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RESOLUCION DE ALCALDIA POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESION DE SUBVENCION DIRECTA DE CARACTER E…

Título oficial: RESOLUCION DE ALCALDIA POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESION DE SUBVENCION DIRECTA DE CARACTER EXCEPCIONAL PARA LA GESTION ORGANIZACION Y COORDINACION DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES EN LA PLAZA DE TOROS.

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES425 - Toledo. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 80.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
  • Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública. Se consideran directas con carácter excepcional aquellas subvenciones aquellas en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. , ex art. 22.2 c) LGS y art. 9..C.c) del Reglamento de Subvenciones del Ayuntamiento de Talavera de la Reina. En dicho art. 22.2 c) LGS se establece que podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones: “Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.”
  • 2. Procedimiento. El artículo 9.C) c) del Reglamento Municipal de Subvenciones, en relación con el procedimiento de concesión de las subvenciones directas, con carácter excepcional,
  • dispone que: “ El Alcalde aprobará por decreto, a propuesta de la Concejalía correspondiente a la que esté adscrita el órgano o unidad administrativa competente por razón de la materia, las normas especiales, con el carácter de bases reguladora, de las subvenciones previstas en el apartado c) del artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones y artículo de su Reglamento de Desarrollo”. En su apartado segundo se recoge “ El Decreto deberá ajustarse a las previsiones contenidas en los citados textos legales y contendrá, salvo en lo que se refiere a los principios de publicidad y concurrencia, y contendrá como mínimo los siguientes
  • Definición del objeto de las subvenciones, con indicación del carácter singular de las mismas y las razones que acreditan el interés público, social, económico o humanitario y aquellas que justifican la dificultad de su convocatoria pública.
  • Régimen jurídico aplicable.
  • Beneficiarios, importe y modalidades de ayuda.
  • Partida presupuestaria a la que se imputaran la subvenciones.
  • Procedimiento de concesión y régimen de justificación de la aplicación dada a las subvenciones por los beneficiarios y, en su caso, entidades colaboradoras. La propuesta de bases de concesión de la subvención iniciada por la Concejal de Comercio, Ferias y Festejos de la Ciudad, reúne los extremos exigidos en el articulo 9 C) del Reglamento de Subvenciones del Ayuntamiento de Talavera de la Reina, aprobado por acuerdo de Pleno de 17 de julio de 2008, y relativo al procedimiento de concesión directa de subvenciones. Con independencia de la modalidad de pago que se efectúe, deberá acreditarse en el expediente el cumplimiento de los requisitos establecidos en los arts. 34 y 35 de la LGS. Asimismo, el art. 9.4.b) LGS establece, entre los requisitos para el otorgamiento de las subvenciones, la “existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de la subvención”. Tercero. Objeto de la Subvención.
  • COPIA AUTÉNTICA que puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en https://sede.talavera.org/validacionDoc/?entidad=45165 Área de Servicio: Festejos Expediente Nº: 00401/2026/FES Asunto: Resolución para la gestión, organización y coordinación de las actividades culturales en la Plaza de Toros de Talavera de la Reina Página 6 El objeto de esta Subvención directa, con carácter excepcional, es cumplir con unos de los objetivos de la Administración Pública, esto es, servir con objetividad los intereses generales, como reconoce la Constitución en su art. 103.1. De esta manera, se concede esta subvención para que el beneficiario pueda desarrollar los fines culturales que pretende a través de la celebración de espectáculos taurinos en la Plaza de Toros de Talavera de la Reina.
  • 2. Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027. El Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (PES, en adelante) de esta ciudad nace como el complemento necesario para articular la concesión de subvenciones con respeto a los principios de transparencia y equilibrio presupuestario, de conformidad con la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030. El artículo 13, Línea 8, del PES, en relación al Objetivo Estratégico de Promoción
  • ODS 3. Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades.
  • ODS 4. Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos.
  • ODS 5. Lograr la igualdad entre los géneros. Efectos: Durante el período de vigencia del presente Plan, podrán establecerse
  • Fiestas populares y festejos
  • Apoyar iniciativas culturales en el ámbito del teatro, cine, danza, música…
  • La organización y realización de actividades, talleres, enseñanzas y eventos que contribuyan a la difusión de la cultura tradicional, étnica, folclórica,…
  • La participación en eventos culturales organizados por el Ayuntamiento como la cabalgata de Reyes.
  • Apoyo a las Asociaciones que promocionan los actos festivos de la ciudad.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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