Resolución de 19 de agosto de 2026 del Presidente del ICECYL que aprueba la convocatoria destinadas a financiar proyectos ligados a destinos turísticos de excelencia en los territorios afectados por el Fondo de Transición Justa en Castilla y León

1. Esta convocatoria tiene por objeto la financiación de proyectos singulares ligados a destinos turísticos de excelencia, que contribuyan a la reactivación económica y el impulso a una actividad turística sostenible y de calidad, vinculada a los recursos endógenos del territorio, en los territorios afectados por la transición justa dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León (provincias de León y Palencia).

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES413 - León, ES414 - Palencia. La gestiona INSTITUTO PARA LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Se consideran proyectos de inversión subvencionables, aquellos que se ubiquen en torno a recursos naturales, culturales, artísticos o históricos con potencial tractor, que permitan posicionar las zonas rurales de las provincias de León y Palencia como un destino de excelencia turística y contribuyan al impulso de una actividad turística sostenible y de calidad vinculada a los recursos endógenos del territorio, de acuerdo con lo indicado en la base sexta de la Orden de Bases y, en
  • 6 b. Proyectos de modernización y/o actualización de establecimientos o actividades turísticas existentes. Se trata de inversiones, actualizaciones o acondicionamientos, o desarrollo de nuevos servicios o nuevas experiencias en proyectos existentes, con el objetivo de mejorar sus estándares de calidad, así como su accesibilidad. Se incluyen en este tipo de proyectos aquellos cuyo objetivo sea ser más sostenible, mediante inversiones en sistemas más eficientes desde el punto de vista energético, en establecimientos y actividades turísticas existentes. En el caso de los proyectos tipo b, cuando así lo exija la normativa vigente, estos establecimientos o actividades ya existentes deberán estar inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León a fecha de presentación de la correspondiente solicitud.
  • La inversión subvencionable de los proyectos presentados deberá ser superior a 3.000 euros e inferior a 600.000 euros.
  • Los proyectos no podrán haber concluido materialmente o haber sido ejecutados íntegramente con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados a la fecha de presentación de la solicitud de la subvención en la presente convocatoria.
  • Los proyectos deberán ser realizados por la entidad beneficiaria en un centro de trabajo de un municipio de las provincias de León o de Palencia, a excepción de aquellos municipios con más de
  • 000 habitantes que no estén incluidos en los protocolos de Transición Justa, ni en el Plan de Dinamización Económica de los Municipios Mineros.
  • No serán subvencionables los proyectos indicados en el apartado 4 de la base sexta de la Orden de Bases.
  • Los proyectos deberán reunir los siguientes requisitos:  Cumplimiento de los principios horizontales definidos en el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/1060 de 24 de junio de 2021.  Los establecidos en el apartado 5 de la base séptima de la Orden de Bases, en relación al cumplimiento del principio de “ no causar un perjuicio significativo ”, a los objetivos medioambientales, según se establece en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 de 18 de junio. En este sentido, los artículos 9 a 16 del citado Reglamento, definen esos objetivos medioambientales. A estos efectos, los solicitantes deberán presentar una declaración jurada en el momento de la solicitud, y en la fase de liquidación los beneficiarios, deberán declarar si ha habido cambios significativos en la realización del proyecto que puedan suponer alteraciones en el cumplimiento del principio DNSH respecto a los datos presentados en la solicitud. En estos casos, el ICECYL podrá solicitar la aportación de un certificado de cumplimiento por parte de una empresa acreditada.  El resto de los requisitos establecidos en la base séptima de la Orden de Bases.
  • El plazo máximo de realización del proyecto será de 2 años, contados desde la resolución de concesión de la subvención, pudiendo ser ampliado conforme a las modificaciones previstas en la base vigésima de la Orden de Bases. COPIA AUTENTICA DEL DOCUMENTO Localizador: ELVH6GYY5UT37NO8JW07O2 Fecha Firma: 19/08/2026 11:42:03 Fecha copia: 20/08/2026 09:40:50 Firmado: CARLOS JAVIER AMANDO FERNANDEZ CARRIEDO Acceda a la página web: https://www.ae.jcyl.es/verDocumentos/ver?loun=ELVH6GYY5UT37NO8JW07O2 para visualizar el documento
  • documentation
    La solicitud, acompañada de la documentación exigida en esta convocatoria, se presentará telemáticamente conforme a lo previsto y regulado en la base decimocuarta de la Orden de Bases.
  • documentation
    Plazo de presentación. Se establece un plazo de presentación de solicitudes de dos meses, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León”. Las solicitudes presentadas fuera de plazo se declararán no admitidas mediante resolución expresa de la Presidencia del ICECYL.
  • documentation
    Las entidades solicitantes acompañarán a la solicitud la siguiente documentación, conforme
  • documentation
    Documentación que acredite la personalidad del solicitante: estatutos vigentes registrados.
  • documentation
    Documento que acredite la representación del firmante conforme a la legislación vigente. COPIA AUTENTICA DEL DOCUMENTO Localizador: ELVH6GYY5UT37NO8JW07O2 Fecha Firma: 19/08/2026 11:42:03 Fecha copia: 20/08/2026 09:40:50 Firmado: CARLOS JAVIER AMANDO FERNANDEZ CARRIEDO Acceda a la página web: https://www.ae.jcyl.es/verDocumentos/ver?loun=ELVH6GYY5UT37NO8JW07O2 para visualizar el documento
  • documentation
    Cuentas anuales de los tres últimos ejercicios cerrados depositadas en el Registro Mercantil.
  • documentation
    Declaración responsable de subvenciones concedidas o solicitadas para el mismo objeto y finalidad, así como cualquier ayuda percibida en los últimos tres años.
  • documentation
    Declaración responsable de datos empresariales de la solicitante y de todos los accionistas con más del 25% del capital social de la empresa, y de cada una de las empresas en las que participe el solicitante en más del 25%.
  • documentation
    Acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, salvo autorización al ICECYL para la obtención de los correspondientes certificados electrónicos.
  • documentation
    Documento que acredite la actividad económica y en el caso de estar obligados al pago del Impuesto de Actividades Económicas, el pago de la anualidad en curso o del último ejercicio. En aquellos supuestos en los que concurra causa de exención o no sujeción, se presentará certificado acreditativo o declaración responsable en dicho sentido, con expresión de su amparo normativo.
  • documentation
    Declaración responsable de no hallarse incurso en causa legal de inhabilitación o prohibición para recibir subvenciones enumeradas en el artículo 13, apartado segundo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Gastos y actuaciones

  • Los gastos subvencionables deberán guardar relación con la actividad específica para la que se plantee el proyecto y cuy · ineligible
    No serán subvencionables los equipos o instalaciones que empleen combustibles fósiles, conforme al art. 9.d) del Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa.
  • Los gastos subvencionables deberán guardar relación con la actividad específica para la que se plantee el proyecto y cuy · eligible
    Todos los activos deberán ser nuevos y se establecen los módulos de costes de inversión, que sirven para determinar la inversión considerada subvencionable, que se incluyen en el anexo I de esta convocatoria. Se subvencionarán los equipos necesarios para el correcto desarrollo de las distintas actividades turísticas que se incluyen en el anexo IV de la Orden de Bases; todos ellos deben ser adecuados a la actividad de que se trate.
  • Los gastos subvencionables deberán guardar relación con la actividad específica para la que se plantee el proyecto y cuy · eligible
    Las inversiones en activos materiales e inmateriales relacionados con la eficiencia energética y la sostenibilidad no estarán sujetas a módulos.
  • Los gastos subvencionables deberán guardar relación con la actividad específica para la que se plantee el proyecto y cuy · eligible
    8 de la correspondiente factura o documento acreditativo del gasto y su respectivo justificante de pago. e. Actuaciones formativas y de especialización turística: el importe de estos gastos no podrá superar el 10% de los activos fijos subvencionables y no superar los 10.000 euros. Estos gastos se justificarán mediante la presentación del documento acreditativo del gasto y su correspondiente documento de pago, así como un documento justificativo de la vinculación de los mismos al proyecto subvencionado. f. Actuaciones de promoción comercial: el importe de estos gastos no podrá ser superior a
  • Los gastos subvencionables deberán guardar relación con la actividad específica para la que se plantee el proyecto y cuy · eligible
    000 euros. g. Implantación de soluciones tecnológicas de marketing digital: el importe de estos gastos no podrá ser superior a 10.000 euros. h. Gastos necesarios para adquisición de empresas constituidas (relevo generacional), tales como gastos notariales, registrales, gastos de asesoría jurídica, o financiera y periciales, así como el desembolso derivado del traspaso: el importe de estos gastos no podrá ser superior a 10.000 euros. i. Costes indirectos: se establece un porcentaje fijo del 5% sobre los costes directos subvencionables, (Art. 54.a del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021).
  • Los gastos subvencionables deberán guardar relación con la actividad específica para la que se plantee el proyecto y cuy · eligible
    El proyecto debe responder a una composición equilibrada entre sus diferentes conceptos de acuerdo con la actividad de que se trate. No se subvencionarán proyectos que sólo incluyan asesoramiento personalizado, actuaciones formativas, o de promoción comercial, ni aquellos que sólo contemplen adquisición de terrenos y obra civil no relacionada con la eficiencia energética y la sostenibilidad. Los proyectos deben incluir inversiones materiales, constituyendo las otras categorías de gasto, un complemento necesario para la inversión.
  • Los gastos subvencionables deberán guardar relación con la actividad específica para la que se plantee el proyecto y cuy · eligible
    En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionados podrá ser superior al valor de mercado.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. Esta convocatoria tiene por objeto la financiación de proyectos singulares ligados a destinos turísticos de excelencia, que contribuyan a la reactivación económica y el impulso a una actividad turística sostenible y de calidad, vinculada a los recursos endógenos del territorio, en los territorios afectados por la transición justa dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León (provincias de León y Palencia).