Personas jurídicasES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

director general de Medio Natural y Animal, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la realización de acti · 2026

Título oficial: RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2026, del director general de Medio Natural y Animal, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la realización de actividades y proyectos destinados a la protección y defensa de los animales y a la conservac

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En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona SECRETARÍA AUTONÓMICA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO.

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.150.000,00 €. Inicio: 18/09/2026. Plazo: Fin: 01/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Acreditación de la personalidad jurídica y, en su caso, la representación con la que actúa la persona firmante de la solicitud, así como los fines u objeto social de la entidad cuando resulte necesario para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizar su consulta por el órgano gestor del procedimiento, o en caso de autorizarla y consultada la misma, no quede debidamente acreditada, o cuando la información obtenida resulte insuficiente para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos, se requerirá a la entidad interesada la aportación de la documentación correspondiente.
  • Acreditación de que entre sus fines estatutarios se encuentran la protección y defensa de los animales de compañía, la conservación de la biodiversidad y de los ecosistemas, la mejora de los hábitats o la realización de alguna de las actuaciones previstas en el artículo segundo de la Orden 5/2024, de 18 de septiembre. Se exceptuará aquellas que consten debidamente inscritas en sus correspondientes registros oficiales, solo siendo necesaria la presentación de la correspondiente certificación acreditativa. No obstante, cuando la información obrante en dichos registros no permita verificar adecuadamente el cumplimiento de este requisito, el órgano gestor podrá requerir la aportación de los estatutos vigentes o de cualquier otra documentación que resulte acreditativa de los fines de la entidad.
  • Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en caso de no autorizar u oponerse a su consulta por el órgano gestor del procedimiento.
  • El órgano gestor del procedimiento deberá estar autorizado por la persona interesada para poder consultar los datos de estar al corriente de los pagos con la Agencia Tributaria, estatal y autonómica, y los datos de identidad fiscal ante la Agencia Estatal de la Administración. En caso contrario, la persona interesada deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes.
  • El órgano gestor del procedimiento tiene potestad para consultar los datos de estar al corriente con la Tesorería de la Seguridad Social, datos del registro de Núcleos Zoológicos de la Comunitat Valenciana, así como la consulta al registro electrónico de representantes. No obstante, si la persona interesada desea oponerse a ello, es imprescindible que indique la información concreta a cuya consulta se opone y los motivos que lo justifican. Si se opone queda obligada a aportar los documentos acreditativos correspondientes.
  • El órgano gestor podrá verificar la exactitud de los datos declarados por la persona interesada, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; en el artículo 4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Las personas solicitantes deberán suscribir las siguientes declaraciones responsables, según corresponda:
  • Declaración responsable de que todos los datos que figuran en la solicitud y documentación que se acompaña son ciertos.
  • Declaración responsable de no hallarse incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario, y de que no es deudora de la Generalitat por reintegro de subvenciones.
  • Declaración responsable de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regulan medidas en los procedimientos de contratación administrativa y de concesión de subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad.
  • Declaración responsable sobre la solicitud y obtención o no de otras ayudas sobre las mismas actividades, proyectos, o los mismos costes subvencionables, con expresión, en su caso de los compromisos asumidos por el solicitante.
  • Declaración responsable sobre el conocimiento de la normativa reguladora de las presentes ayudas, así como de la obligación de publicitar la procedencia de los fondos.
  • Declaración responsable de no haber obtenido otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, proyectos o inversiones relacionadas en la solicitud de ayuda, una vez tengan conocimiento de su existencia. En caso de haberse obtenido, se deberán de especificar.
  • Declaración responsable de que cumple con los requisitos exigidos en la normativa reguladora, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el tiempo inherente al ejercicio del derecho de cobro de la subvención.
  • Declaración responsable de que ha informado a las personas de las que aporte datos o documentación en este procedimiento de:
  • La comunicación de dichos datos a la Administración para su tratamiento en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con los fines del procedimiento.
  • La posibilidad de que la Administración realice consultas relacionadas con sus datos para comprobar, entre otros extremos, su veracidad.
  • Del derecho de oposición que le asiste a que la Administración trate sus datos, en cuyo caso, deberá comunicar dicha oposición a la Administración a los efectos oportunos.
  • De que, en el caso de que dicha consulta requiera por ley autorización de la persona cuyos datos se van a consultar, dispone de dicha autorización, que estará disponible a requerimiento de la Administración en cualquier momento. Undécimo. Criterios de Valoración
  • Los criterios de valoración de las solicitudes deberán garantizar la publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación en la concesión de las subvenciones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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