FundacionesPersonas jurídicasXXX - Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS

Resolución de una solicitud de subvención excluida de concurrebcia pública presentada por la Fundación Joan Miró - Centre d'Estudis d'Art Contemporani

Cultura

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es XXX - Regiones o países no europeos, no contemplados en NUTS. La gestiona INSTITUT RAMON LLULL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Una memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, en la que se indiquen las actividades realizadas y los resultados obtenidos. Junto con la memoria, la Fundación Joan Miró - Centro de Estudios de Arte Contemporáneo se compromete a enviar al Institut Ramon Llull una copia de todo el material publicado con el logotipo del Institut Ramon Llull.
  • documentation
    Una memoria económica justificativa de la totalidad del coste de las actividades realizadas objeto de esta
  • documentation
    Una relación clasificada de los gastos de la actividad con la identificación del acreedor o acreedora, número de la factura o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil, el importe, la fecha de emisión y, en su caso, la fecha de pago.
  • documentation
    Las copias digitalizadas de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y, en su caso, de la documentación acreditativa del pago consistente en extracto bancario o, en caso de pago en efectivo, documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del acreedor o acreedora. Se considera efectivamente pagado el gasto a efectos de su consideración como subvencionable, con la cesión del derecho de cobro de la subvención a favor de los acreedores por razón del gasto realizado o con la entrega a éstos de un efecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros.
  • documentation
    Una declaración responsable de la persona beneficiaria con el contenido mínimo siguiente:
  • documentation
    Que las copias digitalizadas de los justificantes de los gastos presentados reproducen exactamente los documentos originales en poder de la persona beneficiaria.
  • documentation
    Que los justificantes de gasto se han imputado a las diferentes fuentes de financiación de forma que no se supera el importe unitario de cada justificante.
  • documentation
    Que el total de fuentes de financiación no supera el coste de la actuación subvencionada.
  • documentation
    Que se dispone de un sistema de contabilidad separada o que los justificantes de gasto tengan asignado un código contable común a las transacciones relacionadas con la actuación subvencionada.
  • documentation
    Los documentos acreditativos del pago (extracto bancario y/o justificante bancario) deben indicar:
  • documentation
    La identificación del beneficiario y el ordenante del pago. El ordenante debe ser el beneficiario de la ayuda y debe hacer constar su NIF y la denominación social.
  • documentation
    Concepto en el que se ordena el pago y remisión al número o números de factura a los que corresponde. Si el documento de pago no hace referencia a las facturas, debe ir acompañado de la documentación complementaria que permita verificar la correspondencia entre gasto y pago.
  • documentation
    En el caso de pago mediante cheque nominativo, pagaré, letras de cambio o similares, la entidad debe aportar copia del documento y copia del extracto bancario que acredita el cargo. No se aceptarán tiques como documentos contables justificativos de gasto
  • documentation
    Si la subvención se otorga de acuerdo con un presupuesto, debe presentarse una liquidación donde se indiquen y, si procede, se motiven las desviaciones respecto al presupuesto inicial.
  • documentation
    Una relación detallada de los demás ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. Cuando los justificantes de los gastos se imputen parcialmente a otras subvenciones, debe indicarse la cuantía exacta o porcentaje imputado a cada una, con la identificación de los órganos concedentes .
  • documentation
    subvenciones y el artículo 37 de la Ley general de subvenciones, podrá dar lugar a la revocación de la subvención, y establecidas en la legislación aplicable en materia de subvenciones.
  • documentation
    Ordenar y hacer efectivo el pago de esta subvención, después de que la persona beneficiaria haya realizado la actividad y presentado en el Institut Ramon Llull los justificantes del gasto de acuerdo con lo que se establece en el apartado 2 de esta resolución. Previamente al reconocimiento de la obligación de cada uno de los pagos, el órgano instructor comprobará de oficio si la persona beneficiaria se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña y con el Estado, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • documentation
    Establecer que la Fundación Joan Miró - Centro de Estudios de Arte Contemporáneo se compromete a dar a conocer la colaboración del Institut Ramon Llull en las acciones y soportes de comunicación relacionados con esta actividad incluyendo la reproducción de su logotipo respetando las normativas de aplicación gráfica del mismo.
  • documentation
    Establecer que la Fundación Joan Miró - Centro de Estudios de Arte Contemporáneo se someterá a las actuaciones de comprobación que el Institut Ramon Llull u otros órganos competentes estimen necesarias. Recursos procedentes Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se puede interponer recurso de alzada ante el Presidente o la Presidenta del Consejo de Dirección del Institut Ramon Llull, en el plazo de un mes a contar desde el mismo resolución. El plazo del mes concluye el mismo día, del siguiente mes, en que se produjo la notificación. Barcelona, 30 de julio de 2026 Anna Guitart Ferrer La directora del Institut Ramon Llull

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura