Personas físicasES413 - León

fecha 31 de agosto de 2026, por la que se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto curso 2026-2027

Título oficial: Resolución de Alcaldía nº 2026-0165, de fecha 31 de agosto de 2026, por la que se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto curso 2026-2027

La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de ayudas para unidades familiares con hijos matriculados en educación infantil (3, 4 y 5 años) y etapas de educación obligatoria (educación primaria y E.S.O.). Las ayudas se concederán, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, en régimen de concurrencia competitiva.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES413 - León. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE ORDÁS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán solicitar las ayudas los padres/madres o tutores/as legales, titulares del Libro de familia, de los/las alumnos/as empadronados en el municipio de Santa María de Ordás, que estén cursando el curso escolar 2026/2027 en los ciclos de educación infantil (3, 4 y 5 años) y etapas de educación obligatoria (educación primaria y E.S.O.) Los beneficiarios deberán encontrarse al corriente en todos sus pagos con la Hacienda municipal. Si en el Libro de familia figurase un solo progenitor, este será el único beneficiario. En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario de la Ayuntamiento de Santa María de Ordás Plza. Don Vicente García, 8, Santa María de Ordás. 24276 (León). Tfno. 987590076. Fax: 987590162
  • Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos que a continuación se enumeran:
  • Estar empadronado en el municipio de Santa María de Ordás con una antigüedad mínima de 2 meses a la fecha de la publicación de las presentes bases.
  • Ser padre, madre o tutor/a legal de personas menores de edad matriculados en centros educativos públicos sitos en el distrito escolar al que pertenece el municipio de Santa María de Ordás en las etapas de educación infantil (3, 4, y 5 años), educación primaria y/o E.S.O.
  • No estar inmersos en expedientes de devolución de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Santa María de Ordás anteriormente.
  • No encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre la prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas.
  • El cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • Estar al corriente de pago en sus obligaciones fiscales con la hacienda local, lo que se justificará aportando la correspondiente declaración responsable de dicho extremo, sin perjuicio de su posterior comprobación por la Administración. La justificación por parte de las personas o entidades de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario se realizará por una declaración responsable.
  • Lugar y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes normalizadas junto con el resto de documentación exigida en la presente convocatoria, se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Santa María de Ordás y se
  • presentarán, dentro del plazo siguiente:
  • 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficinal de la Provincia de León.
  • La documentación podrá presentarse por alguno de los siguientes medios:
  • Presencialmente, en la Oficinas del Ayuntamiento en horario de 9:00 a 14:00 horas.
  • Por Ventanilla Única, en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán tenidas en cuenta. El formulario general para la solicitud, se incorpora en el anexo I de la presente convocatoria. Toda la documentación estará disponible en la Secretaría del Ayuntamiento y en la sede
  • Ayuntamiento de Santa María de Ordás Se presentará una única solicitud por unidad familiar que cumpla los requisitos.
  • Los beneficiarios deberán presentar la solicitud según el formulario contenido en el Anexo I de la
  • Fotocopia de D.N.I. o N.I.E. en vigor de la persona solicitante y del resto de las personas integrantes de la unidad familiar mayores de 14 años.
  • Fotocopia del Libro de familia completo. En el caso de familias extranjeras que no dispongan de este documento, se deberá aportar la documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento (partidas de nacimiento, volante de empadronamiento...).
  • Certificado de empadronamiento, donde figuren todos los miembros de la unidad familiar (se comprobará de oficio por el Ayuntamiento)
  • En los casos que proceda, copia de la sentencia de separación o divorcio y/o convenio regulador ratificado por el juez o la jueza donde conste el importe de la pensión compensatoria, así como, la identificación de la persona o personas que ostentan la guarda y custodia de las personas menores de edad.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de ayudas para unidades familiares con hijos matriculados en educación infantil (3, 4 y 5 años) y etapas de educación obligatoria (educación primaria y E.S.O.). Las ayudas se concederán, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, en régimen de concurrencia competitiva.