Personas físicasES53 - ILLES BALEARS

Resolución del consejero de Empresa, Ocupación y Energía, y presidente del SOIB dirigidos a personas con especiales dificultades Graus B 24-26 _PNL 027/2026

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES53 - ILLES BALEARS. La gestiona SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ISLAS BALEARES (SOIB).

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Los sujetos obligados a relacionar electrónicamente con las administraciones públicas de conformidad con lo dispuesto en el
  • documentation
    normalizado en formato PDF, que se tiene que firmar electrónicamente, la solicitud se tiene que presentar a través del trámite telemático disponible a la Sede Electrónica del Gobierno, dentro del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el
  • documentation
    Las personas físicas no obligadas a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas:
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    De manera electrónica, en la misma forma que establece el apartado a).
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    De manera presencial en las oficinas de registro de la Administración autonómica o en cualquier de los otros lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, y en el artículo 37 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Toda la información de la convocatoria y los enlaces para acceder a ESOIB desde donde se genera el modelo de solicitud normalizado y a la Sede Electrónica desde donde poder registrar la solicitud estarán disponibles en el web https://soib.es/convocatories/.
  • documentation
    Si la solicitud no reúne los requisitos legales que exige esta convocatoria, en aplicación del artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se tiene que requerir a la persona interesada que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles, subsane el error o presente los documentos preceptivos, con la indicación que, si no lo hace, se considerará que cesa en su petición, con la resolución previa que se tiene que dictar en los términos del artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • documentation
    Las notificaciones que se deriven de este procedimiento se tienen que hacer preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando la persona interesada resulte obligada a recibir las notificaciones por esta vía, con las excepciones indicadas en el artículo 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las notificaciones a través de medios electrónicos se tienen que practicar así como establece el artículo 43 de esta Ley. Cuando la entidad de formación solicitante incluya en la solicitud la dirección de correo electrónico, se entiende que lo aporta a efectos de las notificaciones de los actos de trámite, de acuerdo con el que se regula en el artículo 41 de la Ley de 39/2015, de 1 de octubre.
  • documentation
    Toda la documentación que complementa la solicitud se tiene que presentar directamente a través de la aplicación ESOIB, de la cual forma
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    Solicitud de la subvención que incluye las declaraciones responsables siguientes:
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    No estar sometida a ninguno de las circunstancias que se indican en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el
  • El centro tendrá que tener, al menos el 60% del equipo docente de la actividad formativa, con los requisitos académicos que recoge el apartado a) del artículo 168.1, de acuerdo con el apartado 28.4.
  • Garantizarán que los documentos oficiales de evaluación de las personas en formación den fe y solo contengan asientos correspondientes al mismo centro donde están matriculados, que será coincidente con el centro donde se los haya impartido la formación correspondiente.
  • Tendrán que participar en los controles y los procesos de calidad que acuerde la Administración competente, en el marco de los sistemas de evaluación y calidad del Sistema de formación profesional, sin perjuicio de las atribuciones asignadas a la inspección educativa a la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en los centros del sistema educativo no universitario.
  • Facilitar puntualmente al SOIB toda la información que les sea requerida con fines de control, seguimiento, estadísticas y evaluación de las actuaciones desarrolladas.
  • Fomentar activamente la igualdad efectiva de trato y de oportunidades, así como la participación equilibrada de mujeres y hombres en la formación.
  • Proporcionar al alumnado, al inicio de la formación la relación de material de escritorio establecido por el SOIB, de acuerdo con la descripción y las características determinadas al Anexo 2 de esta Resolución.
  • Dar al alumnado, al haber acabado la formación de los grados, el certificado provisional de la formación superada expedido por el SOIB intermediando la aplicación ESOIB.
  • Formalizar, si procede, los acuerdos con empresas u organismos equiparados para llevar a cabo el periodo de formación en empresa (FEMPO).
  • Además del acuerdo a que hace referencia la letra h), y en caso de que la entidad de formación tenga concedida la totalidad de los grados B que conforman un certificado de profesionalidad, tendrá que subscribir, como mínimo, un acuerdo de colaboración por cada grado C que se pueda conseguir. Este acuerdo tiene que estar firmado por la entidad de formación y por una empresa del sector objeto de la formación. El objetivo es el desarrollo conjunto de parte de los contenidos de los grados B, y acercar, de este modo, la formación a la realidad de las empresas. https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2024/120/1170710
  • Cumplir la impartición de los grados y seguir las prescripciones que les sean aplicables en virtud de disposición legal o reglamentaria, incluida la obligación de impartir la formación en los espacios, con los recursos humanos y con los medios formativos autorizados para esta finalidad.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Fomento del Empleo