Personas jurídicasES213 - Bizkaia

PRORROGA CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE MOON RIDERS BIZKAIA DE SESTAO Y EL AYUNTAMIENTO DE SESTAO PARA LA REALIZACIÓN D…

Título oficial: PRORROGA CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE MOON RIDERS BIZKAIA DE SESTAO Y EL AYUNTAMIENTO DE SESTAO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES.

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES213 - Bizkaia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SESTAO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Así mismo, será obligación de la Asociación beneficiaria: a. Obtener cuantas autorizaciones, públicas o privadas, sean precisas para el desarrollo de la actividad subvencionada, cumplir la normativa legal vigente que afecte a cualquiera de los elementos de organización y celebración de las actividades subvencionadas , suscribir las pólizas de seguro de responsabilidad civil y de accidentes que sean precisas y, en definitiva, asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la realización de las actividades subvencionadas. b. Facilitar cuanta información complementaria le sea requerida por el Ayuntamiento de Sestao con ocasión de las actividades subvencionadas. c. Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones o ayudas económicas, procedentes de cualesquiera otras entidades públicas o privadas, obtenidas para la realización de las mismas actividades subvencionadas por éste. Dicha comunicación, que debe rá efectuarse tan pronto como se conozca, deberá precisar la cuantía obtenida en concepto de subvención o ayuda, así como la entidad concedente.
  • NOVENA: Incumplimiento de las obligaciones. En el supuesto de que alguna de las partes incumpliese algunas de las obligaciones y compromisos asumidos en el presente convenio, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora requerimiento para que cumpla en un determinado plazo, que n o será superior a tres meses, con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
  • La resolución por incumplimiento de las estipulaciones por alguna de las partes firmantes.
  • Por mutuo acuerdo de las partes firmantes.
  • Cualquiera de las previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Y en prueba de conformidad firman el presente convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento. SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA D. Unai Morales Badillo

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura