Personas físicasEstudiantes y educaciónES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

Res. 24-09-2026 de la vicerrectora de Internacionalización, de ayudas de movilidad internacional destinada a cursar est · 2027

Título oficial: Res. 24-09-2026 de la vicerrectora de Internacionalización, de ayudas de movilidad internacional destinada a cursar estudios de Grado, Máster universitario o de Doctorado, curso 2027/28, en instituciones con convenios de colaboración firmados.

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona UNIVERSIDAD DE OVIEDO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 250.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Acreditará la contratación de un seguro que cubra los riesgos asociados a su participación en el programa de movilidad durante todo su periodo de estancia. Dicha cobertura deberá incluir, al menos, seguro de asistencia en viaje, accidente, enfermedad y repatriación. La acreditación podrá realizarse mediante una certificación de la aseguradora que indique los servicios contratados o mediante declaración responsable según el modelo del Anexo III. En caso de ampliar la estancia, deberá suscribir una ampliación de la duración del seguro. La Universidad de Oviedo queda exonerada de cualquier clase de responsabilidad que pudiera derivar del resto de contingencias no previstas en dichos supuestos.
  • El Impreso de Datos Bancarios1 de terceras personas acreedoras.
  • Si una vez aceptada la movilidad renuncia a ella, lo comunicará al profesorado responsable del Convenio, a quien se ocupe de la coordinación internacional de centro en el caso de estudiantado de Grado y de Máster universitario, y en el caso de estudios de Doctorado, a quien coordine el Programa de Doctorado. También se lo comunicará al Servicio de Internacionalización a través del correo electrónico inter.movilidad@uniovi.es, y únicamente mantendrá el derecho de solicitar las movilidades que convoque el Vicerrectorado con competencias en internacionalización en el futuro si la renuncia obedece a causas justificadas. Nota: Los documentos marcados con superíndice 1 podrán ser descargados a través del enlace https://intranet.uniovi.es/internacional/modelosydocumentos, y los documentos marcados con superíndice 2 podrán ser descargados a través del enlace https://sies.uniovi.es/movsalinter
  • Enviará a través de https://sies.uniovi.es/movsalinter, en un plazo máximo de 10 días , el Certificado de Inicio de Estancia 1 en la universidad de destino debidamente cumplimentado, firmado y sellado por las personas responsables de la universidad de acogida.
  • Remitirá a través de https://sies.uniovi.es/movsalinter, en el plazo de 10 días , el Certificado de Fin de Estancia1 debidamente firmado que justifica la realización del período de estudios en el extranjero. Sólo se admitirán certificados sin enmiendas ni tachaduras. La fecha de expedición del certificado debe ser igual o posterior a la fecha final de estancia. Si el número de meses del certificado es inferior al número de meses de ayuda concedida, el estudiantado deberá devolver la parte proporcional correspondiente al tiempo de estancia no justificada. Cuarto.- La realización de los procesos establecidos en las cláusulas primera, segunda y tercera, letras A y B, de este Anexo es obligatoria para la percepción inicial de la ayuda. Quinto.- La realización del proceso establecido en la cláusula tercera, letra C, de este Anexo es obligatoria para la percepción del segundo pago de la ayuda. Sexto.- El incumplimiento de cualquiera de estos procesos conllevará la pérdida de la ayuda adjudicada. Séptimo.- La Universidad de Oviedo no será responsable de los daños ocasionados y deudas contraídas por el estudiantado durante el período de la movilidad.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Educación