Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 80.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Por parte de la Asociación Provivienda, en el marco del programa SERVICIOS CENTRADOS
  • Que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Dicha circunstancia ha sido acreditada con anterioridad al Acuerdo municipal que autoriza a suscribir el presente convenio, si bien deberá acreditarse, igualmente, previamente al cobro de cada uno de los pagos en que se fracciona la presente subvención, mediante certificaciones en vigor emitidas al respecto por la Agencia Tributaria Estatal y la Seguridad Social; o mediante declaración responsable, debidamente sellada y firmada por EL representante legal de la Asociación.
  • Que no se encuentra incursa en cualquiera de las circunstancias y prohibiciones a que hacen referencia los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Dicha circunstancia ha sido acreditada igualmente con anterioridad a la Resolución municipal que autoriza a suscribir el presente convenio.
  • Llevar a cabo los servicios y desarrollar las actividades objeto del proyecto subvencionado en los términos y plazos previstos en el presente convenio.
  • Financiar el coste de los servicios y actividades en las cantidades que excedan de la aportación municipal y, en su caso, de otras entidades e instituciones para la misma finalidad.
  • Hacer constar y mencionar en el desarrollo de los servicios y actividades subvencionados, en cualquier actividad con proyección pública relacionada con los mismos y en todos los folletos, carteles y demás documentos y material utilizado que están subvencionados por el Ayuntamiento de Granada, incluyendo el logotipo del Ayuntamiento de Granada, junto con los propios.
  • Comunicar a la Concejalía de Política Social, Familia, Discapacidad y Mayores del Ayuntamiento de Granada la obtención de otras subvenciones, ayudas públicas o privadas, ingresos o recursos que financien la misma actividad subvencionada. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca, en el plazo máximo de quince (15) días desde la notificación de las mismas, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Justificar ante este Ayuntamiento la realización de las actividades y el cumplimiento de la finalidad de la subvención, el cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el presente convenio, así como la aplicación de los fondos percibidos. A tales efectos, los
  • Presentar justificación por la totalidad del proyecto subvencionado (y no sólo por la aportación del Ayuntamiento de Granada), en la forma y plazos que se especifican en el presente Convenio, y de conformidad con lo dispuesto al respecto en la Ley General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, en la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Granada y en las Bases de ejecución del Presupuesto Municipal vigentes en el momento de su concesión.
  • Someterse y facilitar, aportando cuanta información, documentación y justificantes sean
  • Las actuaciones de comprobación a efectuar por el Ayuntamiento de Granada.
  • Las actuaciones de control y comprobación de las actividades subvencionadas y de calidad de las mismas que efectúen los/as técnicos/as de la Concejalía de Política Social, Familia, Discapacidad y Mayores para lo que se les permitirá el acceso a las instalaciones donde se desarrollen los servicios y actividades subvencionados.
  • Las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General Municipal, al Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos destinados a las actividades
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Acatar las instrucciones y directrices emanadas del Ayuntamiento de Granada, a través de la Concejalía de Política Social, Familia, Discapacidad y Mayores, y como consecuencia de las inspecciones que se realicen en orden a la realización de las actividades subvencionadas y encaminadas a la mejor utilización de la subvención.
  • Mantener las reuniones periódicas de coordinación y seguimiento que se establezcan con el personal técnico de la Concejalía de Política Social, Familia, Discapacidad y Mayores.
  • Informar al Ayuntamiento de Granada de cualesquiera cuestiones que pudieran afectar a la ejecución de los servicios y actividades objeto de la subvención y mantener un intercambio fluido de información en relación a dichos servicios y actividades, a través de la Concejalía de Política Social, Familia, Discapacidad y Mayores.
  • Devolver, junto con la justificación de la subvención, los fondos recibidos por éste que no hayan sido empleados en la financiación de las actividades subvencionadas; dicha cuantía se verá incrementada con los intereses de demora de acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley General de Subvenciones y hasta el momento en que se produjo la devolución efectiva por parte del
  • En primer lugar, ingreso del importe a devolver en la cuenta bancaria nº ES69 0487 3000 7220 0001 3063, haciendo constar los datos del perceptor de la subvención y los que permitan identificar la subvención que dio lugar al pago (entre otros, Concejalía o Servicio municipal que tramitó la subvención, número de expediente de concesión y denominación del proyecto, actividad u objeto subvencionados).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social