Resolución de Presidencia 2026/5210 de 15 de julio, referente a Concesión de subvención a la Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos para el proyecto "Da el paso: claves para el emprendimiento y planificación". 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas, Autónomos, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • El importe máximo de la desviación aplicada a cada partida presupuestaria no podrá exceder el 10% de la cuantía originalmente asignada a la misma.
  • El incremento presupuestario de una partida no podrá, en ningún caso, suponer una minoración de las restantes partidas por un importe superior al 10% del presupuesto de cada una de ellas de forma individual.
  • En todo caso, la desviación será admisible siempre que sean adecuadamente explicadas y justificadas, a los efectos de artículo 91.2 del Real Decreto 887/2 006, 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones. B.- La Diputación de Málaga se compromete al pago de la cantidad de 40.000€ a la Federación Nacional de Asociaciones de empresarios y Trabajadores Autónomos -ATA,
  • TERCERA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL A partir de la firma del presente Convenio se constituirá una Comisión paritaria de seguimiento para la coordinación, ejecución y seguimiento de las actuaciones a desarrollar, formada po r dos representantes de cada una de las entidades firmantes, cuya presidencia corresponderá a uno de los miembros designados por la Diputación, que se reunirá cuando cualquiera de las partes lo solicite. Dicha Comisión, en cuanto a su funcionamiento se aj ustará a lo previsto en la ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con los órganos colegiados. A las reuniones de trabajo de la Comisión podrán incorporarse, con voz pero sin voto, el personal técnico que, por razón de la materia, las partes consideren oportuno.
  • DÉCIMA.- PERSPECTIVA DE GÉNERO Las entidades firmantes se comprometen a respetar e integrar el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el desarrollo de las actividades propuestas y se potenciará la participación de las mujeres a través de medidas que favorezcan la igualdad de oportunidades, que debe justificarse en la memoria explicativa. Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman electrónicamente el presente convenio.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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