Dirección del Instituto de las Mujeres, por la que se convoca primera edición de los Premios de Comunicación Feminista · 2026

Título oficial: Resolución de 6 de agosto de 2026, de la Dirección del Instituto de las Mujeres, por la que se convoca primera edición de los Premios de Comunicación Feminista Soledad Gallego-Díaz y Premio Lilí Álvarez.

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación, Mujeres e igualdad. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona INSTITUTO DE LAS MUJERES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación, Mujeres e igualdad.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán solicitar su candidatura las personas físicas qu e ejerzan habitualmente el periodismo (de forma individual o participando de forma colectiva, con un máximo de 3 componentes) mayores de edad a fecha 31 de dicie mbre de 2025 , sean de nacionalidad española o sean extranjeros con residenci a legal en España, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de so licitudes y que se encuentren en la situación que fundamente la concesión de los premios, con las particularidades que se señalan en los párrafos siguien tes, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cada concursante podrá optar a cualquiera de las categ orías descritas en el apartado 2, con un único trabajo. En el caso de que el trabajo sea de temática deportiva, podrá optarse simultáneamente a la categoría Premio Lilí Álvarez (por temática) y a cualquiera de las otras cuatro categorías (por modalidad). En ese caso, cuando se cumplimente el apartado 1 del Anexo I , el/la concursante deberá marcar tanto la casilla de Premio Lilí Álvarez, como la que responda a la modalidad del trabajo.
  • Las personas que presenten su candidatura, ya sea de forma individual o colectiva, deberán garantizar que son las únicas y legítimas auto ras del trabajo presentado. La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, en cualquier momento del proceso anterior a la concesión, podrá comp ortar la denegación del premio, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir las personas solicitantes Cuando la participación se realice de fo rma colectiva, deberá nombrarse en la solicitud una persona representante única para todas las personas integrantes de dicho colectivo; no obstante, cada un a de ellas tendrá la consideración de persona beneficiaria. El reparto del premio entre quienes integran el colectivo se hará a partes iguales.
  • No podrán tener la condición de personas beneficiarias quienes hayan sido premiadas en la convocatoria inmediatamente anterior del Premio de Comunicación Feminista – Lilí Álvarez del Instituto de las Mujeres.
  • Los trabajos deberán haber sido publicados entre 01 de junio de 2025 y la fecha de finalización del plazo para presentar candidaturas a esta convocatoria.
  • Podrán presentarse trabajos en castellano o en cualquie ra de las lenguas cooficiales del Estado, acompañados de traducción.
  • El trabajo presentado no podrá haber sido seleccionado ni premiado en ningún otro concurso.
  • Además, las personas solicitantes deberán:
  • Tener plena capacidad de obrar.
  • No estar inhabilitadas o incursas en prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas de acuerdo con lo previsto en e l artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Plazo y forma de presentación de candidaturas: El plazo de presentación de candidaturas será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, hasta las 15 horas del día de finalización del plazo.
  • Las solicitudes podrán presentarse en:
  • Las solicitudes deberán presentarse por medios telemá ticos, en la sede electrónica del Ministerio de Igualdad, cumplimentando el formula rio disponible a través de la url https://igualdad.sede.gob.es/, para lo cual será necesario disponer de DNI electrónico o de cualquier otro certificado digital reco nocido admitido por las Administraciones Públicas.
  • El registro electrónico de la Administración General del Estado (https://reg.redsara.es/), así como en los restantes regis tros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
  • La oficina de asistencia en materia de registros del Instituto de la Mujeres (C/ Pechuán, 1, 2002, Madrid).
  • Las oficinas de asistencia en material de registros o en los registros electrónicos de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Admi nistración General del Estado, así como de cualquier Administración de las Comunidades Autónoma o de las entidades que integran la Administración Local.
  • Las representaciones diplomáticas u oficinas consul ares de España en el extranjero. Cuando el trabajo que se presente tenga un formato o t amaño que, por sus características técnicas, no pueda ser soportado por la plataforma habilitada para su presentación, este deberá entregarse de forma presencial mediante un soporte de almacenamiento adecuado (CD, memoria USB u otro medio equivalente) en las oficinas de asistencia en materia de registros mencionadas.
  • Para participar en este concurso se debe presentar la siguiente documentación:
  • Copia auténtica, en los términos del artículo 27.2 d e la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del documento de identidad acreditativo de la nacionalidad o residencia y edad de cada solicitante. La persona interesada o q uien ostente su representación podrá prestar, en el modelo de solicitud, el consentimiento expreso para que el Instituto de las Mujeres obtenga d e forma directa, a través de medios electrónicos, los datos de identidad, segú n el artículo 6.3.a) de la Orden TAS/535/2007, de 23 de febrero.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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