Resolución, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se concede mediante el procedimiento de concesión directa una subvención a la Comunidad de Usuarios de Aguas Subterráneas de la masa de agua Consuegra-Villacañas para

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES42 - CASTILLA LA MANCHA. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • No está incursa en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de pago de obligaciones de reintegro de subvenciones.
  • No está incursa la persona que ostenta la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de confor midad a lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castil la-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y no ser re ceptora, de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. así como en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Cons ultivo de Castilla-La Mancha, durante el plazo de dos años desde el cese .
  • Dispone de un plan de prevención de riesgos laborales y no ha sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firm e, por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, tal y como dispone el artículo 14 .3 del reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.
  • No ha sido sancionada por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad L ibre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, salvo cuando acrediten haber cumplido con l a sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas di rigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, cor respondiendo al órgano competente en materia de igualdad dar su conformidad a dichas medidas.
  • Asimismo, conforme a lo previsto en el art.6.1b de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha , la beneficiaria estará obligada a suministrar a la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas a la Administración en dicha Ley. Quinto. - Se consideran gastos subvencionables aquellos en los que incurra la entidad beneficiaria que, respondiendo de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten necesarios y se realicen en el plazo establecido en el presente apartado. A tal efecto y en función de la actividad subvencionada se consideran gastos subvencionables los gastos de financiación, comunicación y mantenimiento.
  • Gastos financieros: intereses, comisiones y otros gastos de los préstamos solicitados para la ejecución del proyecto, así como los gastos asociados a la garantía o aval.
  • Gastos de comunicación, tales como los costes de publicaciones físicas y digitales, que divulguen, comuniquen e informen a la opinión públi ca, a medios oficiales y a su conjunto de usuarios.
  • Gastos de mantenimiento relacionados con el aseg uramiento de inversiones asociadas al PERTE, asistencia integral de mantenimiento e implantación de inversiones.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seg uimiento y control a efectuar por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo R ural, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan, en su caso, a la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Cámara de Cuentas de Castilla-la Mancha.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de o tras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionad as. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso con ante rioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Suministrar a la Administración de la Junta de C omunidades de Castilla-La Mancha y los organismos y entidades de derecho público vinculado s o dependientes de ella toda la información necesaria para el cumplimiento de las o bligaciones sobre transparencia establecidas en el Título II de la Ley 4/2016, de 1 5 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha. Octavo . - La justificación única de la subvención tendrá la forma de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, y se presenta rá obligatoriamente de forma telemática, utilizando firma electrónica, a través del Anexo II , solicitud de pago, disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (www.jccm.es). El plazo de presentación de la justificación comprenderá desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución hasta el 25 de noviembre de 2026
  • Al anexo se acompañará justificación de los gastos elegibles adjuntando, una memoria justificativa con indicación de las actuaciones realizadas y una memoria económica justificativa

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación