Personas jurídicasES612 - Cádiz

RENOVACIÓN MURO DE CONTENCIÓN DE PIEDRA EN LA PLAZA DE LA PAZ

económica. El objeto del presente Convenio es instrumentar la prestación de asistencia económica, así como el establecimiento de las condiciones que rigen la subvención, en aras de facilitar a la ELA el ejercicio de las competencias que le son propias. La prestación es por importe m áximo de 48.198,98 euros a favor de la ELA de Facinas para la financiación de la actuación denominada “Renovación muro de contención de piedra en la Plaza de la Paz”. E l proyecto para el que se concede la subvención, según se detalla en la documentación aportada por la ELA de Facinas, consiste en “Renovación muro contención de piedra en la Plaza de la Paz”…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Presupuesto de Ejecución Material: 33.473.84 euros
  • Gastos Generales (13 %): 4.351,60 euros
  • Beneficio Industrial (6 %): 2.008,43 euros
  • está. No obstante, en el supuesto de que participen en la cofinanciación otros agentes públicos o privados, distintos del Ayuntamiento beneficiario, la baja de adjudicación se aplicará a la subvención objeto de este Convenio en la proporción que corresponda en el sistema de cofinanciación. En el caso de producirse baja de adjudicación, ésta únicamente podrá ser utilizada para modificaciones de excesos de medición que surja durante la ejecución del contrato de obras y que no conlleve plurianualidad en el gasto, siempre que sean conformes a los supuestos regulados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como la legislación presupuestaria que resulte de aplicación, en particular a lo referente al reconocimiento de la obligación contable. En este caso, la baja a devolver será la que resulte una vez tramitadas las modificaciones o exceso de medición y deberá presentarse como devolución voluntaria.
  • Presentar declaración jurada por su representante legal de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Acreditar, mediante certificación original o copia cotejada de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social o, en su defecto, acuerdo de aplazamiento (conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones), así como de estar al corriente de obligaciones fiscales con el Estado y la Comunidad Autónoma.
  • No estar incurso en los supuestos recogidos en el artículo 34.4. de la Ley General de Subvenciones, según el cual “ En ningún caso podrán realizarse pagos anticipados a beneficiarios cuando se hayan solicitado la declaración de concurso, hayan sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, se hallen declarados en concurso, estén sujetos a intervención judicial o hayan sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso, hayan sido declarados en quiebra, en concurso de acreedores, insolvente fallido en cualquier procedimiento o sujeto a intervención judicial, haber iniciado expediente de quita y espera o de suspensión de pagos o presentado solicitud judicial de quiebra o concurso de acreedores, mientras, en su caso, no fueran rehabilitados.”
  • Al tratarse de una subvención con destino a la construcción de un bien Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 6 de 32 Convenio inscrito en el registro con número D/CG/00309/2026 de fecha 01/06/2026 Firmado por SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.
  • inventariable, el beneficiario deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención, por un periodo no inferior a cinco años en caso de bienes inscritos en un registro público, ni a dos para el resto de bienes.
  • Asumir toda la responsabilidad que pudiera derivarse de la organización y desarrollo del proyecto, de tal forma que la Excma. Diputación Provincial de Cádiz quede exonerada de cualquier clase de responsabilidad.
  • Hacer constar en la actuación objeto del presente Convenio, la colaboración de la Diputación Provincial mediante la inserción de la imagen corporativa en todos los soportes que sean utilizados.
  • Justificar la realización de la actuación subvencionada y el empleo de los fondos públicos concedidos. En su caso, deberá comunicar cualquier eventualidad que altere, dificulte o impida la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que se le otorgó.
  • Tener en su poder, para la tramitación del expediente de contratación y remitir a
  • Toda aquella documentación técnica y jurídica que resulte precisa para la formación del expediente y ejecución del contrato conforme a lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y sus Reglamentos de desarrollo, así como en las disposiciones legales de carácter sectorial aplicables y en las disposiciones comunitarias en materia de contratación pública que resulten de directa aplicación.
  • Además, en los supuestos de obra, la documentación técnica y jurídica que resulte exigible conforme a lo dispuesto en el art. 138 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, arts. 2.2 y 4 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, RD 1627/1997, de 24 de octubre, de disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción y RD 105/2008, de 1 de febrero, del Ministerio de la Presidencia, por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
  • Demás normativa que resulte de aplicación por razón de la materia aplicable al convenio.
  • Cumplir con las determinaciones a que se sujeta la subvención concedida y tramitar lo relativo al expediente de contratación administrativa según resulte exigible conforme a la normativa vigente en la materia y seguimiento de la ejecución hasta su total finalización. Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 7 de 32 Convenio inscrito en el registro con número D/CG/00309/2026 de fecha 01/06/2026 Firmado por SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.
  • No estar incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas por la Diputación Provincial a su favor, y no tener pendientes obligaciones tributarias con la misma ni justificación de subvenciones cuyo plazo hubiere concluido.
  • Aportar la documentación que la Diputación Provincial le requiera y que guarde relación con la actuación subvencionada objeto del presente Convenio.
  • La ELA de Facinas deberá dar a la inversión el destino que le es inherente, dada la finalidad prevista de “Renovación muro de contención de piedra en la Plaza de la Paz”, así como respecto a la construcción, gestión y mantenimiento de las instalaciones y equipamientos de titularidad propia, lo cual se acreditará con la correcta justificación de la subvención del modo previsto en el siguiente apartado.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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económica. El objeto del presente Convenio es instrumentar la prestación de asistencia económica, así como el establecimiento de las condiciones que rigen la subvención, en aras de facilitar a la ELA el ejercicio de las competencias que le son propias. La prestación es por importe m áximo de 48.198,98 euros a favor de la ELA de Facinas para la financiación de la actuación denominada “Renovación muro de contención de piedra en la Plaza de la Paz”. E l proyecto para el que se concede la subvención, según se detalla en la documentación aportada por la ELA de Facinas, consiste en “Renovación muro contención de piedra en la Plaza de la Paz”. En concreto, en la ejecución del proyecto, y con el objetivo de alcanzar el objeto de la subvención, se realizarán las siguientes actuaciones: demolición por medios manuales del tramo de muro afectado, así como de la escalera de acceso a la plataforma superior; se demolerán las soleras, alcorques y balaustrada existente; se escavará en la acera inferior caja para el vertido de zapata armada para arranque del muro de hormigón armado con una altura de 3.50 m de altura; se colocará encofrado para relleno de zuncho de coronación de hormigón armado y los peldaños de la escalera de acceso de hormigón; se rellenará con tierras seleccionadas el trasdós del muro con instalación de tubería drenante; se construirá solera de hormigón sobre encachado de piedra y su correspondiente solería de terrazo; se recolocará la solería retirada de piedra natural en el peldañeado. La ejecución de la actuación subvencionada, según Documentación Técnica remitida por Oficina Técnica de la Presidencia. - Edif. Roma - Avda. 4 de diciembre de 1977, 11-12. 11006 Cádiz T 956/240720 W www.dipucadiz.es 4 de 32 Convenio inscrito en el registro con número D/CG/00309/2026 de fecha 01/06/2026 Firmado por SECRETARÍA GENERAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.