones tributarias en período ejecutivo, ante la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas, aplazadas o garantizadas.
  • No estén al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. El cumplimiento de dicho requisito será obligatorio para mantenerse en la condición de beneficiaria y, por tanto, se verificará su respectivo cumplimiento en el momento de efectuar la concesión y en el momento de realizar los pagos.
  • No est én en alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto sobre
  • Página 5 de 20 Actividades Económicas y/o tener un objeto o fin social no acorde con el desarrollo de la actividad subvencionable contenida en el artículo 1.
  • Aquellas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el
  • documentation
    El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución en el BORM y finalizará el 21 de septiembre de 2026.
  • documentation
    Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica en la sede electrónica de la Administración Pública de la Región de Murcia sede.carm.es , quedando obligados todos los solicitantes a utilizar este medio d e acuerdo con lo previsto en el artículo 14.3 de la LPACAP, al deducirse su capacidad para poder presentar la solicitud y documentación necesaria por medios electrónicos por razón de su actividad, en calidad de profesionales de las industrias culturales y creativas. Toda la información requerida se encuentra disponible en el procedimiento 4687 AYUDAS
  • documentation
    ECONÓMICAS EN R ÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETIT IVA DESTINADAS AL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ARTE Y EDUCACIÓN de la “Guía de Procedimientos y Servicios de la CARM”, desde el que también podrá acceder al indicado formulario de solicitud y a los anexos correspondientes. A través de este procedimiento deberá remitirse cualquier documentación relativa a esta solicitud de subvención o anexa a la misma.
  • documentation
    Las solicitudes deberán ser suscritas por quien ostenta la representación de la entidad solicitante, conforme a la normativa de aplicación.
  • documentation
    Los/las profesionales interesados/as deberán presentar, la siguiente documentación:
  • documentation
    Solicitud conforme al modelo establecido en el ANEXO I.
  • documentation
    Para acreditar la identidad de la persona jurídica se requerirá documento oficial que acredite la constitución, así como su inscripción en el correspondiente registro público, una copia de los estatutos vigentes, registrados o inscritos en el citado registro, así como la acreditación de la
  • documentation
    Declaración responsable de compromiso con la ejecución de actuaciones y de otras ayudas percibidas (ANEXO II).
  • documentation
    Declaración responsable de no incurrir en ninguno de los demás supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, debiendo permanecer en esta situación durante todo el procedimiento de tramitación de las ayudas, hasta el pago de estas (ANEXO III).

Gastos y actuaciones

  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Se financiarán aquellos proyectos que promuevan la colaboración entre agentes artísticos y culturales y centros educativos con el fin de incorporar e integrar los lenguajes, prácticas y metodologías artísticas en los procesos de aprendizaje en la escuela.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Proyectos que se desarrollen en centros de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Ciclos formativos de Grado Básico, Medio y Superior y Bachillerato, así como en centros de Educación especial.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Proyectos que incorporen cualquier disciplina artística con una conexión curricular evidente y en horario lectivo.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Proyectos de residencias artísticas que planteen una mediación cultural entre estos artistas y las necesidades del centro educativo y docentes.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Proyectos que promuevan redes de colaboración entre centros educativos e instituciones y agentes culturales de su entorno.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Proyectos que generen recursos educativos sostenibles y que funcionen como kits/cajas de herramientas artístico-educativos.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Proyectos que favorezcan la cooperación de la comunidad educativa y el aprendizaje servicio (APS) a través de las prácticas artísticas.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Proyectos que favorezcan el uso de los centros educativos como dinamizadores de la vida cultural del entorno. Se consideran gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Podrá computarse como coste imputable al proyecto la actuación a realizar por el propio beneficiario (Régimen Especial del Autónomos) o de algún miembro integrado en la estructura empresarial de la persona jurídica solicitante hasta un máximo de un 20% del presupuesto de desarrollo . Para estos supuestos, deberá constar en contrato las condiciones y prestación del servicio, título del proyecto y la remuneración y retención correspondiente, abono de tal coste mediante transferencia bancaria, etc.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · ineligible
    Quedan excluidos los siguientes gastos:
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos financieros , de amortización, intereses, recargos y sanciones administrativas o penales, ni los gastos judiciales.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Impuestos, IVA incluido, tributos o tasas, sanciones, etc. siempre y cuando sean objeto de compensación o recuperación por parte del beneficiario.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos de comidas e invitaciones protocolarias o cualquier tipo de gasto de representación.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Inversiones, reparaciones y adquisiciones de material y/o equipos inventariables de cualquier tipo.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos generales o de gestión corrientes (alquileres, teléfono, energía eléctrica, agua, comunicaciones, gastos de gestoría, gastos generales de informática, etc.)
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Costes y gastos fijos de personal.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Costes de capital que cubran reparaciones en inmuebles o vehículos.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Productos, equipos o servicios prestados, fabricados o comercializados por personas, familiares o sociedades vinculadas a cualquiera de ellos directa o indirectamente, ya sea por consanguinidad y/o afinidad.
  • ARTÍCULO 7.- TIPOLOGÍA DE LOS PROYECTOS Y GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los servicios prestados por empresas o personas que hayan obtenido la condición de beneficiario en las presentes ayudas o que participen en proyectos que lo hayan obtenido, así como sus entidades vinculadas.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[14215].extracted_segments[1]

Las ayudas objeto de esta convocatoria , de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad, serán concedidas en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos que promuevan la colaboración entre agentes artísticos y culturales y centros educativos con el fin de incorporar e integrar los lenguajes, prácticas y metodologías artísticas en los procesos de aprendizaje en la escuela.