Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se convocan ayudas individualizadas de alimentación para alumnos de centros púbicos de educación secundaria que no disponen de comedor escolar durante el curso 26-27

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES53 - ILLES BALEARS. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • convocatoria, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes (ya sea en plazo ordinario o extraordinario) deberán acreditar una de las siguientes
  • Alumnos que se encuentren en situación de acogimiento acreditada mediante un certificado del director del centro de acogimiento o del órgano competente.
  • Alumnos que tengan la condición de refugiado, asilo, protección subsidiaria o protección internacional (o sus padres o tutores).
  • Alumnos que pertenezcan a una familia monoparental1.
  • Alumnos con un grado de discapacidad reconocido igual o superior a 75%.
  • en el apartado cuarto, de acuerdo con los criterios del apartado octavo de estas bases y en función de la disponibilidad presupuestaria. Cuarto Requisitos de los beneficiarios por baremo Los beneficiarios por baremo, para solicitar las ayudas recogidas en esta convocatoria, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes deberán tener una renta total familiar no superior a lo que determina la siguiente tabla calculada
  • Aquesta és una còpia autèntica imprimible d'un document electrònic. Podeu comprovar la seva validesa al següent enllaç: https://csv.caib.es/concsvfront/view.xhtml?hash=86b8db47aac4db79e651af3858c31724df18598660f64f8be79a04611b11a3dc CSV: 86b8db47aac4db79e651af3858c31724df18598660f64f8be79a04611b11a3dc Pàgina 10/43 C/ Ter, 16, 07009 Palma Tel. 971 17 77 82 educacio.caib.es 10 Número de adultos (mayores 14 años) Número de menores (menores de 14 años) Renta familiar total 2 0 22.050,00 € 2 1 26.460,00 € 2 2 30.870,00 € 2 3 35.280,00 € 2 4 39.690,00 € 3 0 29.400,00 € 3 1 33.810,00 € 3 2 38.220,00 € 3 3 42.630,00 € Se deberán añadir 4.410,00 € por cada menor de catorce años adicional y 7.350,00 € por cada adulto mayor de catorce años adicional. Quinto Miembros de la unidad familiar
  • Son miembros de la unidad familiar, siempre y cuando todos ellos tengan
  • El alumno para el que se solicita la ayuda.
  • Los padres, tutores o personas encargadas de la guarda del menor.
  • Los hermanos menores de 25 años no emancipados.
  • Los hermanos, independientemente de su edad, cuando se trate de personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33 %.
  • Los ascendientes familiares hasta el segundo grado de consanguineidad.
  • En el caso de divorcio o separación legal o de hecho de los progenitores, en régimen de custodia compartida, además de los enunciados en el punto 1 se consideran miembros computables a los dos progenitores o tutores del solicitante de la beca.
  • En los casos de custodia exclusiva de uno de los progenitores, se considera miembro computable la persona que mantenga una relación con el progenitor o el tutor legal del beneficiario que presenta la solicitud en condición de cónyuge, de pareja de hecho (acreditada de acuerdo con la Ley 18/2001, de 19 de diciembre, de parejas estables, publicada en el BOIB
  • Para calcular las unidades de consumo del núcleo familiar, se deberán tener en cuenta todos los miembros de la unidad familiar, de acuerdo con el punto quinto.
  • El primer adulto de la unidad familiar supone una unidad de consumo y el resto de adultos de catorce años o más suponen 0,5 unidades de consumo. Los menores de catorce años suponen 0,3 unidades de consumo.
  • El programa GestIB, en el apartado «Baremación», calcula de manera automática el número de unidades de consumo a partir de los datos introducidos relativos a los miembros de la unidad familiar. Octavo Criterios para otorgar la puntuación según el baremo Para otorgar la puntuación según el baremo, se deben tener en cuenta los
  • documentation
    DNI o NIE en vigor de todos los miembros computables de la unidad familiar que tenían dieciséis años o más el día 31 de diciembre de 2025.
  • documentation
    Copia del libro de familia con todos los miembros o certificado digital del Registro Civil. En los casos de nulidad, separación o divorcio, se deberá adjuntar la sentencia judicial que declare esta situación. Las separaciones de hecho se deberán acreditar mediante cualquier documentación que lo demuestre.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación