RES 304-2026, DE LAPRESIDENCIA DEL IMD, POR LA QUE SE RESUELVE AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO, CONCEDER LA SUBVENCIÓN NO…

Título oficial: RES 304-2026, DE LAPRESIDENCIA DEL IMD, POR LA QUE SE RESUELVE AUTORIZAR Y DISPONER EL GASTO, CONCEDER LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA DESTINADA A LA ENTIDAD CLUB DEPORTIVO CEDAR 210, POR LA ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL EVENTO DEPORTIVO COPA CIUDAD DE LPGC

Cultura

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES705 - Gran Canaria. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.000,00 €. Inicio: 06/02/2026. Plazo: Fin: 20/02/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • REG 30171-2026, de fecha 18.02.2026.
  • REG 67177-2026, de fecha 21.04.2026. VI. Certificados del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Agencia Tributaria Canaria, Agencia Tributaria Estatal, Tesorería General de la Seguridad Social, así como, con el Departamento de contratación del IMD. VII. Informe, de fecha 09-06-2026, elaborado por la jefa de sección de administración y gestión del IMD, con la conformidad de la gerencia del IMD, referente a la necesidad e idoneidad para la concesión de una subvención nominativa destinada a la entidad CLUB DEPORTIVO CEDAR 210, con CIF G76263706, por la organización del evento deportivo Copa Ciudad De Las Palmas De Gran Canaria. VIII. Providencia de la presidencia del IMD, de fecha 09-06-2026, para la incoación del expediente de referencia. IX. Informe jurídico de fecha 15.06.2026, elaborado por la técnico de asuntos jurídicos del IMD. X. Borrador de convenio de colaboración. XI. Informe de la Asesoría Jurídica Municipal de fecha 17.06.2026. XII. Informe de la Intervención Municipal, de fecha 22.06.2026.
  • , corresponde a la presidencia de este organismo la competencia para conceder subvenciones, así como la autorización con su firma de los convenios en que se instrumentalicen, según lo establecido en el artículo 10.1.m) del mismo texto legal. SEGUNDO. – Consta en el expediente que la entidad CLUB DEPORTIVO CEDAR 210, con CIF G76263706, no tiene cantidad alguna pendiente de reintegro de subvenciones anteriores del IMD a la Tesorería de este organismo, en cumplimiento del artículo 13.2.g) de la LGS. TERCERO. – Consta en el expediente, de acuerdo con la base 38.2 de las de ejecución del presupuesto retención de crédito con n.º de operación contable 220260000815, de fecha 06-04-2026, por importe de 10.000,00.-€ y aplicación presupuestaria 341/489.61, en concepto de la organización del evento deportivo Copa Ciudad De Las Palmas De Gran Canaria. CUARTO. – Consta en el presupuesto del IMD para el ejercicio 2026, ficha presupuestaria que contiene la
  • Fomentar el deporte base en Canarias.
  • Generar un circuito competitivo estructurado y accesible.
  • Impulsar la participación de jóvenes deportistas.
  • Consolidar una competición institucional de referencia.
  • Promover valores deportivos: disciplina, inclusión y compañerismo. Fecha de celebración. el 08-02-2026 y 19-04-2026. Lugar de celebración. Las Palmas de Gran CAnaria (Pabellón Leoncio Castellano). Difusión del evento deportivo, medios prensa, RRSS u otros. Difusión en Redes Sociales, prensa local y medios digitales. SEXTO. – Se informa que la presente propuesta de resolución es conforme a la normativa aplicable. Vistos los antecedentes, fundamento y consideraciones jurídicas anteriormente mencionados, se eleva a la presidencia del IMD, la siguiente
  • Promover valores deportivos: disciplina, inclusión y compañerismo. Fecha de celebración. el 08-02-2026 y 19-04-2026. Lugar de celebración. Las Palmas de Gran CAnaria (Pabellón Leoncio Castellano). Difusión del evento deportivo, medios prensa, RRSS u otros. Difusión en Redes Sociales, prensa local y medios digitales. Por ello, el CLUB DEPORTIVO CEDAR 210 manifiesta la necesidad de contar con el apoyo de las administraciones públicas por la organización y desarrollo del evento deportivo denominado COPA
  • COPIA AUTÉNTICA que puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en http://sedeelectronica.laspalmasgc.es/valDoc/index.jsp Complejo Deportivo Las Palmeras Golf Avda. Doctor Alfonso Chiscano Díaz, s/n 35019 - Las Palmas de Gran Canaria www.deporteslaspalmasgc.com subvencionada, no pudiendo justificarse gastos de capital o inversión. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. En aquellos casos en los que la justificación requiera la presentación de informe auditor de la misma, dicho gasto tendrá el carácter de subvencionable, siempre y cuando no supere el importe de 2% de la subvención concedida. Los tributos son gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso, se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
  • Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Los gastos de procedimientos judiciales. Salvo disposición expresa en contrario en la resolución/convenio, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado en la resolución/convenio que regula la subvención. En el caso que nos ocupa, se consideran subvencionables aquellos gastos generales que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, por la organización del evento deportivo COPA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA que se celebró los días 08/02/2026 y 19/04/2026, que sean necesarios para la ejecución del mismo y se realicen durante la ejecución de la referida actividad deportiva y que se relacionan en el anexo a este convenio.
  • CUARTA. Justificación y abono de la subvención El IMD librará la citada cantidad a la entidad beneficiaria mediante transferencia en cuenta bancaria, la cual, a requerimiento de este Organismo, deberá inscribirse en el Registro de Alta a Terceros, facilitando los datos que posibiliten la operatividad de esta opción. El abono de la cantidad concedida se realizará previa justificación de los gastos correspondientes a la organización del evento deportivo COPA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA que
  • - Memoria descriptiva y gráfica de la actuación realizada.
  • - Memoria económica, que contendrá:
  • Cuenta justificativa total de ingresos (relación detallada de ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada) y gastos correspondientes a la ejecución del evento deportivo del 1 de febrero de 2026 hasta el 30 de julio de 2026 (relación clasificada de los gastos de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión).
  • Cuenta justificativa de gastos inherentes a la subvención: relación clasificada de los gastos de ejecución de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha y forma de pago.
  • Facturas y gastos justificativas de la subvención por el importe adjudicado en la subvención nominativa, correspondientes a la organización del evento deportivo copa ciudad de las palmas de gran canaria, así como, la documentación acreditativa del pago. De igual modo, la Intervención General Municipal realizará actuaciones de control financiero permanente de las subvenciones y ayudas concedidas a entidades privadas, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro, con el fin de comprobar la correcta aplicación de los fondos públicos y su equivalencia con la memoria y acuerdo de concesión debiéndose facilitar por las Áreas la documentación original, requerida. El beneficiario deberá presentar la totalidad de la documentación acreditativa del gasto de la actividad objeto de la subvención. El beneficiario se compromete a proceder al reintegro de los fondos percibidos, en los supuestos contemplados en el artículo 31 de la LGS. La justificación de la subvención concedida podrá realizarse, como plazo máximo, hasta el día 31 de julio de 2026.
  • SEXTA. Seguimiento de la ejecución del convenio El IMD comprobará la adecuada justificación de la subvención concedida, así como que la misma ha sido destinada para la realización del objeto del presente convenio. Para ello, el IMD podrá solicitar al beneficiario toda información y datos que se consideren oportunos y convenientes para la supervisión de las actividades realizadas en relación con el evento subvencionado.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • En ningún caso, serán gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • En ningún caso, serán gastos subvencionables: · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • En ningún caso, serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales. Salvo disposición expresa en contrario en la resolución/convenio, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado en la resolución/convenio que regula la subvención. En el caso que nos ocupa, se consideran subvencionables aquellos gastos generales que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, por la organización del evento deportivo COPA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA que se celebró los días 08/02/2026 y 19/04/2026, que sean necesarios para la ejecución del mismo y se realicen durante la ejecución de la referida actividad deportiva y que se relacionan en el anexo a este convenio.
  • En ningún caso, serán gastos subvencionables: · eligible
    CUARTA. Justificación y abono de la subvención El IMD librará la citada cantidad a la entidad beneficiaria mediante transferencia en cuenta bancaria, la cual, a requerimiento de este Organismo, deberá inscribirse en el Registro de Alta a Terceros, facilitando los datos que posibiliten la operatividad de esta opción. El abono de la cantidad concedida se realizará previa justificación de los gastos correspondientes a la organización del evento deportivo COPA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA que
  • En ningún caso, serán gastos subvencionables: · eligible
    COPIA AUTÉNTICA que puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en http://sedeelectronica.laspalmasgc.es/valDoc/index.jsp Complejo Deportivo Las Palmeras Golf Avda. Doctor Alfonso Chiscano Díaz, s/n 35019 - Las Palmas de Gran Canaria www.deporteslaspalmasgc.com se celebró los días 08/02/2026 y 19/04/2026. La modalidad de justificación adoptada para la acreditación la actividad subvencionada, el cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos en la resolución/convenio, será la cuenta justificativa con aportación de los justificantes de gasto y pago.
  • En ningún caso, serán gastos subvencionables: · eligible
    - Memoria descriptiva y gráfica de la actuación realizada.
  • En ningún caso, serán gastos subvencionables: · eligible
    - Memoria económica, que contendrá:
  • En ningún caso, serán gastos subvencionables: · eligible
    Cuenta justificativa total de ingresos (relación detallada de ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada) y gastos correspondientes a la ejecución del evento deportivo del 1 de febrero de 2026 hasta el 30 de julio de 2026 (relación clasificada de los gastos de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión).
  • En ningún caso, serán gastos subvencionables: · eligible
    Cuenta justificativa de gastos inherentes a la subvención: relación clasificada de los gastos de ejecución de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha y forma de pago.
  • En ningún caso, serán gastos subvencionables: · eligible
    Facturas y gastos justificativas de la subvención por el importe adjudicado en la subvención nominativa, correspondientes a la organización del evento deportivo copa ciudad de las palmas de gran canaria, así como, la documentación acreditativa del pago. De igual modo, la Intervención General Municipal realizará actuaciones de control financiero permanente de las subvenciones y ayudas concedidas a entidades privadas, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro, con el fin de comprobar la correcta aplicación de los fondos públicos y su equivalencia con la memoria y acuerdo de concesión debiéndose facilitar por las Áreas la documentación original, requerida. El beneficiario deberá presentar la totalidad de la documentación acreditativa del gasto de la actividad objeto de la subvención. El beneficiario se compromete a proceder al reintegro de los fondos percibidos, en los supuestos contemplados en el artículo 31 de la LGS. La justificación de la subvención concedida podrá realizarse, como plazo máximo, hasta el día 31 de julio de 2026.
  • ANEXO GASTOS SUBVENCIONABLES NOMINATIVAS 2026 · eligible
    Subvenciones se consideran gastos subvencionables: “1. Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en esta ley, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por las diferentes bases reguladoras de las subvenciones. Cuando no se haya establecido un plazo concreto, los gastos deberán realizarse antes de que finalice el año natural en que se haya concedido la subvención. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
  • Salvo disposición expresa en contrario en las bases reguladoras de las subvenciones, se considerará gasto realizado el q · eligible
    GASTOS JUSTIFICABLES DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

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Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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