RESOLUCIÓN de la Vicerrectora de Internacionalización por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas para la movilidad de estudiantes de programas de título doble, múltiple o conjunto internacional durante el curso 2026/2027

Con la finalidad de afianzar las relaciones tras una larga trayectoria de cooperación y ofrecer un alto valor añadido al currículum del estudiantado, de acuerdo con lo estipulado en los convenios con las universidades socias, la Vicerrectora de Internacionalización de la Universidad de Granada, en virtud de la delegación de competencias del Rector según resolución de 28 de julio de 2023, (BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2023), convoca, en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas asociadas a la movilidad de l estudiantado seleccionado en el marco de programas de título doble, múltiple o conjunto internacional…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es XXXX - TODO EL MUNDO. La gestiona UNIVERSIDAD DE GRANADA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Comprometerse a mantener estos requisitos durante el período de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias a la Oficina de Relaciones Internacionales. Adicionalmente, para poder percibir las ayudas procedentes del Programa Erasmus+, las personas
  • solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
  • Ser nacional de alguno de los países participantes en el programa Erasmus+ o de terceros países, en cuyo caso es necesario asegurarse de que se está en posesión de las Firma (1): INMACULADA C. MARRERO ROCHA En calidad de: VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Este documento firmado digitalmente puede verificarse en https://sede.ugr.es/verifirma/ Código seguro de verificación (CSV): B55433AFE3F2DA17C8C1C016C74AE2D9 02/07/2026 - 12:01 Pág. 10 de 13
  • Vicerrectorado de Internacionalización | Avda. del Hospicio s/n Teléfono +34 958249030 | intlinfo@ugr.es | https://internacional.ugr.es autorizaciones necesarias para mantener la condición de estudiante en España, cumpliendo los requisitos correspondientes durante el período de realización de la movilidad. Será obligatorio realizar la movilidad al país diferente del país de residencia durante los estudios.
  • No superar, una vez sumada la duración mínima de la estancia solicitada en esta convocatoria, el tiempo máximo de 12 meses permitido por el Programa Erasmus para el correspondiente ciclo de estudios en estancias dentro del marco del Programa: Erasmus LLP, Erasmus+, Erasmus Mundus y Erasmus Prácticas, salvo en el caso de los grados en Arquitectura, Farmacia, Medicina y Odontología, que tendrán un total de 24 meses.
  • PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Las solicitudes se presentarán a través del procedimiento «Movilidad internacional: Solicitud de plaza/ayuda en el marco de convocatorias del Vicerrectorado de Internacionalización» de la Sede Electrónica de la Universidad de Granada ( sl.ugr.es/0cJM), acompañada de la «Credencial de estudiante de título doble, múltiple o conjunto internacional» emitida por su Centro.
  • COMPROMISOS DE PARTICIPACIÓN Quienes acepten una ayuda se comprometen a cumplir una serie de trámites con anterioridad al
  • Gestión de la matrícula en la Universidad de Granada.
  • Formalización del Acuerdo de Estudios, de acuerdo con el itinerario académico previsto en el convenio del título.
  • Gestión del Seguro de asistencia y tarjeta sanitaria europea, en su caso.
  • Firma de la documentación obligatoria Erasmus, en su caso.
  • Aportación, a través de Sede Electrónica, del «Certificado de llegada» debidamente firmado.
  • Aportación del «Certificado final de estancia» debidamente firmado.
  • Realización del «Informe del estudiante».
  • Gestión con la Facultad o Escuela del reconocimiento de la actividad realizada. Será obligación de las personas beneficiarias asegurarse la cobertura médica en destino, por lo que deberán contar obligatoriamente con un seguro de asistencia en viaje y repatriación que cubra la totalidad del periodo de su movilidad. Para la gestión del seguro, se deberá atender a las instrucciones publicadas por la Oficina de Relaciones Internacionales Firma (1): INMACULADA C. MARRERO ROCHA En calidad de: VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Este documento firmado digitalmente puede verificarse en https://sede.ugr.es/verifirma/ Código seguro de verificación (CSV): B55433AFE3F2DA17C8C1C016C74AE2D9 02/07/2026 - 12:01 Pág. 12 de 13
  • JUSTIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA La justificación de la estancia, según lo dispuesto en el punto anterior en trámites posteriores a la movilidad, deberá realizarse en un plazo máximo de 10 días tras la finalización de la estancia y, en cualquier caso, como máximo hasta el 15 de diciembre del ejercicio 2027. El incumplimiento de los trámites establecidos podrá derivar en la pérdida de los derechos asociados a la plaza, en la devolución o reintegro parcial o total de las posibles ay udas concedidas y en la pérdida del derecho al reconocimiento académico.
  • TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL La información detallada sobre el tratamiento de datos de carácter personal se encuentra a disposición para su consulta en el siguiente enlace: sl.ugr.es/RGPDSolicitudesMovilidad
  • RESOLUCIÓN DE DUDAS Las dudas sobre el contenido de la presente convocatoria se dirigirán al Área de Información de la Oficina de Relaciones Internacionales: iro@ugr.es

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[16768].extracted_segments[0]

Con la finalidad de afianzar las relaciones tras una larga trayectoria de cooperación y ofrecer un alto valor añadido al currículum del estudiantado, de acuerdo con lo estipulado en los convenios con las universidades socias, la Vicerrectora de Internacionalización de la Universidad de Granada, en virtud de la delegación de competencias del Rector según resolución de 28 de julio de 2023, (BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2023), convoca, en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas asociadas a la movilidad de l estudiantado seleccionado en el marco de programas de título doble, múltiple o conjunto internacional. Las personas seleccionadas deberán realizar la movilidad prevista en e l programa adjudicado, de acuerdo con la duración e itinerarios académicos recogidos en el convenio correspondiente. RESOLUCIÓN de la Vicerrectora de Internacionalización de la Universidad de Granada por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas para la movilidad de estudiantes de programas de título doble, múltiple o conjunto internacional durante el curso 2026/2027 Firma (1): INMACULADA C. MARRERO ROCHA En calidad de: VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Este documento firmado digitalmente puede verificarse en https://sede.ugr.es/verifirma/ Código seguro de verificación (CSV): B55433AFE3F2DA17C8C1C016C74AE2D9 02/07/2026 - 12:01 Pág. 1 de 13