10 de agosto de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas municipales a la promoción económica en el munici…

Título oficial: Resolución de Alcaldía núm. 1496, de 10 de agosto de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas municipales a la promoción económica en el municipio de Alginet.

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALGINET.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €. Inicio: 24/08/2026. Plazo: Fin: 30/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 3.1 LGS dispone que la norma reguladora de las bases de concesión de las subvenciones concretará, entre otros aspectos, el plazo y forma de justificación por parte del beneficiario o de la entidad colaboradora, en su caso, del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos. Más concretamente, el art. 69 RLGS, regula las modalidades de justificación de la subvención. Resolución Nº 1496 de 10/08/2026 "Aprobación convocatoria 2_20026 ayudas a la promoción económica 2026"
  • No cabe exceptuar la justificación del gasto base por parte de los beneficiarios, pues no es conforme a lo previsto ni en la LGS ni en el RLGS. En todo caso es obligatoria su justificación por los medios contemplados en el RLGS. Con independencia de la modalidad de pago que se efectúe, deberá acreditarse en el expediente el cumplimiento de los requisitos establecidos en los arts. 34 y 35 de la LGS. Así mismo, el art. 9.4.b) LGS establece, entre los requisitos para el otorgamiento de las subvenciones, la “existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de la subvención”. Quinto. - Contenido de la convocatoria Considerando que la convocatoria debe incluir necesariamente el contenido establecido en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y deberá publicarse en la BDNS y un extracto de la misma en el diario oficial correspondiente, conforme al procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley mencionada.
  • Indicación de la disposición que establezca, en su caso, las bases reguladoras y del diario oficial en que está publicada, salvo que en atención a su especificidad éstas se incluyan en la propia convocatoria.
  • Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro de los créditos disponibles o, en su defecto, cuantía estimada de las subvenciones.
  • Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.
  • Expresión de que la concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.
  • Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
  • Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
  • Plazo de presentación de solicitudes.
  • Plazo de resolución y notificación.
  • Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición.
  • En su caso, posibilidad de reformulación de solicitudes.
  • Indicación de si la resolución pone fin a la vía administrativa y, en caso contrario, órgano ante el que ha de interponerse recurso de alzada.
  • Criterios de valoración de las solicitudes. Resolución Nº 1496 de 10/08/2026 "Aprobación convocatoria 2_20026 ayudas a la promoción económica 2026"
  • Medio de notificación o publicación. Por todo ello, examinada la documentación que acompaña al expediente, de conformidad con lo establecido en el art. 23 de la Ley 38/2023, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985 Reguladora de Bases del Régimen Local, y específicamente el artículo 13 de
  • 000 euros. Tercero. - Registrar la información a incluir en la BDNS por los medios electrónicos que ésta proporcione, acompañada del texto de la convocatoria, de su extracto y de sus datos estructurados. Tras registrar la información, la BDNS pondrá el extracto de la convocatoria a disposición del Boletín Oficial de la Provincia para su publicación. En la publicación del extracto deberá constar el código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria. Cuarto. - De acuerdo con lo establecido en el art. 9.6 de la ordenanza general de subvenciones y en la convocatoria que se aprueba, como medida complementaria de publicidad, la convocatoria se expondrá al público en el tablón de anuncios hasta el final del plazo para las solicitudes y en la página web del Ayuntamiento en su apartado de transparencia. Quinto. - Dar cuenta de la presente resolución al Pleno municipal en la próxima sesión que se celebre. Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa-Presidenta, ante mí, en Alginet a la fecha de la firma. Resolución Nº 1496 de 10/08/2026 "Aprobación convocatoria 2_20026 ayudas a la promoción económica 2026"
  • Estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as adjuntando el documento de Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios (modelo 036 o 037) y acreditar los primeros 6 meses, cuyo sexto mes consecutivo de alta tenga lugar entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026, cuya situación de alta deberá mantenerse en el momento de la concesión y pago de la ayuda.
  • No haber estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as (RETA), durante los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de alta de la actividad por la cual se solicita la ayuda, mediante informe de vida laboral.
  • Estar inscrito/a como desempleado/a en el Espacio LABORA SERVEF, mediante la tarjeta DARDE y certificado de altas y bajas, previamente al alta en el RETA. Resolución Nº 1496 de 10/08/2026 "Aprobación convocatoria 2_20026 ayudas a la promoción económica 2026"
  • Acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alginet, así como en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento de otorgamiento de la ayuda, mediante los correspondientes certificados, o autorización expresa al Ayuntamiento de Alginet para recabar ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria los datos tributarios expresivos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, mediante la cumplimentación del correspondiente modelo normalizado.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Fomento del Empleo