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Resolución de 3 de noviembre de 2026 de la Vicerrectora de Internacionalización por la que se publican las bases regula · 2027

Título oficial: Resolución de 3 de noviembre de 2026 de la Vicerrectora de Internacionalización por la que se publican las bases reguladoras y se convocan ayudas de movilidad internacional de estancia formativa durante el curso académico 2026/2027.

Con la finalidad de consolidar y aumentar la variedad de modalidades de movilidad internacional de estudiantes de la Universidad de Granada, atendiendo en especial a las necesidades del estudiantado que no puede participar en programas de más larga duración, l a Vicerrectora de Internacionalización de la Universidad de Granada, en virtud de la delegac ión de competencias del Rector según resolución de 28 de julio de 2023 ( BOJA núm 148 de 3 de agosto de 2023) convoca, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas de movilidad internacional con fines de estancia formativa de carácter práctico durante el curso académico 202 6/2027 en las áreas (organizadas por Facultades y Escuelas) y univers…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es XXXX - TODO EL MUNDO. La gestiona UNIVERSIDAD DE GRANADA.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.800,00 €. Inicio: 13/11/2026. Plazo: Fin: 25/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán solicitar ayudas a la movilidad ofertadas en esta convocatoria quienes cumplan con los requisitos específicos de cada plaza solicitad a, recogidos en el en el «Anexo I. Destinos elegibles», tanto en el momento de realizar la solicitud como durante la realización de la actividad, en lo referente
  • Perfil académico: adscripción de plazas a titulaciones o áreas de estudio específicas. Firma (1): INMACULADA C. MARRERO ROCHA En calidad de: VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Este documento firmado digitalmente puede verificarse en https://sede.ugr.es/verifirma/ Código seguro de verificación (CSV): D4A6C04EBF518CCBB5647FED7E3FBA34 03/11/2026 - 13:22 Pág. 4 de 8
  • Rendimiento académico: requerimiento mínimo de nota media de expediente (sin aplicar ningún tipo de coeficiente corrector).
  • Mínimo de créditos superados en el momento de presentar la solicitud.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Comprometerse a mantener estos requisitos durante el período de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias a la Oficina de Relaciones Internacionales. Aquellas personas que se encuentren realizando estancias en la Universidad de Granada a través de otros programas de movilidad (estudiantes de intercambio por Convenios Bilaterales) no podrán participar en esta convocatoria de movilidad de estudiantes.
  • PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Las solicitudes se presentarán a través del procedimiento « Movilidad internacional: Solicitud de
  • Nota media del expediente de la titulación en el momento de solicitud. La Oficina de Relaciones Internacionales obtendrá los datos del expediente académico de la persona solicitante a través de los registros informáticos de la Universidad de Granada, por lo que no deberá presentarse esta documentación. La nota que se utilizará para la selección será la reflejada en el expediente de cada estudiante al día siguiente al de la finalización del plazo de solicitud. Se recomienda a quienes vayan a participar en esta convocatoria que comprueben sus expedientes a través de la Oficina Virtual y subsanen los errores, si los hubiera, en la Secretaría de su Centro, con anterioridad a la finalización del plazo de solicitud. Las modificaciones reflejadas en los expedientes con fecha posterior a la finalización del plazo de solicitud no serán tenidas en cuenta a efectos de selección.
  • Competencia lingüística acreditada de nivel superior al mínimo establecido como requisito, según el siguiente baremo: B2: 1 punto; C1: 1,5 puntos; C2: 2 puntos.
  • Competencia acreditada en la lengua de instrucción de la universidad de destino, si es distinta la establecida como requisito, según el siguiente baremo: B1: 0.5 puntos; B2: 1 punto; C1: 1,5 puntos; C2: 2 puntos.
  • PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN La instrucción del procedimiento corresponde a la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidad de Granada y la resolución a la Vicerrectora de Inter nacionalización en virtud de la delegación de competencias del Rector, realizada por la resolución de 28 de julio de 2023 (BOJA núm
  • la Vicerrectora de Internacionalización, o persona en quien delegue,
  • el Director de Movilidad Internacional, o persona en quien delegue,
  • la Jefa de Servicio de la Oficina de Relaciones Internacionales Central, que actúa como Secretaria. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Vicerrectora dictará resolución provisional del resultado del proceso de selección de acuerdo al orden de prelación establecido, una vez aplicados los criterios de valoración previstos. Se abrirá un plazo para la presentación de alegaciones de diez días hábiles. Una vez resueltas las alegaciones y tenidos en cuenta los desistimientos presentados, la Vicerrectora dictará resolución definitiva. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 84.1 de los Estatutos de la Universidad, cuya publicación fue ordenada por Firma (1): INMACULADA C. MARRERO ROCHA En calidad de: VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Este documento firmado digitalmente puede verificarse en https://sede.ugr.es/verifirma/ Código seguro de verificación (CSV): D4A6C04EBF518CCBB5647FED7E3FBA34 03/11/2026 - 13:22 Pág. 6 de 8
  • 1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del «Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas». En el caso de comu nicaciones de otra índole, solo se utilizará la dirección de correo del dominio institucional: @correo.ugr.es.
  • COMPROMISOS DE PARTICIPACIÓN La aceptación de la ayuda supone el conocimiento y aceptación de las condiciones de la convocatoria, así como de los derechos y obligaciones correspondientes. La aceptación implica el compromiso de cumplir una serie de trámites con anterioridad al inicio de
  • Gestión de la documentación necesaria para la nominación y admisión en el destino. La persona seleccionada deberá tener en cuenta la fecha límite indicada por la universidad de destino para aportar la documentación obligatoria.
  • Formalización del «Acuerdo de estudios», en su caso.
  • Será obligación de las personas beneficiarias asegurarse la cobertura médica en destino, por lo que deberán contar obligatoriamente con un seguro de asistencia en viaje y repatriación que cubra la totalidad del periodo de su movilidad. Firma (1): INMACULADA C. MARRERO ROCHA En calidad de: VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Este documento firmado digitalmente puede verificarse en https://sede.ugr.es/verifirma/ Código seguro de verificación (CSV): D4A6C04EBF518CCBB5647FED7E3FBA34 03/11/2026 - 13:22 Pág. 7 de 8

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Con la finalidad de consolidar y aumentar la variedad de modalidades de movilidad internacional de estudiantes de la Universidad de Granada, atendiendo en especial a las necesidades del estudiantado que no puede participar en programas de más larga duración, l a Vicerrectora de Internacionalización de la Universidad de Granada, en virtud de la delegac ión de competencias del Rector según resolución de 28 de julio de 2023 ( BOJA núm 148 de 3 de agosto de 2023) convoca, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas de movilidad internacional con fines de estancia formativa de carácter práctico durante el curso académico 202 6/2027 en las áreas (organizadas por Facultades y Escuelas) y universidades socias contempladas en el «Anexo I. Destinos elegibles». RESOLUCIÓN de la Vicerrectora de Internacionalización de la Universidad de Granada por la que se publican las bases reguladoras y se convocan ayudas de movilidad internacional de estancia formativa durante el curso académico 2026/2027 Firma (1): INMACULADA C. MARRERO ROCHA En calidad de: VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Este documento firmado digitalmente puede verificarse en https://sede.ugr.es/verifirma/ Código seguro de verificación (CSV): D4A6C04EBF518CCBB5647FED7E3FBA34 03/11/2026 - 13:22 Pág. 1 de 8