Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, en el año 2026, l…

Título oficial: Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, en el año 2026, las ayudas para la ejecución de act

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES42 - CASTILLA LA MANCHA. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.000.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Certificado de Acuerdo Plenario o Decreto de la Alcaldía.
  • Memoria técnica que refleje las actuaciones a realizar junto con su valoración económica con tarifas TRAGSA 2026 sujetas a impuestos.
  • El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de 45 días a contar a partir del día siguiente a la publicación de la pres ente resolución en el Diario Oficial de Catilla-La Mancha.
  • En el momento de presentar la solicitud la entidad beneficiaria deberá estar dada de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm. es/notifica/. Octavo. Instrucción y resolución.
  • La instrucción del procedimiento corresponderá al servicio con competencias en desarrollo rural de la Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural que corresponda a cada Ayuntamiento solicitante , y por el Servicio de eficiencia hídrica agraria de la Dirección General de Desarrollo Rural en cuanto a la emisión de la propuesta de resolución, el cual recabará los oficios o actas necesarios recogidos Documento Firmado Electrónicamente Código Seguro de Verificación (CSV): 53D848EEE833C377E2E7F9 Verificable en sede electrónica: www.jccm.es/viad
  • Página 6 de 9 en el artículo 8 de las bases reguladoras para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.
  • La persona titular de la Dirección General con competencias en desarrollo rural es la competente para la resolución del procedimiento a la vista de la propuesta de resolución definitiva elevada por el órgano instructor. La resolución aprobatoria de la ayuda especificará, al menos, el importe máximo subvencionable, el porcentaje de ayuda otorgada, el importe de la ayuda concedida y el plazo máximo para la ejecución.
  • Todas las notificaciones se efectuarán de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a las personas interesadas para entender desestimada, por silencio administrativo, la solicitud de la subvención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.5 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
  • Contra la resolución de concesión de las ayudas, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla -La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Noveno. Circunstancias que pueden dar lugar a la modificación de la resolución.
  • Notificada la resolución de concesión de la ayuda y antes de que concluya el plazo para la realización de la actividad, la entidad beneficiaria podrá solicitar su modificación justificando detalladamente en su solicitud la concurrencia de la totalidad de las circunstancias expresadas en el artículo 12 de la orden de bases.
  • Las solicitudes de modificación de la ayuda según modelo Anexo II de la presente resolución, se dirigirán a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural donde esté ubicado el municipio objeto de la ayuda y se presentarán de forma telemática con firma electrónica del representante legal de la entidad solicitante mediante certificado electrónico, en la siguiente dirección https:// apliagri.castillalamancha.es/inversiones (acceso a BESANA). No serán válidas la s solicitudes de modificación presentadas por otros
  • medios. La solicitud de modificación deberá acompañarse de:
  • Certificado de Acuerdo Plenario o Decreto de la Alcaldía justificativo de la modificación
  • Memoria técnica que refleje las nuevas actuaciones a realizar junto con su valoración económica con tarifas TRAGSA 2026 sujetas a impuestos. Documento Firmado Electrónicamente Código Seguro de Verificación (CSV): 53D848EEE833C377E2E7F9 Verificable en sede electrónica: www.jccm.es/viad
  • Una vez ejecutadas las actuaciones, se presentará la solicitud de pago según modelo Anexo III de la presente resolución, que se dirigirá a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural donde esté ubicado el municipio objeto de la ayuda y se presentará de forma telemática con firma electrónica del representante legal de la entidad solicitante mediante certificado electrónico, a través de la siguiente dirección: https:// apliagri.castillalamancha.es/inversiones (acceso a BESANA). No serán válidas las solicitudes de pago presentadas por otros medios. La solicitud de
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Agricultura, Pesca y Alimentación