Resolución de la Consejera Insular de Cooperación Municipal y Vivienda por la que se concede subvención nominativa a C� · 2026

Título oficial: Resolución de la Consejera Insular de Cooperación Municipal y Vivienda por la que se concede subvención nominativa a Cáritas Diocesana de Tenerife para el ejercicio 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 450.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Certificación acreditativa de la representatividad del Director de la Entidad.
  • Certificación de que Cáritas Diocesana de Tenerife, Entidad socio-caritativa de la Iglesia Católica, no está adscrita a la Ley 4/2003 de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias, según estipula el capítulo I, artículo 3, apartado c) de dicha Ley, estando registrada en el Ministe rio de Justicia, como Entidad Consejería Insular de Cooperación Municipal y Vivienda Servicio Administrativo de Cooperación Municipal y Vivienda
  • Religiosa, con el nº 365-SE/C, por lo que no tiene obligación de presentar documentación al Registro de Asociaciones.
  • Certificación de la inscripción en el Registro Regional de Entidades colaboradoras.
  • Declaración responsable del representante de la entidad de que no se halla inhabilitado para recibir subvenciones de esta Corporación y de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la ley 38/2003
  • Autorización a la Consejería Insular de Cooperación Municipal y Vivienda para obtener, en nombre de Cáritas Diocesana de Tenerife, el documento acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de las que es titular el Cabildo Insular de Tenerife, y de que se encuentra al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Cuarto. En relación a la subvención nominati va otorgada en el ejercicio 2025 , su justificación fue aprobada mediante Resolución R0000125562 de la Consejera Insular de Cooperaci ón Municipal y Vivienda de 6 de mayo de 2026. Quinto. El 16 de julio de 2026 el Servicio Administrativo de Cooperación Municipal y Vivienda eleva informe propuesta de otorgamiento de subvención. Sexto. La Intervención General emite informe de fiscalización previa en sentido favorable el 16 de julio de 2026.
  • aportación de informe de auditor, establece que: “(…) 1. Las bases reguladoras de la subvención podrán prever una reducción de la información a incorporar en la
  • La cuenta justificativa vaya acompañada de un informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerc iente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
  • El auditor de cuentas lleve a cabo la revisión de la cuenta justificativa con el alcance que se determine en las bases reguladoras de la subvención y con sujeción a las normas de actuación y supervisión que, en su caso, proponga el órgano que tenga atribuidas las competencias de control financiero de subvenciones en el ámbito de la administración pública concedente.
  • La cuenta justificativa incorpore, además de la memoria de actuaciones a que se refiere el apartado 1 del artículo 72 de este Reglamento, una memoria económica abreviada”. (…)” Noveno. De conformidad con lo establecido en el citado artículo 88.3 del Real Decreto 887/2006, de
  • Que no ha sido dictada resolución declarativa de la procedencia de reintegro de subvenciones otorgadas por esta Corporación a la citada entidad o de la pérdida del derecho al cobro de subvenciones por las causas previstas en el artículo 37 de la LGS.
  • Que el órgano concedente de la subvención no ha adoptado medida cautelar alguna sobre retención del pago. Al mismo tiempo, el beneficiario ha acreditado que cumple los r equisitos para ser beneficiario de la subvención conforme a lo previsto en el artículo 13 de la LGS. Código Seguro De Verificación LetyYvB-_0IpSrIyWBIDpQ Estado Fecha y hora Firmado Por SELLO DE LA VICESECRETARÍA GENERAL Firmado 20/07/2026 12:05:57 Sofía María Hernández González - Consejera Insular de Cooperación Municipal y Vivienda Firmado 20/07/2026 12:04:51 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/LetyYvB-_0IpSrIyWBIDpQ Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Página 3/5
  • atribuciones que me han sido conferidas, RESUELVO: PRIMERO. Conceder una subvención nominativa por importe total de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (450.000,00 €), a favor de CÁRITAS DIOCESANA DE TENERIFE (CIF: R3800003J), prevista en el Anexo II del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife para el ejercicio 2026, con destino a sufragar los gastos del proyecto denominado “Base 25” conforme al presupuesto presentado por dicha entidad en fecha 15 de abril de 2026 (con subsanación de 7 de julio de 2026) y disponiendo que la subvención concedida es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, en los términos previstos legal y reglamentariamente a la vista de la naturaleza y fin del proyecto al que va destinada la subvención, estando exonerada de presentar garantía. SEGUNDO. Autorizar, disponer y reconocer la obligación a favor de CÁRITAS DIOCESANA DE TENERIFE
  • (CIF: R3800003J), con arreglo al siguiente detalle: Fase ADO Nº propuesta 26-006950 Nº ítem 26-020453 Nº Factura Sigec 26-018996 Importe 450.000,00 € Aplicación presupuestaria 26-0911-1522-48940 Línea subvención 2026-001270 TERCERO. El plazo para la realización de la totalidad de las actuaciones subvencionadas finalizará el 31 de diciembre de 202 6, debiendo presentar la documentación justificativa que a contin uación se relaciona
  • Memoria justificativa de las actividades realizadas y los objetivos conse guidos durante el ejercicio
  • Liquidación del presupuesto de ingresos y de gastos del coste total del Proyecto en la que se detalle
  • Ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, incluida la subve nción obtenida del Cabildo Insular de Tenerife, así como cualquier otra subvención o ayuda percibida.
  • Gastos e inversiones de la actividad efectuados: En este apartado se hará una relación desglosada de los gastos de la actividad, con identificación del ac reedor, y del concepto del documento, su importe, fecha de emisión, y fecha de pago.
  • Informe emitido por auditor ejerciente en el Registro Oficial de Auditores/as de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre la adecuada aplicación de la subvención conforme al destino de la misma, así como la correcta expedición de los justificantes, de los pagos efectuados con los fondos de esta subvención, y de su registro contable según las obligaciones establecidas en dicha resolución.
  • Contrato del auditor suscrito por ambas partes.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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