PROGRAMA DE ASESORAMIENTO DE JÓVENES EN LA ENTRADA AL ENTORNO LABORAL

habiendo sido realizados en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 (sin perjuicio de lo dispuesto para el informe auditor de cuentas) , se encuentren efectivamente pagados no más tarde del 31 de marzo de 2027.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES13 - CANTABRIA. La gestiona SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención en el plazo y forma a tal efecto establecidos.
  • Identificar convenientemente en los centros de trabajo, así como en cuanta publicidad se haga de las actividades subvencionadas, la colaboración del Servicio Cántabro de Empleo de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Consumo del Gobierno de Cantabria.
  • Justificar ante el Servicio Cántabro de Empleo el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que hayan determinado la concesión o disfrute de la subvención. A tal efecto podrán solicitarse los documentos justificativos necesarios para comprobar la aplicación de la subvención.
  • El sometimiento a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control subvencional a efectuar por el Servicio Cántabro de Empleo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, que sean necesarias respecto al destino y aplicación de los Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv/?codigoVerificacion=A0600AqWPj5wxWJhKertffiYwGbjJLYdAU3n8j Firma 1: 30/06/2026 - Lucia Serrano Madrazo
  • Página 6 de 8 www.empleacantabria.es f │ t @empleacantabria fondos de acuerdo con lo establecido en esta resolución, la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, debiendo aportar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al Servicio Cántabro de Empleo la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, así como las alteraciones de los fines para los que se destina la subvención o de las condiciones que fueron tenidas en cuenta para su otorgamiento.
  • Acreditar con carácter previo al pago que se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o de cualquier otro ingreso de Derecho público.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Facilitar al Servicio Cántabro de Empleo cuanta información requiera el seguimiento de las ayudas.
  • Cumplir las obligaciones en materia de transparencia pública. En particular, e n relación con lo dispuesto en el
  • Memoria de actuación con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, justificando el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, o, en su caso, las desviaciones habidas.
  • Memoria económica, que contendrá un estado representativo de los gastos incurridos debidamente agrupados.
  • Informe de auditora o auditor de cuentas inscrita/o como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditorías de Cuentas, en el que se certificará de f orma expresa y
  • Requisito de edad de las personas jóvenes destinatarias finales. Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv/?codigoVerificacion=A0600AqWPj5wxWJhKertffiYwGbjJLYdAU3n8j Firma 1: 30/06/2026 - Lucia Serrano Madrazo
  • Importe de los gastos realizados, incluida la verificación de la existencia de facturas y justificantes de gasto originales, de los que se acompañará relación clasificada con identificación del acreedor, número de documento, fecha de emisión, concepto, i mporte y fecha de pago. Así mismo, se indicará la conformidad con las facturas al Reglamento de Facturación (Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre).
  • Coste de personal propio de la entidad beneficiaria . Se imputará por cada persona trabajadora el producto del coste-hora por el tiempo en horas dedicado directamente al proyecto. La fórmula de cálculo será la siguiente: Coste
  • X= Retribuciones satisfechas al empleado o empleada durante el tiempo de dedicación al desarrollo del objeto de la subvención, en virtud de las nóminas realizadas por la entidad beneficiaria.
  • Y= Pagos a la Seguridad Social. Para el personal con contrato laboral, cuota patronal anua l satisfecha a la Seguridad Social po r empleado/a , calculada atendiendo a la base de cotización (expresada en los modelos Relación Nominal de Trabajadores – RNT- debidamente identificada) multiplicada por el coeficiente final resultante de la aportación de la beneficiaria a la Seguridad Social por ese empleado o empleada.
  • H= Horas anuales del empleado o empleada , según convenio colectivo de aplicación a la entidad beneficiaria. El personal deberá disponer de formación y experiencia acorde con su participación en el programa subvencionado. Se establece una dedicación anual máxima de 1.800 horas. Los salarios que se tomen como base para el cálculo del gasto de personal no podrán superar el tope máximo subvencionable de 50 €/hora. Las dietas y gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención serán las fijadas para el grupo 2 de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Justificación del pago bancario de los gastos realizados, verificando que se han materializado según la vigente práctica mercantil y con fecha valor anterior a la finalización del plazo de justificación.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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habiendo sido realizados en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 (sin perjuicio de lo dispuesto para el informe auditor de cuentas) , se encuentren efectivamente pagados no más tarde del 31 de marzo de 2027.