PRIMARIA, SECUNDARIA, BACHILLERATO, CICLOS FORMATIVOS Y GRADOS UNIVERSITARIOS · 2026

Título oficial: Resolución de Alcaldia de fecha 01 de octubre de 2026 por la que se ordena la CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA MATERIAL ESCOLAR PARA EL ALUMNADO DE 2ºCICLO DE INFANTIL, PRIMARIA, SECUNDARIA, BACHILLERATO, CICLOS FORMATIVOS Y GRADOS UNIVERSITARIOS

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORIJA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 12.000,00 €. Plazo: Fin: 10/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Tener la condición de vecino de Torija toda la unidad familiar a la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
  • Estar matriculado/a en el CEIP Virgen del Amparo de Torija o institutos de la provincia de Guadalajara en el curso, o centros universitarios del territorio nacional para el curso 2026/2027.
  • No percibir ayudas con la misma finalidad.
  • Todos los solicitantes deben estar al corriente de pago de las obligaciones con el Ayuntamiento de Torija, la Administración Estatal, Autonómica y con la Tesorería General de la Seguridad Social, y hasta la resolución definitiva de la presente convocatoria, considerando a estos efectos cualquier deuda derivada de ingresos de derecho público, salvo que se trate de deudas o sanciones que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
  • Disponer de las facturas que justifiquen la adquisición de material escolar, siendo el titular de las mismas uno de los tutores legales del alumno/a, o en caso de mayores de edad, el propio alumno, en las que se identifique claramente la descripción del material adquirido, en caso contrario no se tendrán en cuenta y serán rechazadas.
  • Las facturas justificativas deberán ser EXCLUSIVAMENTE de los artículos a justificar, en caso contrario no se tendrán en cuenta y serán rechazadas.  Los/as alumnos/as matriculados/as en el curso 2026/2027 en educación infantil en el Colegio Público “Virgen del Amparo” de Torija recibirán una ayuda máxima de 100€.  Los/as alumnos/as matriculados/as en el curso 2026/2027 en e ducación primaria en el Colegio Público “Virgen del Amparo” de Torija recibirán una ayuda máxima de 125€, excepto los alumnos/as de 3º de Educación Primaria cuya cuantía máxima será de 200€, siempre y cuando se justifique la adhesión al banco de libros de Castilla-La Mancha, en caso contrario será de 125 €.  Los/as alumnos/as matriculados/as en el curso 2026/2027 en Institutos de la provincia de Guadalajara, en los cursos de 1º a 4º de la ESO y Bachillerato recibirán una ayuda máxima de 100€.  Los/as alumnos/as matriculados/as en el curso 2026/2027 en Institutos de la provincia de Guadalajara, en ciclos formativos recibirán una ayuda máxima de 200€.  Los/as alumnos/as matriculados/as en el curso 2026/2027 en Centros universitarios recibirán una ayuda máxima de 200€.
  • El formato de estas facturas será el siguiente:  Número.  Fecha de expedición y fecha de la operación si es distinta de la anterior.  NIF e identificación tanto del expedidor como del destinatario. (Deberá contener el nombre y apellidos, razón o denominación social completa, así como el domicilio fiscal del expedidor y destinatario).  Identificación del bien entregado o servicios prestados.  Tipo impositivo y, opcionalmente también la expresión “IVA incluido”. Si hay operaciones sujetas a diferentes tipos impositivos deberá especificarse por separado y además, la parte de Base Imponible correspondiente a cada operación.  Contraprestación total. NOTA: No serán admitidos ticket de caja, albaranes o cualquier justificante de compra diferente a factura, salvo en los casos debidamente indicados en la presente convocatoria.
  • No podrán obtener la condición de beneficiario/a de las subvenciones reguladas las personas en quienes concurra alguna de las
  • circunstancias siguientes:  Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por
  • Se ajustarán al modelo oficial según el Anexo I y deberán ser cumplimentadas en letras mayúsculas de forma clara y legible. Estará firmada por ambos tutores o quien esté al cargo de la guarda y custodia del menor. Se aportará junto al Anexo I la documentación especificada en mismo, el Anexo II firmado por ambos tutores y el Anexo III con la relación de facturas aportadas.
  • Podrá solicitarse la ayuda para dos o más hermanos/as cumplimentándose una única solicitud. Anexar tantos Anexo I como fueran necesarios.
  • Entre los datos que se requieren a la familia, se incluyen el número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico para en su caso poder realizar comunicaciones, en el caso de que se considerara oportuno para la tramitación de la ayuda. Su inclusión en la solicitud
  • Todos los solicitantes con la presentación de la solicitud aceptan:  Que la dirección del CEIP Virgen del Amparo de Torija, faciliten al Ayuntamiento de Torija los datos necesarios de las familias solicitantes, con el fin de establecer el grupo de adscripción de cuota de cada potencial beneficiario/a.  Que se crucen los datos de la solicitud con el padrón municipal y la gestión tributaria municipal, a los efectos de conocer si el solicitante y los potenciales beneficiarios están empadronados en el municipio de Torija y se encuentran al corriente de pago de los tributos locales. Art. 7: PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Para los alumnos/as matriculados se establece con carácter general un plazo ordinario de entrega de solicitudes desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOP de Guadalajara y hasta el 10 de noviembre de 2026.
  • Las solicitudes deberán de entregarse debidamente cumplimentadas en el registro del Ayuntamiento o en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torija https://torija.sedelectronica.es/ adjuntando a la solicitud toda la documentación referida en esta convocatoria en formato PDF.
  • del siguiente modo:  Se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Torija listado provisional de solicitudes admitidas.  En el caso de que los interesados/as deban subsanar su solicitud dispondrán de un plazo de diez días hábiles para ello. Transcurrido el plazo sin que así lo hiciera, se considerará que el solicitante desiste de su petición.  Cumplimentadas las solicitudes y, en su caso, las subsanaciones, y emitidos los informes preceptivos se dictará resolución definitiva, que será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Torija.  La Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece un plazo máximo para la resolución del expediente de seis meses desde la publicación de las bases de la convocatoria.  Contra la resolución de concesión y denegación de las ayudas podrá interponerse, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación en el tablón de anuncios de la resolución definitiva, recurso potestativo de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Torija en los términos establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015,
  • Resuelta la convocatoria, el Ayuntamiento de Torija realizará el pago mediante transferencia bancaria al número de cuenta indicada en la solicitud, siendo titular de la misma el solicitante de la ayuda. Para que se realice el pago deben aportarse los certificados de hallarse al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y con la Seguridad Social, cuyo justificante de solicitud se hubieran presentado al solicitar la subvención. Art. 11: ALTERACIÓN DE LAS CONDICIONES DE CONCESIÓN
  • Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda (incluidas las ayudas de otras administraciones al alumno con la misma finalidad) deberá ser
  • inmediatamente comunicada al Ayuntamiento de Torija, y podrá dar lugar a la modificación (incremento, reducción o supresión) de la subvención otorgada. Art. 12.- CONTROL Y JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS De conformidad con lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las ayudas y ayudas a la escolarización no requerirá otra justificación que la acreditación previa a la concesión de que el solicitante reúne los requisitos establecidos en esta convocatoria. El régimen regulador de los posibles reintegros, sanciones y responsabilidades aplicable a los perceptores de las ayudas será el establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Torija Art. 13: RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES En materia de infracciones y sanciones administrativas, se estará a lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En Torija, a 1 de octubre de 2026 El Alcalde-Presidente, D. Álvaro Murillo Bonacho
  • CON DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD REQUISITOS
  • y convivan con el menor. : DNI o documento equivalente (ciudadanos/as españoles/as de la Unión Europea o análogos) Pasaporte o tarjeta de residencia o documento equivalente acreditando la residencia legal en España (ciudadanos/as extranjeros/as) Los documentos adjuntados deben estar vigentes a la fecha de su presentación. Libro de familia donde figuren los padres o tutores/as.o Certificado de nacimiento. En caso de no ser el progenitor/a, un certificado de Bienestar Social que demuestre que el menor está a cargo de los interesados/as. Certificados de hallarse al corriente con la AEAT, con la JCCM, y con la Seguridad Social. Justificantes del gasto realizado. Factura original derivada de la adquisición del material escolar en la que se identifique claramente el material adquirido. Justificante de solicitud o concesión de ayudas para la misma finalidad. Justificante de matriculación tanto en Institutos en la provincia de Guadalajara, como en Universidades. IBAN Número de Cuenta (20 DÍGITOS)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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