Programa para financiar la redacción de los planes de actuación local ante emergencias por incendios forestales de los municipios incluidos en el Anexo III del INFOCAL

Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES416 - Segovia. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Memoria de Actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Memoria económica, justificativa del coste de la inversión ejecutada, donde se reflejará la relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, expedido por la secretaría de la entidad local y con el visto bueno de el/la Alcalde/sa. Conforme al
  • INFORME POSITIVO de la Revisión por parte de la Junta de Castilla y León que se obtiene utilizando la propia aplicación informática referida anteriormente.
  • Declaración responsable, emitida por el órgano competente de la entidad local en la que consten los fondos no aplicados (sólo en el supuesto de que el coste definitivo de la actividad subvencionada sea menor al pago anticipado realizado ). Conforme al modelo normalizado publicado en la web de la Diputación. Los documentos para justificar la subvención se aportarán exclusivamente por medios telemáticos a través de la plataforma de la sede electrónica de la Diputación Provincial (https://sededipsegovia.es/), incluyéndose directamente en su expediente individual. Cód. Validación: 4J7XAMJJALN255G3J5CQ37HA9 Verificación: https://sede.dipsegovia.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 15
  • Para ello, las entidades deberán abrir la carpeta “mis expedientes” que tienen disponible en esta sede electrónica, identificándose con el mismo certificado digital con el que hicieran su solicitud; visualizarán todos los expedientes que tengan abiertos en Diputación de Segovia y deberán seleccionar el número de expediente que corresponda. Podrán incorporar la documentación desde el botón “ aportar nuevos documentos ”. El sistema ofrecerá un resguardo de registro telemático de entrada. No se tendrán por presentada la documentación justificativa que no se aporte a su expediente individual. A efectos de facilitar la identificación del expediente individual al que deben aportar la documentación, se publicará en la página web de Diputación, la relación de entidades beneficiarias y su número de expediente ( https://www.dipsegovia.es/la- institucion/servicios/subvenciones-planes-provinciales) TÉCNICA DE MUESTREO.- Para verificar la adecuada aplicación de los fondos, se establece un sistema de muestreo por sorteo entre el conjunto de entidades
  • beneficiarias, de acuerdo al siguiente detalle:  El sorteo se realizará una vez finalizado el plazo de justificación.  El sorteo se realizará en presencia del Diputado Delegado de Acción Territorial y del Jefe/a de Servicio y/o de Sección de Planificación y Cooperación Económica Local, debiendo estar presentes ambos o, en quien éstos deleguen.  Se seleccionarán un número total de 3 entidades beneficiarias.  Las entidades beneficiarias que resulten seleccionadas deberán presentar las facturas originales de los gastos incluidos en la memoria económica.  La documentación exigida deberá presentarse en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación. La no presentación de los justificantes requeridos, dará lugar al inicio de un procedimiento de reintegro o pérdida de derecho al cobro, de acuerdo a lo previsto en la normativa de subvenciones. OBLIGACIONES ENTIDADES BENEFICIARIAS.- La aceptación de la solicitud supone que
  • la entidad beneficiaria asume el compromiso de cumplir con las siguientes obligaciones:
  • Realizar en plazo la actividad objeto de la subvención, así como presentar en plazo la documentación justificativa.
  • Realizar las contrataciones que procedan para elaborar y homologar el citado Plan, sin que pueda trasladar responsabilidad alguna a la Diputación Provincial.
  • Asumen el compromiso de aportar la cantidad que exceda sobre el importe de la subvención asignada para elaborar e implantar el Plan
  • El “Plan de actuación de ámbito local de emergencia por incendios forestales”, debe realizarse en formato digital utilizando la aplicación para la digitalización de guías de respuesta y planes de actuación de ámbito local por incendios forestales http://www.planeslocalesif.es, para que la información básica contenida en estos planes pueda ser interoperable y consultable por las administraciones competentes, deben tener el contenido mínimo que exige el Anexo VI del Plan INFOCAL debiendo actualizarlo cuando se produzcan modificaciones en los contenidos básicos. Cód. Validación: 4J7XAMJJALN255G3J5CQ37HA9 Verificación: https://sede.dipsegovia.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 15
  • El “Plan de actuación de ámbito local de emergencia por incendios forestales” debe contar con el INFORME POSITIVO de la Revisión por parte de la Junta de Castilla y León que se obtiene utilizando la propia aplicación informática referida.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que efectúe la Diputación de Segovia.
  • Comunicar a la Diputación de Segovia la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien las actividades subvencionadas.
  • Cualquier acción comunicativa o institucional sobre la inversión subvencionada deberá aludir a la participación de la Diputación Provincial de Segovia.
  • de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del artículo 22.1.c) de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial, al tener carácter excepcional y concurrir razones de interés público habida cuenta que su fin último es mitigar los riesgos en caso de incendio forestal. Objeto y finalidad.- La subvención tiene como objeto financiar los costes derivados de la redacción de los planes de actuación de ámbito local de emergencias frente a incendios forestales de los municipios de máximo riesgo de interfaz urbano-forestal de la provincia de Segovia incluidos en el Anexo III del INFOCAL. Cód. Validación: 4J7XAMJJALN255G3J5CQ37HA9 Verificación: https://sede.dipsegovia.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 15
  • 000 habitantes, incluidos en el Anexo III del Plan Especial de Protección Civil ante (Plan INFOCAL).Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León Se inserta a continuación la relación de cuarenta y nueve (49) municipios incluidos en el citado Anexo III, que se proponen como entidades beneficiarias del programa: Alconada de Maderuelo, Aldealengua de Santa María, Aldehorno, Arahuetes, Armuña, Ayllón, Bernardos, Caballar, Cabañas de Polendos, Carbonero el Mayor, Carrascal del Río, Cerezo de Abajo, Cerezo de Arriba, Collado Hermoso, Cuéllar, Cuevas de Provanco, Duruelo, Encinillas, Escobar de Polendos, El Espinar, Fresno de Cantespino, Fuente el Olmo de Fuentidueña, Fuenterrebollo, Fuentidueña, Ituero y Lama, Juarros de Riomoros, Juarros de Voltoya, Cód. Validación: 4J7XAMJJALN255G3J5CQ37HA9 Verificación: https://sede.dipsegovia.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 15
  • En cualquier caso, las entidades beneficiarias vendrán obligadas a justificar la aplicación de los fondos percibidos en los términos y plazos señalados en la resolución de concesión. En caso contrario, se iniciará de oficio el correspondiente procedimiento de reintegro. En el supuesto de que la actividad subvencionada se ejecute por un importe inferior a la subvención concedida/abonada, la entidad beneficiaria estará obligada a devolver la parte de la subvención no ejecutada o no justificada. Para ello, el órgano gestor tramitará junto a la aprobación de la justificación el correspondiente procedimiento de reintegro Publicidad.- La concesión se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y se publicará un extracto de la misma en el Boletín oficial de la Provincia., conforme al procedimiento establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley mencionada. Competencia Diputación.- La legitimación de la Diputación para impulsar esta actuación se fundamenta en el doble cauce establecido en los artículos 25,31 y 36 de la Ley 7/1985,
  • 1. f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Cód. Validación: 4J7XAMJJALN255G3J5CQ37HA9 Verificación: https://sede.dipsegovia.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 15
  • 136.22706. SEGUNDO. – Aprobar la asignación de subvenciones con cargo al citado programa de acuerdo al detalle expresado en el Anexo I de esta resolución. TERCERO. – Aprobar instrucciones que regirán estas conforme al Anexo II de esta resolución. CUARTO.- Publicar la presente resolución en la Base Nacional de Datos de Subvenciones y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia. Extracto que incluirá la relación de entidades beneficiarias con la asignación de las subvenciones otorgadas. QUINTO. – Notificar esta resolución a las entidades beneficiarias. SEXTO. – Trasladar este acuerdo al Sr. Diputado de Acción Territorial y a los Servicios de Intervención y de Planificación y Cooperación Económica Local, para conocimiento y efectos. En Segovia, a fecha de firma electrónica.

Gastos y actuaciones

  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos suntuarios, los impuestos indirectos recuperables y los costes ordinarios de personal de la propia entidad local. SUBCONTRATACIÓN.- Conforme a lo establecido en el artículo 29 de la LGS las entidades beneficiarias podrán subcontratar con empresas o profesionales hasta el 100% de la Cód. Validación: 4J7XAMJJALN255G3J5CQ37HA9 Verificación: https://sede.dipsegovia.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 15
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Instancia normalizada, a través del trámite habilitado en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Segovia: COOPERACION LOCAL.- Solicitud de subvención directa. Indicando la LÍNEA DEL PLAN 29: PLANES DE ACTUACIÓN FRENTE A
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Aceptación de la subvención, conforme al modelo normalizado publicado en la web de la
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Memoria de Actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Memoria económica, justificativa del coste de la inversión ejecutada, donde se reflejará la relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, expedido por la secretaría de la entidad local y con el visto bueno de el/la Alcalde/sa. Conforme al
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    INFORME POSITIVO de la Revisión por parte de la Junta de Castilla y León que se obtiene utilizando la propia aplicación informática referida anteriormente.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Declaración responsable, emitida por el órgano competente de la entidad local en la que consten los fondos no aplicados (sólo en el supuesto de que el coste definitivo de la actividad subvencionada sea menor al pago anticipado realizado ). Conforme al modelo normalizado publicado en la web de la Diputación. Los documentos para justificar la subvención se aportarán exclusivamente por medios telemáticos a través de la plataforma de la sede electrónica de la Diputación Provincial (https://sededipsegovia.es/), incluyéndose directamente en su expediente individual. Cód. Validación: 4J7XAMJJALN255G3J5CQ37HA9 Verificación: https://sede.dipsegovia.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 15
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    beneficiarias, de acuerdo al siguiente detalle:  El sorteo se realizará una vez finalizado el plazo de justificación.  El sorteo se realizará en presencia del Diputado Delegado de Acción Territorial y del Jefe/a de Servicio y/o de Sección de Planificación y Cooperación Económica Local, debiendo estar presentes ambos o, en quien éstos deleguen.  Se seleccionarán un número total de 3 entidades beneficiarias.  Las entidades beneficiarias que resulten seleccionadas deberán presentar las facturas originales de los gastos incluidos en la memoria económica.  La documentación exigida deberá presentarse en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación. La no presentación de los justificantes requeridos, dará lugar al inicio de un procedimiento de reintegro o pérdida de derecho al cobro, de acuerdo a lo previsto en la normativa de subvenciones. OBLIGACIONES ENTIDADES BENEFICIARIAS.- La aceptación de la solicitud supone que
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Realizar en plazo la actividad objeto de la subvención, así como presentar en plazo la documentación justificativa.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Realizar las contrataciones que procedan para elaborar y homologar el citado Plan, sin que pueda trasladar responsabilidad alguna a la Diputación Provincial.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Asumen el compromiso de aportar la cantidad que exceda sobre el importe de la subvención asignada para elaborar e implantar el Plan
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    El “Plan de actuación de ámbito local de emergencia por incendios forestales”, debe realizarse en formato digital utilizando la aplicación para la digitalización de guías de respuesta y planes de actuación de ámbito local por incendios forestales http://www.planeslocalesif.es, para que la información básica contenida en estos planes pueda ser interoperable y consultable por las administraciones competentes, deben tener el contenido mínimo que exige el Anexo VI del Plan INFOCAL debiendo actualizarlo cuando se produzcan modificaciones en los contenidos básicos. Cód. Validación: 4J7XAMJJALN255G3J5CQ37HA9 Verificación: https://sede.dipsegovia.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 15
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    El “Plan de actuación de ámbito local de emergencia por incendios forestales” debe contar con el INFORME POSITIVO de la Revisión por parte de la Junta de Castilla y León que se obtiene utilizando la propia aplicación informática referida.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que efectúe la Diputación de Segovia.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Comunicar a la Diputación de Segovia la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien las actividades subvencionadas.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    A efectos de publicidad:
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Cualquier acción comunicativa o institucional sobre la inversión subvencionada deberá aludir a la participación de la Diputación Provincial de Segovia.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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