Promoción del comercio del eje comercial de Girona durante el 2026

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GIRONA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 35.000,00 €. Inicio: 11/06/2026. Plazo: Fin: 04/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Una memoria de la actuación justificativa del cu mplimiento de las condiciones impuestas en el presente convenio regulador, con in dicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. También se t endrá que hacer constar las desviaciones que se hayan podido producir respecto a la memoria de actividades y el presupuesto presentados en la solicitud de subvención.
  • Una memoria económica justificativa del coste to tal de las actividades realizadas de
  • acuerdo con lo previsto en el artículo 74.5 del RLGS, y que debe contener:  Relación clasificada de todos los gastos e inversi ones realizadas en el marco de la actividad, por el importe total de la actuación (132.250,00€), indicando para cada gasto el proveedor, el número de documento, el importe, el concepto, la fecha de emisión de la factura y la fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue de acuerdo con un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.  Facturas, minutas u otros documentos con valor acr editativo equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa junto con la documentación acreditativa del pago. Estos documentos deben reunir todos los requisitos legales exigibles y deben ser originales.  Sólo será necesario presentar los documentos justi ficativos (facturas y justificantes de pago) por el importe de la subvención otorgada ( 35.000,00 €), sin perjuicio de la presentación del cuadro completo con la totalida d de los gastos e inversiones de la actividad.
  • Pago mediante transferencia bancaria: el pago del gasto se acreditará aportando el comprobante de transferencia bancaria.
  • Materiales de difusión y publicidad de la activi dad subvencionada, que tendrán que presentarse en formato digital y cumplir los requisitos y condiciones establecidos en el pacto séptimo del presente convenio.
  • 3. En todo caso debe justificarse el coste total de la actividad con la indicación de si éste ha sido financiado con cargo a la subvención concedida por el Ayuntamiento de Girona, con fondos propios de la persona o entidad beneficiaria o con cargo a subvenciones recibidas de otros entes concedentes para la misma finalidad.
  • 4. La justificación debe presentarse en el plazo de tres meses a contar desde la fecha de finalización del plazo para la realización de la actividad. El plazo para la presentación de la justificación finaliza el 31 de marzo de 2027
  • 5. El plazo de presentación de justificaciones pu ede ser objeto de prórroga. La prórroga del plazo de justificación debe solicit arse por parte de la entidad beneficiaria y debe resolverse y notificarse, por parte del Ayunta miento de Girona, de forma previa a la finalización del plazo de justificación. La prórroga no podrá superar la mitad del plazo determinado para la justificación.
  • 6. Si transcurrido el plazo establecido la entida d beneficiaria no ha presentado la documentación justificativa, se le requerirá para q ue la presente en el plazo improrrogable de quince días hábiles. Si transcurrido este plazo no la presenta se consid erará que se ha incumplido con las condiciones impuestas por la subvención, aplicando las sanciones que puedan corresponder de acuerdo con lo establecido en el pacto décimo. La presentación de la justificación en este plazo adicional no exime a la entidad beneficiaria de las sanciones que le puedan corresponder. Desde é. Causas de revocación y reintegro de la sub vención y criterios de graduación de los posibles incumplimientos de las condiciones de la subvención Son causas de revocación de la subvención las previstas en el título V de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Girona, sus org anismos autónomos y los entes que dependen de la misma. Se establecen los siguientes criterios para la graduación de los posibles incumplimientos de las

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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