Personas físicasES618 - Sevilla

Transferencia y Doctorado de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anti…

Título oficial: RESOLUCIÓN de la Vicerrectora de Investigación, Transferencia y Doctorado de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada para el procedimiento de concesión mediante concurrencia competitiva del concurso

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES618 - Sevilla. La gestiona UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 36.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. La Convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábile s, contados a partir del día siguiente al de la publicación del Extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Esta Convocatoria se publicará el mismo día en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide.
  • 2 Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado, conforme al modelo recogido en el
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identi dad, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.
  • En su caso, Certificación acreditativa de su grado de discapacidad (igual o superior al 33%). El Servicio de Investigación y Oficina de Tran sferencia del Conocimiento de esta Universidad gestionará la incorporación al expediente admi nistrativo de la Certificación del expediente académico de cada persona solicitante en la que figuren las asignaturas y actividades cursadas, las calificaciones obtenidas, la fecha en que se obtuvieron y la nota media resultante de dicho expediente.
  • 4. Si la persona solicitante lo considera pertinen te, a fin de evitar incidencias, puede enviar por correo electrónico a la dirección planpropioinvestigacion@upo.es, una copia de la solicitud firmada y registrada electrónicamente, dentro de los dos (2) días naturales siguientes al de la presentación.
  • Admisión de personas candidatas y fases del procedimiento.
  • 1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Doctorado dictará resolución administrativa, declarando aprobadas las listas provisionales de Código Seguro De Verificación oBb6BDV2XdL8nzmk5wCHdQ== Fecha 03/09/2026 Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Firmado Por Antonia Mercedes Jimenez Rodriguez Url De Verificación https://portafirmas.upo.es/verifirma/code/oBb6BDV2XdL8nzmk5wCHdQ%3D%3D Página 7/16
  • 2. Las personas candidatas excluidas o que no figuren en la relación de personas admitidas, dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de la Resolución en el Tablón El ectrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, en la sección de investigación, aparatado Plan Propio de Investigación, para subsanar las causas que hayan motivado su exclusión o u omisión de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
  • 3. Las personas candidatas que no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, lo que justificaría su derecho a ser incluidos en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas del procedimiento de selección. Por lo que, a estos efectos, las personas candidatas deberán comprobar, no sólo que no figuran inscritos en la relación de personas excluidas, sino además que sus nombres constan en la pertinente relación de personas admitidas.
  • 4. La Resolución que eleve a definitiva la lista de personas admitidas y excluidas pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso- administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
  • 5. La Propuesta de Resolución Provisional contendrá la relación de personas beneficiarias, por orden de puntuación obtenida (de mayor a menor), teniendo en cuenta que un departamento no podrá contar con un número superior de becas de iniciación a la investigación que el establecido en base al criterio recogido en el apartado 2.3 de esta convocatoria. Se podrán presentar alegaciones a la Resolución Provisional, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de la Resolución en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, en la sección de investigación, apartado Plan Propio de Investigación. En la Propuesta de Resolución Definitiva de Adjudicación se inclui rán las personas beneficiarias a los que se les concede la Ayuda y, en particular, se mencionará la puntuación alcanzada (de mayor a menor). Así como, en su caso, una relación priorizada de las personas de reserva por Departamento o Centro, indicando la puntuación alcanzada.
  • Selección de las solicitudes.
  • 1. La Comisión de Investigación seleccionará las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria y, posteriormente, elevará al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Doctorado la propuesta de concesión de ayuda a favor de las personas solicitantes que hayan obtenido la mejor puntuación. No obstante, la Comisión podrá proponer que no se conceda ayuda a ninguna de las personas solicitantes si, en la evaluación de las mismas, observara que ninguna de aquéllas reúne las condiciones y/o los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria.
  • Criterios de evaluación. La Comisión de Investigación baremará a las personas candidatas que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en los Anexos I y II de la presente convocatoria de Becas. La puntuación se calculará a partir de la nota me dia en el expediente académico de la persona solicitante normalizada al porcentaje de créditos conseguidos. Esta puntuación se ponderará en función de las diferencias en las notas medias de las distintas titulaciones correspondiente a la promoción egresada más reciente que se encuentre publicada en la web de la Universidad ( https://www.upo.es/gestion-grado/actas-certificaciones/actas/notas-
  • En un plazo no superior a un mes, tras la finaliza ción de la beca, la persona beneficiaria de la ayuda deberá presentar en formato libre una memoria final justificativa de la actividad formativa de iniciación a la investigación desarrollada en línea con el plan de actividades presentada en la solicitud (máximo 1000 palabras). Esta memoria deberá incluir el Vº Bº de la persona encargada de la supervisión de la beca y será remitida al Servicio de Investigación y Oficina de Transferencia del Conocimiento a través de la Sede Electrónica de la Universidad. Código Seguro De Verificación oBb6BDV2XdL8nzmk5wCHdQ== Fecha 03/09/2026 Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Firmado Por Antonia Mercedes Jimenez Rodriguez Url De Verificación https://portafirmas.upo.es/verifirma/code/oBb6BDV2XdL8nzmk5wCHdQ%3D%3D Página 9/16

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Investigación, desarrollo e innovación