por la que se convocan subvenciones a las Asociaciones Culturales y de Vecinos para proyectos culturales, año 2026.

Título oficial: Resolución de 02/09/2026 de la Presidencia del Patronato Municipal de Actividades Culturales de Castrillón, por la que se convocan subvenciones a las Asociaciones Culturales y de Vecinos para proyectos culturales, año 2026.

1. Es objeto de la presente convocatoria pública regular la concesión de subvenciones para el ejercicio 2026, a las asociaciones culturales y de vecinos constituidas legalmente y radicadas en Castrillón, que cumplan los requisitos que se especifican en los artículos siguientes.

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES120 - Asturias. La gestiona PATRONATO MUNICIPAL DE ACTIVIDADES CULTURALES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 4.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar constituidas de conformidad con la normativa vigente y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo, con el nombre de Asociaciones Culturales o de Vecinos.
  • Estar inscritas, además, en el Registro Municipal de Asociaciones Culturales o de Vecinos del Ayuntamiento de Castrillón en la fecha de la presentación de la solicitud.
  • Todas las entidades que solicitan la subvención carecerán de ánimo de lucro, circunstancia que constará de forma explícita en los Estatutos.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente al Estado, el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Castrillón y d el cumplimiento de sus obligaciones frente a la seguridad social. Administración Expediente 74989C
  • Haber justificado debidamente las subvenciones municipales que pudiesen haber obtenido a la fecha marcada en cada convocatoria.
  • Presentar un proyecto o programa cultural, con des cripción de cada una de las actuaciones a desarrollar.
  • - Presentación de la solicitud de la subvención conforme al modelo incluido en el Anexo I.1 de esta convocatoria.
  • - Fotocopia compulsada u original de los Estatutos de las entidades ( en caso de que esta documentación conste en poder del Ayuntamiento deberán de hacerlo constar en la solicitud y no tendrán que aportar dicha documentación)
  • - Justificante de estar inscritas como entidades jurídicas en el Registro Munici pal del Ayuntamiento de Castrillón (en caso de que esta documentación conste en poder del Ayuntamiento deberán de hacerlo constar en la solicitud y no tendrán que aportar dicha documentación)
  • - Autorización firmada y sellada de la Asociación para que el Ayuntamiento de Castrillón pueda solicitar directamente las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (según anexo I.2)
  • - Documento donde se acredite que han justificado en tiempo y forma, posibles subvenciones que hubiesen obtenido y de su situación tributaria en relación con el Ayuntamiento. (en caso de que esta documentación conste en poder del Ayuntamiento deberán de hacerlo constar en la solicitud y no tendrán que aportar dicha documentación)
  • -Fichero de acreedores, según modelo que se facilitará en este Ayuntamiento (según anexo
  • - Proyecto o programa cultural, que debe contener descripción de cada una de las actuaciones a desarrollar y para las que solicita subvención, así como presupuesto detallado de las mismas, conforme al modelo incluido en el anexo I.4.
  • - Datos relacionado con la entidad solicitante (según anexo I.5)
  • Las Asociaciones Culturales y de Vecinos interesadas en acceder a las subvenciones reguladas por estas Bases, deberán presentar su solicitud ( según modelo
  • La documentación deberá de ser presentada telemáticamente en atención a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el que establece la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración por su condición de personas jurídicas.
  • - Cumplir los objetivos para los que fue otorgada la subvención.
  • - Justificar ante el órgano concedente, el cumplimient o de los requisitos y condiciones, y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención en la forma señalada, hasta el 1 de diciembre de 2026, salvo excepciones justificadas.
  • - Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección a efectuar por el PMAC y por su orden, por los responsables de los servicios promotores de la subvención, y a las de control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como com unitarios, aportando cuanta documentación les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • - Hacer constar en toda información, publicación o publicidad que se efectúa de la actividad, que la misma está subvencionada por el Patronato Mun icipal de Actividades Culturales de Castrillón, incorporando de forma visible en el material que se utilice para la difusión de los programas subvencionados (carteles, trípticos, folletos, etc.) un logotipo que permita identificar el origen de la subvenci ón con el

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 9. Gastos subvencionables.- · eligible
    Se cons iderarán gastos subvencionables a los efectos previstos en esta convocatoria, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, es decir, los gastos para proyectos culturales que se desarrollen dentro del municipio y que se realicen en el ejercicio de la correspondiente convocatoria. Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, notarial y registral, así como los periciales para la realización del proyecto o actividad subvencionada y los de adm inistración específica, serán subvencionables siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y fueran indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los intereses deudores de cuentas bancarias
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales Administración Expediente 74989C
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los impuestos personales sobre la renta
  • En ningún caso serán gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Cualquier gasto de alimentación o de bebida, que no forme parte del proyecto cultural subvencionado. Se considerará gasto realizado, el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del pe ríodo de justificación determinado en cada convocatoria y en base a los términos especificados en el artículo 12 de esta convocatoria, salvo supuestos debidamente justificados.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1. Es objeto de la presente convocatoria pública regular la concesión de subvenciones para el ejercicio 2026, a las asociaciones culturales y de vecinos constituidas legalmente y radicadas en Castrillón, que cumplan los requisitos que se especifican en los artículos siguientes.