Programa de atención integral a personas con adicciones durante el ejercicio 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES300 - Madrid. La gestiona MADRID SALUD.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Utilizar los datos personales objeto de este tratamiento, así como los que recoja o genere para su incorporación, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
  • Tratar los datos personales siguiendo las especificaciones contenidas en este acuerdo, el propio convenio y cualquier otra instrucción ulterior documentada que el Responsable le traslade durante la vigencia del tratamiento de los datos personales. Si el Encargado considera que alguna de las instrucciones recibidas infringe el RGPD, o cualquier otra disposición vigente en materia de protección de datos, informará inmediatamente al Responsable.
  • Incorporar a su Registro de Actividades del Tratamiento por cuenta de Responsables aquellos que lleva a cabo en ejecución de este convenio , asegurando el contenido previsto en el artículo 30.2 del RGPD.
  • No comunicar ni difundir los datos a terceras personas , salvo que cuente con la autorización expresa del Responsable, en los supuestos legalmente admisibles. No obstante, el Encargado podrá comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo Responsable, de acuerdo con las instrucciones documentadas del Responsable. En este caso, el Responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se realizar la comunicación, los datos que deben ser comunicados y las medidas de seguridad que deben aplicarse.
  • No recurrir a subencargados sin autorización previa expresa y por escrito del Responsable. Cuando el encargado recurra a un subencargado para llevar a cabo alguna de las operaciones de tratamiento previstas en este acuerdo, el adjudicatario lo pondrá en conocimiento previo del Responsable con una antelación mínima de 30 días,
  • No transferir datos personales fuera del Espacio Económico Europeo , ni directamente ni a través de cualesquiera subcontratistas autorizados, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación. En ese supuesto, el Encargado informará al Responsable de esa exigencia legal de manera previa, con antelación suficiente a efectuar la transferencia y, en todo caso, con el plazo de un mes, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
  • Minimizar los datos personales objeto de tratamiento. En concreto, no se utilizarán datos personales cuando se pueda obtener la finalidad sin su tratamiento.
  • Seudonimizar los datos personales siempre que de esa forma puedan alcanzarse los fines perseguidos.
  • Eliminar los datos personales cuando dejen de ser necesarios , limitando su plazo de conservación.
  • Limitar a lo estrictamente necesario el número de personas con acceso a los datos personales , delimitando las funciones y tareas a desempeñar por cada perfil implicado en el tratamiento.
  • Formar al personal sobre sus deberes y obligaciones relativos a la protección de los datos personales, incluyendo el procedimiento de actuación ante una brecha de seguridad. Las medidas de seguridad implantadas serán objeto de evaluación y supervisión periódica a fin de garantizar su eficacia ante la evolución de los riesgos y sistemas de protección.
  • El Encargado facilitará al Responsable la información del Registro de Actividades de Tratamiento a que se refiere el artículo 30.2 del RGPD, que incluirá una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad aplicadas a los tratamientos realizados por cuenta del Responsable. Asimismo, cualquier modificación de dicho registro deberá ser comunicada al Responsable.
  • Comunicar al Responsable del tratamiento, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 36 horas, cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga conocimiento , junto con toda la información relevante para el registro y comunicación de la incidencia, inclusive el detalle de los interesados afectados. De la misma manera, el Encargado deberá poner en conocimiento del Responsable cualquier fallo en sus sistemas de tratamiento y gestión de la información que haya sufrido y sea susceptible de poner en riesgo la confidencialidad, integridad o disponibilidad de los datos tratados.
  • Una descripción de la naturaleza de la violación de seguridad.
  • Las categorías y el número aproximado de interesados afectados.
  • Las categorías y el número aproximado de registros de datos tratados.
  • Las posibles consecuencias de la violación de seguridad.
  • Las medidas adoptadas o propuestas para remediar la violación de seguridad.
  • El nombre y datos de contacto de un punto de contacto donde pueda obtenerse más información. Cuando no sea posible facilitar toda la información de forma simultánea, se podrá proporcionar la información de forma gradual sin dilación indebida. En todo caso, el Encargado ayudará al Responsable a garantizar el cumplimiento de las obligaciones relativas a la notificación y comunicación de violaciones de seguridad, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información a disposición del Encargado.
  • Comunicar al Responsable cualquier solicitud de ejercicio de derechos recibida y cooperar en su atención . La comunicación debe hacerse de forma inmediata y, en ningún caso, más allá del día laborable siguiente al de la recepción del ejercicio de derecho, acompañada, en su caso, de la documentación y otras informaciones que obren en su poder y que puedan ser relevantes para resolver la solicitud, incluida la identificación fehaciente de quien ejerce el derecho.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social