Personas jurídicasJóvenesES41 - CASTILLA Y LEON

Resolución de 3 de agosto de 2026 del Servicio Público de Empleo de CyL por la que se convocan subvenciones para la contratación de jóvenes desempleados e inscritos en SNGJ por ayuntamientos de más de 5.000 Hb y las Diputaciones Provinciales JOVEL2026.

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES41 - CASTILLA Y LEON. La gestiona SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.
  • Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
  • Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas. Segundo.- Régimen Jurídico. Las subvenciones convocadas en esta Resolución se ajustarán al régimen jurídico establecido en la Base 2ª de la Orden IEM/1498/2023, de 27 de diciembre, (BOCyL nº 248 de 29 de diciembre). Tercero.- Créditos Presupuestarios.
  • Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas en la presente convocatoria serán los que a tal efecto se establecen en la Ley 5/2024, de 9 de mayo, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2024 (en los términos que dispone el Decreto 23/2025, de 30 de diciembre, por el que se regulan las condiciones de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2024 en el ejercicio de 2026) en la
  • Asimismo, las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2026 y en particular, las relativas a créditos y anticipos, se aplicarán a la presente convocatoria en el momento de su entrada en vigor. COPIA AUTENTICA DEL DOCUMENTO Localizador: SMWJAC3G367FWG1MA43XL7 Fecha Firma: 03/08/2026 13:56:01 Fecha copia: 03/08/2026 14:55:22 Firmado: JUAN CARLOS SUAREZ QUIÑONES FERNANDEZ Acceda a la página web: https://www.ae.jcyl.es/verDocumentos/ver?loun=SMWJAC3G367FWG1MA43XL7 para visualizar el documento
  • De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención, se podrá añadir, a la financiación descrita, una cuantía adicional por importe no superior al 100% del total. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.
  • Las subvenciones objeto de la presente convocatoria están exentas del Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en los términos establecidos en el artículo 9.1.a) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Cuarto.- Entidades beneficiarias y sus obligaciones
  • Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos establecidos en la Base 3ª de la Orden IEM/1498/2023, de 27 de diciembre, (BOCyL nº 248 de 29 de diciembre), los municipios con más de 5.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, que lo soliciten, cumplan los requisitos y contraten temporalmente a personas jóvenes desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León y en el Sistema de Garantía Juvenil, para la realización de obras y servicios de interés general y social. Para determinar la población, se ha tenido en cuenta el Real Decreto 1117/2025, de 3 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2025 (BOE n.º 297, de 11 de diciembre de 2025).
  • No podrán obtener la condición de beneficiarios si incurren en alguna de las prohibiciones que les sean aplicables de las establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos deberá n cumplimentar la declaración responsable conforme al modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León a través de la dirección electrónica (https://www.tramitacastillayleón.jcyl.es) que se deberá adjuntar a la solicitud de la subvención. COPIA AUTENTICA DEL DOCUMENTO Localizador: SMWJAC3G367FWG1MA43XL7 Fecha Firma: 03/08/2026 13:56:01 Fecha copia: 03/08/2026 14:55:22 Firmado: JUAN CARLOS SUAREZ QUIÑONES FERNANDEZ Acceda a la página web: https://www.ae.jcyl.es/verDocumentos/ver?loun=SMWJAC3G367FWG1MA43XL7 para visualizar el documento
  • Tampoco podrán ser beneficiarios los ayuntamientos y las diputaciones provinciales solicitantes que no cumplan la normativa sobre integración laboral para personas con discapacidad. A tal fin, deberán acreditar que en los procesos para la provisión de pues tos de trabajo se ha efectuado la reserva legal de los mismos, para su cobertura con personas con discapacidad, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad. Dicha acreditación se realizará mediante certificación del secretario/a de la entidad solicitante conforme al modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León a través de la dirección electrónica (https://www.tramitacastillayleón.jcyl.es) que se deberá adjuntar a la solicitud de la subvención.
  • Las entidades locales beneficiarias, de conformidad con las obligaciones establecidas en la Base 4ª de la Orden IEM/1498/2023, de 27 de diciembre, así como en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, deberán cumplir las obligaciones
  • Justificar que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social, y de que no mantienen deudas y sanciones de naturaleza tributaria en período ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. Para acreditar esta circunstancia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en materia de subven ciones, será suficiente la aportación por el solicitante de una declaración responsable.
  • Comunicar el inicio de la obra o servicio, así como las personas seleccionadas con carácter previo a la contratación con el fin de que puedan iniciar su itinerario de orientación, conforme al modelo disponible en sede electrónica “Sede Electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es)”.
  • Permitir la asistencia del trabajador, durante la jornada laboral, a sesiones de orientación, información o formación para cumplir con su compromiso de actividad.
  • Poner a disposición del trabajador durante la duración de su itinerario personalizado el acceso a recursos tecnológicos adecuados (espacio, ordenador, Internet, cámara, micrófono...) que le permitan, en caso necesario, recibir atención telemática por parte del orientador del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de referencia. COPIA AUTENTICA DEL DOCUMENTO Localizador: SMWJAC3G367FWG1MA43XL7 Fecha Firma: 03/08/2026 13:56:01 Fecha copia: 03/08/2026 14:55:22 Firmado: JUAN CARLOS SUAREZ QUIÑONES FERNANDEZ Acceda a la página web: https://www.ae.jcyl.es/verDocumentos/ver?loun=SMWJAC3G367FWG1MA43XL7 para visualizar el documento
  • Efectuar las contrataciones objeto de la subvención en las condiciones establecidas en la presente convocatoria y comprobar que la persona contratada se encuentra desempleada e inscrita como demandante de empleo no ocupada en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León e inscrita en el Fichero del Sistema de Garantía Juvenil, en ambos casos, a la fecha del alta en la Seguridad Social.
  • Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad, que determinen la concesión de la subvención.
  • Comunicar al Servicio Público de Empleo de Castilla y León la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitadas y/u obtenidas de otras entidades para la misma finalidad.
  • Comunicar al Servicio Público de Empleo de Castilla y León toda modificación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, así como de los compromisos y obligaciones asumidas por el beneficiario.
  • Someterse a las actuaciones de control, comprobación e inspección que efectuará la administración autonómica; a las verificaciones y auditorías que puedan realizar los organismos implicados en la gestión o seguimiento del Programa FSE+ Comunidad de Castilla y León 2021- 2027, en los términos establecidos en el Reglamento (UE) núm. 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021; a las de control financiero que correspondan, en su caso, a la Intervención General de la Administración aut onómica; a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y del Consejo de Cuentas; o a otros órganos de la Administración del Estado o de la Unión Europea, y aportar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Fomento del Empleo