Resolución 27/10/2026 Convocatoria a EEPP 2027 para atención a personas con discapacidad

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES42 - CASTILLA LA MANCHA. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE DISCAPACIDAD.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 78.138.890,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Certificado de la persona representante legal de la entidad, firmado digitalmente, según el
  • º Que el proyecto ha sido ejecutado de acuerdo al detalle económico que se refleja, diferenciando el coste total del mismo por conceptos de gasto y por financiadores cuando las actividades subvencionadas ha yan sido financiadas además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos.
  • º Que las facturas, recibos y demás documentos justificativos de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa corres ponden a pagos efectivamente realizados y derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención, que la entidad asume como propios y que no han sido presentados ante otras entidades públicas o privadas como justificantes de subvenciones concedidas por las mismas.
  • º Que las facturas, justificantes de gasto y demás documentación original se encuentran depositados en la dirección postal indicada en la solicitud y están disponibles a efectos de comprobaciones por la consejería.
  • Relación numer ada de los documentos justificativos del gasto realizado con cargo a la subvención abonada, firmada digitalmente, acorde con los conceptos detallados en el presupuesto de gasto finalmente aprobado. Se reflejará, al menos, la siguiente información de los do cumentos justificativos de gasto: fecha de emisión, identificación del acreedor, concepto de gasto y fecha de pago. En estos documentos deberá constar la identificación del programa y la entidad beneficiaria de la subvención. La relación de gastos por con ceptos deberá presentarse en archivo Excel , según modelo habilitado.
  • En su caso, los tres presupuestos que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.6 de la Orden 1 00/2024, de 1 3 de junio, de la Consejería de Bienestar Social, deba haber solicitado la entidad beneficiaria.
  • Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. La actuación profesional del auditor de cuentas se someterá a lo dispuesto en las normas de actuación aprobadas mediante Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, en la que se fijan los procedimientos que se han de aplicar, así como el alcance de los mismos, o norma que la sustituya y a lo establecido en la Orde n de 20 de febrero de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se determina la norma de actuación de los Auditores de Cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas en el ámbito del sector público regional, o norma que la sustituya. Documento Firmado Electrónicamente Código Seguro de Verificación (CSV): B2E8B4E12BD2366535C663 Verificable en sede electrónica: www.jccm.es/viad
  • Dirección General de Discapacidad Consejería de Bienestar Social Avda. de Francia, 4 45071 Toledo 10 Una vez realizada la revisión, el auditor emitirá un informe según modelo habilitado.
  • Memoria económica justificativa abreviada, que contendrá, al menos:
  • º Estado representativo de los gastos incurridos en la realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados.
  • º Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, cuando los hubiere. La presentación de los docu mentos justificativos del gasto de la cuantía abonada correspondiente a los seis primeros libramientos será preceptiva para proceder a los libramientos mensuales a partir del décimo mes.
  • 1.2. Justificación final. La entidad beneficiaria deberá presentar con anterioridad al 31 de enero de 2028, los documentos que se relacionan en el apartado 3.1 .1, correspondientes al gasto total o referidos al periodo pendiente de justificar , si el primer periodo se hubiera justificado debidamente, debiendo incluir los gastos imputados a otras fuentes de financiación, hasta alcanzar el 100 % del coste total del programa financiado. Se incluirá también, en este periodo justificativo, un resumen anual de ingresos y gastos según modelo establecido en la relación clasificada de gastos. En todo caso, los justificantes presentados corresponderán a gastos ejecutados hasta el 31 de diciembre de 2027.
  • 2. Programas de carácter provincial:
  • 2.1. Primera justificación. La entidad beneficiaria deberá justificar el gasto del prime r libramiento, correspondiente al 50 % de la cuantía subvencionada, mediante la presentación de la documentación que se relaciona en el apartado 3. 1.1. Una vez que la entidad haya procedido a la justificación del primer libramiento, se procederá a abonar e l segundo libramiento correspondiente al otro 50 % restante.
  • 2.2. Justificación final. La entidad beneficiaria deberá presentar con anterioridad al 31 de enero de 2028, los documentos que se relacionan en el apartado 3.1.1, correspondientes al gasto t otal o referidos al periodo pendiente de justificar , si el primer periodo se hubiera justificado debidamente, debiendo incluir los gastos imputados a otras fuentes de financiación, hasta alcanzar el 100 % del coste total del programa financiado. Se incluir á también, en este periodo justificativo, un resumen anual de ingresos y gastos según modelo establecido en la relación clasificada de gastos. En todo caso, los justificantes presentados corresponderán a gastos ejecutados hasta el 31 de diciembre de 2027.
  • El régimen de justificación mediante cuenta justificativa simplificada será el siguiente:
  • 1. Programas de carácter regional:
  • Primera justificación. La entidad beneficiaria deberá justificar el gasto de la cuantía total librada, correspondiente a los seis primeros libramientos de carácter mensual antes de proceder al décimo libramiento , mediante la presentación de la documentación que se
  • º Certificado de la persona representante legal de la entidad según el modelo habilitado en la sede electrónica, en el que se haga constar que los documentos justificativos corresponden a los gastos realizados y derivados de la finalidad para la que fue concedida Documento Firmado Electrónicamente Código Seguro de Verificación (CSV): B2E8B4E12BD2366535C663 Verificable en sede electrónica: www.jccm.es/viad
  • Dirección General de Discapacidad Consejería de Bienestar Social Avda. de Francia, 4 45071 Toledo 11 la subvención, que la entidad los asume como propios y que no han sido p resentados ante otras entidades públicas o privadas como justificantes de subvenciones concedidas por las mismas.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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