Clubes deportivosPersonas jurídicasES523 - Valencia / València

Resolución de alcaldía/ Acuerdo Nº 3045/2026 de 24 de septiembre de 2026 del Ayuntamiento de Riba-roja de Turia por la…

Título oficial: Resolución de alcaldía/ Acuerdo Nº 3045/2026 de 24 de septiembre de 2026 del Ayuntamiento de Riba-roja de Turia por la que se convocan subvenciones destinadas a Clubes y Entidades Deportivas de Riba-roja de Túria año 2026 (temporada 25/26).

Apoyar y mejorar la práctica deportiva de los clubes y entidades deportivas, subvencionando los programas de actividades deportivas a desarrollar, referidos a proyectos de iniciación deportiva, fomento de la práctica y competición deportiva. También serán subvencionables el desarrollo de actividades recreativas, de ocio y de esparcimiento.

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE RIBA-ROJA DE TÚRIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 140.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán solicitar esta subvención todos los Clubes y Asociaciones Deportivas de Riba-roja de Túria que reúnan, en la fecha del fin de presentación de la solicitud de
  • Estar inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones de Riba-roja de Túria.
  • Estar legalmente constituidos. (Inscritos en Registro de Entidades depo rtivas de la Comunidad Valenciana).
  • Realizar actividad regular en Riba-roja de Turia u ofertar actividad regular para los vecinos de Riba-roja de Turia, en el caso de que las características de la actividad no permitan que se realice en el municipio. Se considerará actividad de carácter
  • No concurrir ninguna de las circunstancias que lo impiden, las cuales se detallan en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. La acreditación de no estar incursos en las prohibiciones a que se refiere este artículo se realizará mediante declaración responsable en la propia solicitud de subvención.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social y de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria. Se considerará que el beneficiario está al corriente de obligaciones tributarias con la Corporación cuando no mantenga deudas o sanciones tributarias en período ejecutivo, salvo cuando se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.  En caso de no cumplir este requisito, la entidad podrá acreditar que ha subsanado esta deficiencia durante el periodo de subsanación de documentación que se reglamenta en estas bases.
  • Haber presentado en plazo y forma la solicitud y documentación necesaria según lo detallado en las presentes bases.
  • La documentación justificativa deberá presentarse en el registro de entrada
  • Las facturas justificativas deberán:  Corresponder a gastos que figuren en el documento 12 de la solicitud.  Estar expedidas a nombre de la entidad solicitante.  Estar expedidas entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de Agosto de 2026. Y corresponderse con un justificante de pago también realizado entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de Agosto de 2026.  Ajustarse al contenido exigido con carácter general en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Apoyar y mejorar la práctica deportiva de los clubes y entidades deportivas, subvencionando los programas de actividades deportivas a desarrollar, referidos a proyectos de iniciación deportiva, fomento de la práctica y competición deportiva. También serán subvencionables el desarrollo de actividades recreativas, de ocio y de esparcimiento.