PROPUESTA APROBACIÓN CONVENIO AYTO. PUENTE GENIL-AGRUPACION COFRADIAS, HDAD. Y CORP. BIBLICAS 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €. Inicio: 02/01/2026. Plazo: Fin: 30/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1410 2E83 5D95 7145 D5EC Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http://www.puentegenil.es/sede(Validación de documentos)
  • Art. 19.b) RD 424/2017 Comprobación de que los documentos justificativos de la obligación se ajustan a las disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación. En todo caso, en la documentación deberá constar la identificación del acreedor, el importe exacto de la obligación y las prestaciones, servicios u otras causas de las que derive la obligación del pago. Art. 19.c) RD 424/2017 Que se ha comprobado materialmente, cuando proceda, la efectiva y conforme realización de la obra, servicio, suministro o gasto y que, en su caso, se ha realizado dicha comprobación. REQUISITOS BÁSICOS GENERALES (Fase ADO) Ref. Leg. Requisitos Básicos Generales (Fase ADO) Conclusión Art. 13.2.c) RD 424/17 ACM 2008, 18.2.A.a) Art. 22.2 LGS Que la concesión directa de la subvención corresponde a alguno de los supuestos que, según la normativa vigente, habilitan para utilizar este procedimiento. Art. 13.2.c) RD 424/17 ACM 2008, 18.2.A.b) Arts. 13.2, 13.3 y 23.4
  • LGS Arts. 18 a 28 RLGS Que se acredita, en la forma establecida en la normativa reguladora de la subvención, que el beneficiario se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y que no está sometido a las prohibiciones para obtener esta condición, y no es deudor por resolución de procedencia de reintegro. Art. 13.2.c) RD 424/17 ACM 2008, 18.2.B) en relación con 18.1.C.a) Arts. 17.1.j) y k) y 34.4
  • RLGS Al tratarse de subvenciones en las que la normativa prevé que los beneficiarios deben aportar garantías, que se acredita la existencia de estas garantías. Art. 13.2.c) RD 424/17 ACM 2008, 18.2.B) en relación con 18.1.C.b) Arts. 17.1.k) y 34.4 LGS Arts. 88.2, 42 y 43

Gastos y actuaciones subvencionables

  • RELACIÓN DE GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    TOTAL GASTOS JUSTIFICADOS EN LA ACTIVIDAD Advertencia: deberá presentarse copia de las facturas así como del documento acreditativo del pago realizado de la misma, ya sea mediante justificante bancario o similar.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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