RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN DIRECTA A LA ORGANIZACIÓN INTERPROFESIONAL VITIVINÍCOLA DE CASTILLA-LA MANCHA -OIVCLM

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES422 - Ciudad Real. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVAS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • No está incursa en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la Administración regional, y frente a la Seguridad Social.
  • No est á incursa la persona que ostent a la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad a lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla -La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y no ha sido receptora de la
  • Dispone de un plan de prevención de riesgos laborales de conformidad con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y no ha sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta muy grave en materia de protección de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de concesión de la subvención, tal y como dispone el artículo 14.3 del reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.
  • Realizar las actividades que fundamentan la concesión de la subvención de conformidad con los principios de buena administración, fe y presunción de legalidad y justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
  • Comunicar al órgano concedente la modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, así como de los compromisos y obligaciones asumidos.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá
  • Presentar la justificación de conformidad con lo establecido en el apartado décimo de esta resolución.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control a efectuar por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan, en su caso, a la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha o cualquier otro órgano que tenga funciones para ello, aportando toda la documentación que le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y en relación con la subvención concedida.
  • Conservar los documentos justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos por un periodo no inferior a los 4 años, a contar desde la finalización del plazo de presentación de las justificaciones.
  • Estar en posesión de cuantas autorizaciones y licencias exija la legislación vigente para el ejercicio de su actividad subvencionada, pudiendo la Administración en cualquier momento requerirles la acreditación documental de dichos extremos.
  • 2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, de los resultados obtenidos y aportación de documentos y medios de prueba fehaciente que acrediten la realización de los gastos r elacionados en el

Gastos y actuaciones

  • ANEXO I: GASTOS SUBVENCIONABLES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE LA OIVCLM · eligible
    GASTO SUBVENCIONABLE PRESUPUESTO SUBVENCIONABLE Gastos de personal, incluida seguridad social y gastos de desplazamiento 26.120,00 € Gastos de servicios externos (gestorías laborales y fiscales, prevención de riesgos laborales, protección de datos y empresas de IT)
  • ANEXO I: GASTOS SUBVENCIONABLES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE LA OIVCLM · eligible
    500,00 € Gastos de seguros 640,00 € Gastos de suministros 1.150,00 € Gastos de entidades bancarias 50,00 € Gastos de publicidad, promoción y material corporativo 7.500,00 € Equipamiento informático 3.140,00 € Mobiliario 3.800 € Otros gastos derivados de reuniones, viajes, acciones de promoción 9.100 € Concurso imagen corporativa 3.000 €

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación