Resolución de 30 de junio de 2026, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la financiación del Programa Público Mixto de Empleo-Formación en Castilla y León para el ejercicio 2026-2027.

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES41 - CASTILLA Y LEON. La gestiona SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Que la obra o servicio propuestos se considere de utilidad pública o interés general y social.
  • Que en el momento de la solicitud se acredite la titularidad jurídica de todos los bienes objeto de la actuación prevista, o la capacidad de obrar en los mismos, y que éstos estarán disponibles, a la fecha de inicio del proyecto, para la ejecución de la obra o servicio propuesto.
  • Que la totalidad de las actuaciones previstas cuenten, en el momento de realizar la solicitud, con las autorizaciones y permisos requeridos, y que dichos permisos abarquen el tiempo necesario para la total ejecución del proyecto objeto de subvención. COPIA AUTENTICA DEL DOCUMENTO Localizador: WRJKTHNNV5PUM87NOYMD28 Fecha Firma: 30/06/2026 19:58:05 Fecha copia: 01/07/2026 12:59:07 Firmado: JUAN CARLOS SUAREZ QUIÑONES FERNANDEZ Acceda a la página web: https://www.ae.jcyl.es/verDocumentos/ver?loun=WRJKTHNNV5PUM87NOYMD28 para visualizar el documento
  • Que la formación propuesta sea certificable, constituyendo al menos un certificado profesional completo.
  • Previa comunicación al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, y en las condiciones que se determinen en cada convocatoria, en los programas podrán cooperar entidades privadas patrocinadoras, entendidas como aquellas entidades de naturaleza privada y sin ánimo de lucro que, sin percibir contraprestación económica, colaboren en el desarrollo de los programas de empleo-formación mediante la aportación de recursos materiales, humanos o financieros, con el fin de apoyar a las entidades promotoras en la ejecución de proyectos vinculados a actividades preferentemente de utilidad pública o de interés general y social, con posibilidades de inserción laboral, conforme a lo previsto en el artículo 32.2 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • En el caso de asociaciones, no podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas que no cumplan con el principio de no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, en su proceso de admisión o en su funcionamiento, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. COPIA AUTENTICA DEL DOCUMENTO Localizador: WRJKTHNNV5PUM87NOYMD28 Fecha Firma: 30/06/2026 19:58:05 Fecha copia: 01/07/2026 12:59:07 Firmado: JUAN CARLOS SUAREZ QUIÑONES FERNANDEZ Acceda a la página web: https://www.ae.jcyl.es/verDocumentos/ver?loun=WRJKTHNNV5PUM87NOYMD28 para visualizar el documento
  • De entre las solicitudes presentadas por las entidades que cumplan los requisitos establecidos en la citada Orden IEM/999/2025, de 8 de septiembre, y en esta resolución, se realizará la selección para el otorgamiento de la correspondiente
  • Adecuación del programa experiencial de empleo-formación al mercado
  • Programa vinculado a más de un certificado profesional completo: 10 puntos.
  • Correspondencia con las ocupaciones de alta inserción en Castilla y León (hasta 15 puntos). El listado de esas ocupaciones se incluirá en el Anexo IX, que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica
  • Recuperación de un bien inmueble o espacio público sin uso durante los últimos 5 años, con documentación acreditativa.
  • Puesta en marcha de un servicio que no se preste por entidades públicas o privadas en el término municipal. En el caso de entidades locales que concurran juntamente con otras o de entidades locales de ámbito superior al municipio, se tendrá en cuenta el ámbito territorial sobre el cual se extienda su competencia.
  • Contribución a la diversificación económica provincial, mediante la capacitación en actividades productivas con baja representación en el tejido económico provincial conforme a lo establecido en la convocatoria, según datos de actividad económica.
  • Ejecución en un entorno territorial con indicadores de desempleo superiores a la media provincial. 7 puntos: El programa se desarrolla en un sector o actividad con presencia limitada (máximo una solicitud adicional en la provincia) y cumple al menos
  • Contribución a la diversificación económica provincial, mediante la capacitación en actividades productivas con baja representación en el tejido económico provincial conforme a lo establecido en la convocatoria, según datos de actividad económica. COPIA AUTENTICA DEL DOCUMENTO Localizador: WRJKTHNNV5PUM87NOYMD28 Fecha Firma: 30/06/2026 19:58:05 Fecha copia: 01/07/2026 12:59:07 Firmado: JUAN CARLOS SUAREZ QUIÑONES FERNANDEZ Acceda a la página web: https://www.ae.jcyl.es/verDocumentos/ver?loun=WRJKTHNNV5PUM87NOYMD28 para visualizar el documento
  • Que el programa se desarrolle en alguno de los sectores o actividades estratégicas relacionados en el Anexo X, que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es. 5 puntos: El programa se desarrolla en un sector o actividad con presencia significativa (tres o más solicitudes similares en la provincia), pero se orienta a un perfil profesional con oferta formativa inferior a tres acciones en la última resolución de programas de formación mixto formación y empleo. IV) Programas dirigidos al ejercicio de profesiones reguladas que requieran el certificado profesional impartido (15 puntos): se otorgarán a aquellos programas cuyo certificado profesional sea un requisito legal obligatorio para el ejercicio de la ocupación, de acuerdo con la normativa sectorial vigente que regule dicha actividad profesional.
  • Características del ámbito territorial de ejecución del programa
  • Nivel de desempleo en el ámbito territorial de ejecución del programa:  Porcentaje igual o superior al 20%: 10 puntos  Porcentaje igual o superior al15% e inferior al 20%: 8 puntos  Porcentaje igual o superior al 10% e inferior al 15%: 6 puntos  Porcentaje igual o superior al 5% e inferior al 10%: 4 puntos  Porcentaje inferior al 5%: 2 puntos
  • Dimensión demográfica del ámbito territorial de ejecución del

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Fomento del Empleo