Personas físicasES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

Res. 24/08/2026 vicerrectora de Internacionalización por la que se autoriza el gasto y aprueba la convocatoria de movilidades internacionales de docencia y de formación, en el marco del Programa Erasmus+ KA131 y convenios de colaboración, curso 2026/27.

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona UNIVERSIDAD DE OVIEDO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    1. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la base reguladora duodécima.
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    2. Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos mediante la aplicación corporativa SIES, a través del formulario electrónico disponible en https://sies.uniovi.es/movsalinter, de acuerdo con el procedimiento previsto en la presente convocatoria.
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    3. En la solicitud se deberán añadir en su caso los siguientes documentos en formato PDF, que estarán disponibles en el enlace: https://intranet.uniovi.es/internacional/modelosydocumentos/movilidaddocente.
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    Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado.
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    En movilidades de formación para personal técnico, de gestión y de administración y servicios: conformidad del superior jerárquico para realizar la movilidad debidamente cumplimentada y firmada (1.c_Modelo_conformidad_superior_jerárquico_PTGAS).
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    En el caso de que el solicitante pertenezca a uno de los perfiles indicados en el artículo 177 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo , deberá acreditar las actividades de colaboración docente mediante el modelo, debidamente firmado por el director del departamento (4_Acreditacion_colaboracion_docente).
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    Acuerdo de movilidad para docencia ( 2.a_Modelo_acuerdo_movilidad_docencia_ES) o acuerdo de movilidad para formación (2.b_Modelo_acuerdo_movilidad_formación_ES) firmado por el solicitante , la institución de destino y por el responsable del acuerdo interinstitucional Erasmus+ , en su caso, según modelo normalizado publicado en la intranet. En aquellas movilidades de formación en las que no existan acuerdos interinstitucionales o convenios de colaboración firmados, la firma corresponderá a la vicerrectora de Internacionalización en el caso del personal técnico, de gestión y de administración y servicios o al director del Departamento correspondiente en el resto.
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    Conformidad del profesorado responsable del acuerdo interinstitucional Erasmus+ , en caso de que no coincida con la persona solicitante (2_Conformidad_profesor_responsable_acuerdo).
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    Conformidad del profesorado responsable del convenio, en caso de que no coincida con la persona solicitante (2_Conformidad_profesor_responsable_convenio).
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    Carta de aceptación firmada por la universidad, institución o empresa de destino, según el modelo disponible (3_Carta_aceptación) o el modelo de la universidad de destino.
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    4. Se establecen dos plazos de presentación de solicitudes. A.- Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias hasta las 23.59 horas del 30 de septiembre de 2026, para movilidades a realizar entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027 y en todo caso con un mínimo de 30 días naturales de antelación respecto a la fecha prevista de inicio de la movilidad, exceptuando aquellas personas solicitantes cuya movilidad se realice en el mes de septiembre, que deberán presentar la solicitud con antelación al inicio de la estancia sin estar condicionada dicha solicitud por el periodo mínimo indicado. B.- Desde las 00.00 horas del 1 de enero de 2027 hasta las 23.59 horas del 31 de enero de 2027, para las movilidades a realizar entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2027.
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    5. Solo podrá presentarse una solicitud de movilidad en cada plazo.
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    6. No se otorgarán ayudas solicitadas después de haber iniciado o realizado la movilidad. Decimoquinto.- Tramitación de solicitudes.
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    1. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la base reguladora decimotercera.
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    2. El Vicerrectorado con competencia en materia de internacionalización revisará las solicitudes y hará pública en la siguiente dirección de la intranet : https://intranet.uniovi.es/convocatorias la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación, en relación a estas últimas, de la causa de su exclusión, concediendo a las personas interesadas 10 días en cada uno de los plazos para que aleguen sobre su exclusión o subsanen los defectos por los que fueron excluidas. En dicho plazo las personas solicitantes podrán acompañar la documentación que hayan invocado y no presentado en su solicitud. Transcurrido el plazo citado, se hará pública la relación definitiva de personas admitidas y excluidas con la indicación de los recursos que contra la misma procedan, en la dirección de la intranet antes mencionada.
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    3. En el caso de que todas las solicitudes reúnan los requisitos exigidos se podrá obviar la publicación de la lista provisional. Decimosexto.- Comisión de Valoración.
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    1. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la base reguladora decimocuarta.
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    2. La Comisión de Valoración estará integrada por:
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    Presidente: La vicerrectora de Internacionalización. Suplente: El delegado del r ector para las Alianzas Internacionales.
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    Vocales: o El director de Área de Movilidad Universitaria. Suplente: La directora de Área de Proyección Internacional. o El jefe del Servicio de Internacionalización. Suplente: la jefa de la Sección de Gestión Económica de Programas Internacionales.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Educación