fecha 29 de octubre de 2026, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de ayudas para la adquisición…

Título oficial: Extracto de la Resolución de Alcaldía n.º 498, de fecha 29 de octubre de 2026, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de ayudas para la adquisición de material escolar del alumnado del segundo ciclo de Educación Infantil y primaria

La convocatoria tiene por objeto contribuir a los gastos escolares de las familias del municipio mediante dos líneas diferenciadas: ayudas para material escolar, incluidos libros, del alumnado del segundo ciclo de Educación Infantil, y ayudas para libros de texto del alumnado de Educación Primaria. Su finalidad es facilitar el acceso a los recursos educativos y apoyar a las familias en la atención de estos gastos, conforme al artículo 17.3 de la Ley General de Subvenciones

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES418 - Valladolid. La gestiona AYUNTAMIENTO DE RUEDA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.200,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán solicitar las ayudas los progenitores o representantes legales del alumnado que reúna los requisitos de la línea correspondiente. Se admitirá una sola solicitud por alumno y una sola ayuda por el mismo gasto. La solicitud identificará a la persona solicitante como perceptora de la ayuda, al alumno destinatario del material y la relación de representación entre ambos, en los términos exigidos por el artículo 17.3 de la Ley General de Subvenciones La persona solicitante deberá acreditar dicha relación, no estar incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y cumplir los requisitos de obligaciones tributarias, Seguridad Social y reintegros exigibles para obtener y cobrar la subvención. Su comprobación se realizará antes de la concesión y del pago, mediante los documentos o medios de acreditación legalmente admisibles.
  • El alumnado deberá estar empadronado en Rueda y matriculado en el segundo ciclo de Educación Infantil durante el curso 2026/2027, cumpliendo los requisitos de edad, matrícula y empadronamiento de la convocatoria provincial a la fecha de finalización del plazo de solicitud de esta última. Deberá cursar estudios en un centro público o concertado situado en un municipio de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes. Se admitirán los supuestos excepcionales contemplados en la convocatoria provincial relativos a centros situados en municipios de mayor población o fuera de la provincia, siempre que se aporte el informe de la Administración educativa competente exigido por aquella. Para su financiación con cargo al programa provincial, el alumno deberá figurar en las relaciones de empadronamiento y matrícula incluidas en la solicitud municipal presentada a la Diputación. La matrícula en un centro distinto del colegio de Rueda no será causa de exclusión cuando se cumplan las condiciones anteriores.
  • Se presentará una solicitud por alumno, conforme al anexo , dirigida a la Alcaldía, en el Registro General del Ayuntamiento, en la sede electrónica municipal o por los restantes medios legalmente admitidos. El plazo será de quince días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. La convocatoria y su extracto se tramitarán por conducto de la BDNS conforme al artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones
  • DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE Dato Información Nombre y apellidos Documento identificativo Domicilio Medio de contacto Cuenta bancaria — IBAN Condición en la que actúa
  • DATOS DEL ALUMNO Dato Información Nombre y apellidos Centro educativo Etapa y curso Línea de ayuda solicitada
  • Declaro: Que los datos y documentos presentados son veraces. Que reúno los requisitos de la convocatoria. Que no he presentado otra solicitud para el mismo alumno. Que no estoy incurso en prohibiciones para obtener subvenciones.
  • DECLARACIÓN ESPECÍFICA PARA EDUCACIÓN PRIMARIA Declaro que los libros incluidos en esta solicitud no han sido obtenidos gratuitamente ni financiados por Releo u otra ayuda incompatible.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Séptima. Gastos subvencionables y periodo · eligible
    En Infantil se subvencionará el material escolar, incluidos libros, destinado al segundo ciclo de Educación Infantil del curso 2026/2027. Los gastos deberán haberse realizado desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el último día del plazo de solicitud municipal, sin que puedan imputarse a la financiación provincial gastos posteriores al 31 de marzo de 2027. En Primaria se subvencionará exclusivamente la adquisición de libros de texto para el curso 2026/2027, realizada hasta el último día del plazo de solicitud. La documentación deberá permitir identificar los libros adquiridos y su destino al alumno para el que se solicita la ayuda. En ambas líneas solo se admitirá el gasto efectivamente acreditado mediante factura o documento de valor probatorio equivalente y justificante de pago. No se computará como gasto subvencionable la parte cubierta por ayudas incompatibles ni los conceptos ajenos al objeto de esta convocatoria, conforme a los artículos 30 y 37 de la Ley General de Subvenciones

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La convocatoria tiene por objeto contribuir a los gastos escolares de las familias del municipio mediante dos líneas diferenciadas: ayudas para material escolar, incluidos libros, del alumnado del segundo ciclo de Educación Infantil, y ayudas para libros de texto del alumnado de Educación Primaria. Su finalidad es facilitar el acceso a los recursos educativos y apoyar a las familias en la atención de estos gastos, conforme al artículo 17.3 de la Ley General de Subvenciones