Personas jurídicasES640 - Melilla

Resolución de 13/07/2026 del SEPE en Melilla por la que se aprueba la convocatoria, en rég. de concurrencia competitiva, para la concesión de sub. a las Corporaciones Locales para la gestión del prog. de inserción laboral. Melilla. 2026.

1. Esta resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones, en rØgimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos del programa de inserción laboral a travØs de obras y servicios de interØs general y social, en el Æmbito territorial de la ciudad de Melilla, para el ejercicio 2026. SerÆ objeto de este programa las subvenciones dirigidas a facilitar la colocación y la adquisición de competencias profesionales a las personas desempleadas que participen en el mismo, mediante su contratación para la realización de obras y servicios de interØs general y social.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES640 - Melilla. La gestiona DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SEPE DE MELILLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero, el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, en la Orden TES/1077/2023, de 28 de
  • septiembre y en esta resolución, constituyen obligaciones de las entidades beneficiarias: a. Aportar la información y documentación que se requiera durante la fase de instrucción del procedimiento, ejecución y seguimiento de la actividad subvencionada, así como en la fase de justificación de la subvención. b. Haber realizado o, en su caso, garantizado las devoluciones de cantidades concedidas y pagadas en convocatorias anteriores gestionadas al amparo de la orden TES/1077/2023 y de la normativa reguladora de estas subvenciones anteriores al Real Decreto 818/2021 y cuya devolución le haya sido exigida a la entidad beneficiaria mediante reclamación previa a la vía ejecutiva o mediante resolución de procedencia de reintegro, siempre que exista resolución firme, salvo que se hubiera producido la suspensión del acto. c. Comunicar al órgano administrativo competente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. En este caso se estarÆ a lo previsto sobre concurrencia de ayudas y subvenciones en el
  • Las obras y servicios a realizar deberÆn, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Real
  • Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, cumplir los siguientes requisitos:
  • Que se trate de obras y servicios de interØs general y social y sean competencia de las
  • entidades locales, quedando expresamente excluidos: i. Aquellos proyectos que contemplen actuaciones de carÆcter municipal por los que la entidad beneficiaria perciba contraprestación económica. ii. Aquellos proyectos que supongan reducción, sustitución o amortización de puestos de trabajo municipales, por lo que deberÆ tener autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad normal de la entidad. Se entenderÆ a efectos de la presente convocatoria por obras o servicios de interØs general y social, aquellas que tengan un marcado carÆcter turístico, cultural, medioambiental, las dirigidas a los sectores de la dependencia y servicios sociales, así como aquellas que mejoren la calidad de vida de los melillenses.
  • Que la ejecución de las obras o de los servicios las realicen las entidades solicitantes en rØgimen de administración directa.
  • Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y prÆctica profesionales de las personas desempleadas.
  • Que el porcentaje de trabajadores y trabajadoras desempleadas a ocupar en la realizac ión de la obra o servicio sea del 100 por ciento.
  • Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad, como mÆximo, dentro del ej ercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso , las obras o servicios se iniciarÆn en el ejercicio presupuestario de concesión, salvo que, por razon es excepcionales debidamente motivadas, se inicien dentro del primer trimestre del ejercicio siguiente al de la convocatoria.
  • Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias que, en su caso, no estØn subvencionadas por el Servicio Pœblico de Empleo Estatal para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditarÆ mediante la correspondiente certificación de la entidad.
  • Que, en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, se realicen preferentemente en periodos de bajo nivel de contratación.
  • Asegurar que las personas con discapacidad disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad, en función de las necesidades de cada situación concreta, salvo que esas medidas supongan una carga excesiva para la entidad, así como para su seguimiento y soporte.
  • AdemÆs, deberÆn cumplir los siguientes requisitos:
  • La duración de los proyectos subvencionados no podrÆ superar los nueve meses des de la fecha de inicio de los mismos.
  • Que la jornada de los contratos de trabajo a realizar no sean, en ningœn caso inferior al 50 por ciento de la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
  • Las obras o servicios no podrÆn consistir en el ejercicio de funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades pœblicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Pœblicas, que corresponden exclusivamente a las empleadas y los empleados pœblicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto BÆsico del Emplead o Pœblico, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  • documentation
    Las solicitudes para esta convocatoria se presentarÆn segœn los tØrminos establecidos en el
  • documentation
    Declaración responsable de que la entidad solicitante cumple con todos los requisitos y condiciones para el acceso a la subvención, sin perjuicio de la facultad del Servicio Pœ blico de Empleo Estatal para consultar los sistemas de información correspondientes y verificar el cumplimiento de tales requisitos y condiciones por parte de los beneficiarios de la subvención. Esta comprobación podrÆ realizarse con anterioridad o posterioridad a la concesión de la subvención. En caso de detectarse el incumplimiento de alguna condición, procederÆ la denegación de la subvención o la exigencia de reintegro.
  • documentation
    DNI de la persona que, en nombre y representación de la entidad, solicita la concesión d e la subvención, así como mandato o poder de representación para actuar en nombre de la entidad.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[14214].extracted_segments[1]

1. Esta resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones, en rØgimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos del programa de inserción laboral a travØs de obras y servicios de interØs general y social, en el Æmbito territorial de la ciudad de Melilla, para el ejercicio 2026. SerÆ objeto de este programa las subvenciones dirigidas a facilitar la colocación y la adquisición de competencias profesionales a las personas desempleadas que participen en el mismo, mediante su contratación para la realización de obras y servicios de interØs general y social.