Personas físicasES618 - Sevilla

Resol. 3256/2026 de fecha 30/09/2026 en la que se convoca en régimen de concurrencia competitiva proceso de selección y…

Título oficial: Resol. 3256/2026 de fecha 30/09/2026 en la que se convoca en régimen de concurrencia competitiva proceso de selección y la concesión de becas de los participantes en los talleres de empleo de Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio, año 2026.

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES618 - Sevilla. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 75.000,00 €. Inicio: 28/10/2026. Plazo: Fin: 06/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Ser mayor de 18 años a la fecha de la presentación de la solicitud.
  • Ser demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo.
  • Estar empadronado en el municipio de Mairena del Aljarafe.
  • En caso de no tener el Certificado escolar deberá de pasar una prueba de compresión escrita.
  • La presentación se hará preferentemente en el Registro habilitado de la Delegación de Empleo del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, sito en la Hacienda Porzuna, carretera San Juan-Palomares s /n, CP 41927, Mairena del Aljarafe, Sevilla, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas que no presenten en el registro del Área de Empleo del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe sus solicitudes de participación o alegaciones posteriores en su caso, y lo hagan utilizando los demás medios previstos en la Ley 39/2015, deberán comunicarlo necesariamente mediante correo electrónico ( ) dentro del plazo de presentación de solicitudesempleo@mairenadelaljarafe.org o alegaciones, en su caso, al objeto de que la Entidad tenga conocimiento de la presentación de dichos documentos en el plazo establecido. La solicitud (anexo I) estará disponible en la web del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe en . y deberá ir acompañada de copia de loshttps://sede.mairenadelaljarafe.es/opencms/opencms/sede
  • Tarjeta de demanda de empleo del Servicio Andaluz de Empleo (SAE)
  • Copia de los títulos académicos
  • Currículum Vitae actualizado
  • Informe de vida laboral El plazo para presentación de solicitudes y documentos justificativos de requisitos es de 10 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de estas bases en el BOP de la provincia de Sevilla, no admitiéndose ninguna documentación adicional una vez finalizado el plazo de presentación.
  • Por formación (máximo 6 puntos)
  • Titulación universitaria: 0 puntos.
  • Bachillerato, C.F. superior, BUP, COU: 2 puntos.
  • EGB, Certificado escolaridad: 6 puntos.
  • Entrevista (máximo 4 puntos) Se valorará la adecuación de los candidatos al perfil de los talleres de empleo de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, la disponibilidad, los conocimientos y defensa del currículum vitae. La calificación final será la suma de los apartados a), b) de la cláusula 7.ª
  • deberán poseer nivel de titulación igual o superior a la exigida a los alumnos:
  • Un/a secretario/a. Secretario/a del Ayuntamiento o empleado municipal en quien delegue. La Comisión de Valoración no podrá constituirse ni actuar sin hallarse presentes un número de miembros equivalente o superior a la mayoría absoluta de miembros que la componen, ni sin hallarse presentes el/la Presidente/a y el/la Secretario/a. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente/a de la Comisión. La Comisión podrá disponer la incorporación de personas asesoras técnicas, quienes actuarán con voz, pero sin voto, limitándose a cumplir la función para la que en su caso sean designadas, asesorando a la Comisión en el momento y sobre las cuestiones que específicamente ésta le plantee. De la sesión o sesiones que celebre la Comisión de Valoración se levantará la oportuna acta. Serán de aplicación, a quienes componen la Comisión, las causas de abstención y recusación establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • ª Becas por asistencia al Taller Ocupacional: Los taller de empleo, contempla entre otras acciones, que el alumnado participante pueda percibir una beca, es el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe el que tiene la potestad de establecer la gestión y el control del sistema de becas. La beca será abonada en dos plazos el primero transcurrido el 50% del curso y el segundo al finalizar el mismo, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la base 10 ª.
  • ª Obligaciones de las personas participantes: Los talleres empleo tienen carácter formativo, por lo que en ningún momento esta actividad será constitutiva de relación laboral entre los participantes y el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe.
  • La asistencia, cuanto menos, al 75% de la acción formativa que se imparta dentro del Programa, así como el aprovechamiento de esta, permitiéndose, por tanto, faltas de asistencia, justificadas o no, del 25% del periodo lectivo como máximo. En consecuencia, para obtener el correspondiente certificado o diploma acreditativo de la formación recibida, el alumnado deberá de cumplir con una asistencia mínima del 75% de la duración total de la acción formativa.
  • Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el técnico docente.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Fomento del Empleo