RESOLUCIÓN DE ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO DE 22 DE OCTUBRE DE 2026 POR LA QUE SE APRUEBA LA CON…

Título oficial: RESOLUCIÓN DE ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO DE 22 DE OCTUBRE DE 2026 POR LA QUE SE APRUEBA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN DIRECTA CON CARÁCTER NOMINATIVO A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN FEAFES ADAFEMA ALMENDRALEJO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 11.400,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Realizar la actividad subvencionada, conforme lo establecido en la cláusula primera de este Convenio.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y cumplimiento de la finalidad de la subvención, con justificación de su financiación.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
  • Acreditar, con anterioridad a la firma del Convenio, no estar incurso en las prohibiciones contenidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia estatal, local y frente a la Seguridad Social.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la actividad, así como el control financiero efectuados por la Entidad concedente de la subvención.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 de la LGS.
  • El Beneficiario se compromete a reflejar en las actividades de difusión del proyecto, la financiación de Excmo. Ayuntamiento para el desarrollo del mismo.
  • Durante la realización de las actividades, el beneficiario informará al público del apoyo obtenido por este Ayuntamiento.
  • SEXTA.- PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN PERCIBIDA. Conforme al artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se establece como plazo máximo para la rendición de la cuenta justificativa el 31 de enero de 2027, fecha en la que deberá presentarse la correspondiente justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos, en los términos previstos en la cláusula siguiente. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la justificación, el beneficiario deberá solicitar una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las circunstancias ante el órgano concedente de la subvención. El Ayuntamiento de Almendralejo podrá conceder una ampliación del plazo de justificación, que no excederá de la mitad del plazo para presentar la justificación, si lo considera conveniente por el interés público y no se perjudican derechos de tercero, y siempre que esta solicitud de prórroga se formule antes de la fecha de finalización del plazo inicialmente concedido.
  • La cuenta justificativa deberá de contener:
  • Memoria de actuación justificativa de que las actividades realizadas se corresponden con las subvencionadas y los resultados obtenidos, para ello el representante de la entidad deberá certificar la realización de las actividades subvencionadas. Se adjuntarán ejemplares de cada uno de los folletos, carteles, libros, videos, CD, etc., que en su caso, se hayan editado o publicado con ocasión de las actividades subvencionadas, donde se acredite la difusión del apoyo de financiación del Ayuntamiento de Almendralejo en la realización de las actividades.
  • Memoria económica justificativa del coste de la actividad que contendrá:
  • Una relación clasificada de los gastos de la actividad con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.
  • Documentación justificativa original o copia compulsada detallada en la relación de los gastos, facturas, nóminas, así como cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el gasto. Se adjuntará la documentación acreditativa del pago.
  • Facturas y recibos legales y completos en los que debe figurar (artículo 6.1
  • Número y, en su caso, serie de la factura o recibo.
  • Nombre y apellidos, razón o denominación social del obligado a expedir factura y del destinatario de las operaciones (en este caso el beneficiario de la subvención).
  • Número o Código de Identificación Fiscal del expedidor de la factura.
  • Domicilio del obligado a expedir factura y del destinatario de las operaciones.
  • Indicación de forma separada de la base imponible, el tipo aplicable y la cuota.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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