Personas físicasES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

PROGRAMAS DE FORMACIÓN ESPECIALIDADES SIDRA PRIORITARIAMENTE A PERSONAS TRABAJADORAS DESEMPLEADAS Y OCUPADAS

Desempleo

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • justification
    Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, en el
  • documentation
    Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • documentation
    Consejería de Ciencia, Industria y Empleo Estado del documento Original Página 35 de 52 Dirección electrónica de validación CSV https://consultaCVS.asturias.es Código Seguro de Verificación (CSV) 16340723056216041347 individual por cada curso, deberán identificar inequívocamente el curso. a.3. La memoria de evaluación, con el contenido mínimo que para la misma se recoge en esta convocatoria.
  • documentation
    Una memoria económica justificativa que contendrá, como mínimo, los siguientes
  • documentation
    extremos: b.1. Acreditación por la beneficiaria del número de unidades físicas consideradas módulo. En esta convocatoria, una “unidad física” se corresponde como el número de participantes considerados liquidables, de conformidad con lo indicado en el apartado vigesimosexto de la convocatoria. Se realizará mediante una declaración de la entidad beneficiaria realizada a través del aplicativo habilitado al efecto y que contendrá la relación del alumnado participante, número de participantes finalizados y número de abandonos, en cada acción formativa y que deberá estar firmado por la persona que ostente la representación de la entidad beneficiaria. A esta declaración se acompañará (sino
  • documentation
    Una vez presentada la justificación de la subvención, se realizará por el SEPEPA la correspondiente comprobación técnico-económica. Si como resultado de dicha comprobación se dedujera que el coste subvencionable ha sido inferior a la subvención concedida, o que se han incumplido, total o parcialmente, requisitos establecidos en la normativa aplicable para la justificación de la subvención o los fines para los que fue concedida la misma, se comunicará tal circunstancia la interesada junto a los resultados de la comprobación técnico- económica y se iniciará el procedimiento para declarar la pérdida total o parcial del derecho al cobro de la subvención y/o, en su caso, el procedimiento de reintegro de la subvención Todo ello sin perjuicio de los efectos que sobre la subvención pudieran derivarse de los resultados de las comprobaciones adicionales realizadas por el SEPEPA en relación con la realización material de la acción subvencionada. Vigesimoquinto. - Gastos subvencionables.
  • documentation
    Los gastos subvencionables se regirán por lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden TMS 368/2019, de 23 de septiembre, que constituye las bases reguladoras de esta convocatoria.
  • documentation
    Se podrá incluir los gastos derivados de la contratación del personal que, no siendo formador o tutor-formador de la acción formativa, realiza tareas de apoyo técnico relacionadas directamente con el seguimiento del proceso de aprendizaje, asesoramiento y orientación al alumnado.
  • documentation
    Asimismo, se podrá incluir los gastos de evaluación de la calidad de la formación, deberán responder indubitadamente a la naturaleza de tal evaluación y
  • documentation
    Consejería de Ciencia, Industria y Empleo Estado del documento Original Página 37 de 52 Dirección electrónica de validación CSV https://consultaCVS.asturias.es Código Seguro de Verificación (CSV) 16340723056216041347 corresponderse a las actividades de evaluación y control de la calidad referidos a los distintos cursos evaluados. Se podrá destinar hasta un máximo del 5% de la subvención que le haya sido concedida para la ejecución de la actividad formativa.
  • documentation
    Cuando la beneficiaria de la subvención sea una empresa, los gastos subvencionables en los que haya incurrido en sus operaciones comerciales deberán haber sido abonados en los plazos previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004. Vigesimosexto. - Determinación de la subvención a liquidar
  • documentation
    La cuantía máxima de la subvención a liquidar y percibir del programa vendrá determinada por el sumatorio de la subvención máxima a liquidar de cada una de las acciones que la integran calculada con arreglo a la siguiente fórmula y de
  • documentation
    El número máximo de participantes a liquidar como finalizados por acción formativa a los efectos de determinar la cuantía máxima a liquidar no podrá ser superior al número de participantes aprobado para la misma. No obstante, en la aplicación a la actividad subvencionada en su caso de los rendimientos financieros, se admitirá la financiación de “participantes finalizados” en acciones subvencionables que excedan del número de los participantes aprobados por acción formativa en la resolución de concesión que no hayan sido anulados por incumplimiento del resto de las condiciones de convocatoria.
  • documentation
    En ningún caso la liquidación de una acción formativa podrá superar la cuantía de la subvención inicialmente concedida para la misma.
  • documentation
    Para la obtención de la liquidación final del programa se tendrán en cuenta, en su caso, las minoraciones que correspondan derivadas de los incumplimientos que se recogen en el apartado trigésimo de esta convocatoria. Para la determinación de los participantes finalizados, al objeto de establecer la liquidación de las acciones formativas del programa, se tendrá en cuenta lo
  • documentation
    No serán computables como participantes financiables, independientemente de su tasa de participación, aquellos que incumplan con los requisitos y condiciones establecidas en esta convocatoria, aquellos de los que no se aporte su ficha de participación, así como todos aquellos pertenecientes a colectivos cuya participación esté limitada en cada una de las líneas de programación.
  • Las personas seleccionadas como destinatarias de los cursos tendrán derecho, con carácter gratuito, a la formación, a los materiales o equipos didácticos adecuados a los objetivos del curso, al seguro que cubra los riesgos derivados de los accidentes eventualmente acaecidos, a ser informadas de los sistemas de evaluación de seguimiento y del nivel de satisfacción, así como de los resultados del aprendizaje, y a recibir un diploma acreditativo de la formación superada o cursada.
  • Las personas seleccionadas no podrán participar más de una vez en la misma acción formativa que hayan finalizado en un plazo de tres años .El alumnado no podrá participar en dos acciones formativas al mismo tiempo si existen solicitudes de otras personas que cumplan los requisitos de acceso a la acción formativa. Si hay plazas vacantes, pueden cursar dos acciones formativas a la vez siempre que no superen las 8 horas diarias de enseñanza y el horario sea compatible.
  • En el caso de que una persona participante abandone una acción formativa no podrá participar en otra financiada por el SEPEPA, hasta que haya trascurrido al menos un mes.
  • Las personas participantes deberán asistir y seguir con aprovechamiento a las acciones formativas en las que participen. Constituirá causa de exclusión de las

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Desempleo