Programa de Becas para el gasto de cooperativas escolares. Curso 2026/20267

Las presentes Bases tienen por objeto establecer las condiciones generales para la concesión de ayudas económicas por el Excmo. Ayuntamiento de Gibraleón, a instancia de parte del alumnado matriculado en cualquiera de los centros educativos de Gibraleón, para sufragar el gasto de material escolar, cooperativas escolares y adquisición de libros de texto para el curso escolar 2026/2027. Se entiende por material escolar el conjunto de elementos fungibles que conforman la mochila habitual de un/a escolar o estudiante…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES615 - Huelva. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GIBRALEÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 8.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán resultar beneficiarios/as de las ayudas económicas las personas que cumpliendo con lo
  • Estar empadronado en el municipio de Gibraleón con una antigüedad mínima de 1 año.
  • Estar al corriente en las obligaciones tributarias o de cualquier otro ingreso de Derecho público, a favor de esta Entidad, así como con la Agencia Tributaria Estatal y Autonómica, y con la Tesorería General de la Seguridad Social. Se entenderá que se cumple este requisito cuando el solicitante no tenga deudas en periodo voluntario vencido o ejecutivo en el momento de la presentación de la solicitud de la ayuda, o tenga, en su caso, un acuerdo de pago aplazado o fraccionado.
  • Haber formalizado matrícula en los niveles educativos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos y Bachillerato para el curso 2026 /2027.
  • Que la renta per cápita de la Unidad Familiar no supere los umbrales de Renta siguientes (Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio
  • - DOCUMENTACIÓN GENERAL El formulario de solicitud de las presentes ayudas estará disponible, en el Servicio de Atención al Ciudadano del Excmo. Ayuntamiento de Gibraleón, sito en Plaza de España, 1, y a través de la Sede electrónica del Excmo Ayuntamiento de Gibraleón. La solicitud ANEXO I se presentará, debidamente firmada por la persona interesada, su representante
  • - DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA (Aportar en su caso) En caso de tener algún miembro de la unidad familiar con discapacidad/dependencia, Certificado acredidativo Título de familia numerosa. Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género. En el supuesto de menores tutelados/as por la Administración, se aportará documentación acreditativa relativa a la guardia y custodia. Certificado de períodos de inscripción de desempleo del último año natural anterior a la solicitud, de las personas mayores de edad y/o de alguno/a de los/as progenitores/as o de ambos/as, si es el caso.
  • - Las solicitudes irán acompañadas de la documentación detallada en el artículo 8 de las presentes bases y se presentarán en el (Plaza deRegistro General del Excmo. Ayuntamiento de Gibraleón España, 1), en el horario determinado al efecto (de 8:00 a 14:00 h.), en la Sede Electrónica de Gibraleón, , y en los lugares, o por los medios establecidos en elhttps://gibraleon.sedelectronica.es
  • Se entenderá que la subvención es aceptada por el/la beneficiario/a, si transcurridos diez días desde la publicación del Listado Definitivo, el/la interesado/a no ejercita acto en contrario. Para justificar el gasto, las personas solicitantes aportarán la documentación justificativa en la propia solicitud de la ayuda. Resulta admitida como documentación para la justificación, el conjunto de facturas, o facturas simplificadas por importe total igual o superior a la cantidad máxima a conceder en cada caso, en las que deberá aparecer el nombre del padre/madre o tutor/a legal y/o del/la alumno/a y el curso o centro educativo correspondiente, realizado dentro del período establecido en las presentes bases. Las facturas justificativas de gastos deberán ajustarse a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación. No se admitirán como justificantes de gasto los albaranes, las notas de entrega ni las facturas proforma. No se admitirán en ningún caso como justificantes de pago de los conceptos anteriores los pagos en efectivo.
  • representante legal y debe acompañarse obligatoriamente de la siguiente documentación:
  • - DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA (Aportar en su caso) En caso de tener algún miembro de la unidad familiar con discapacidad/dependencia, Certificado acredidativo Título de familia numerosa.
  • Excmo. Ayuntamiento de Gibraleón Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género. En el supuesto de menores tutelados/as por la Administración, se aportará documentación acreditativa relativa a la guardia y custodia. Certificado de períodos de inscripción de desempleo del último año natural anterior a la solicitud, de las personas mayores de edad y/o de alguno/a de los/as progenitores/as o de ambos/as, si es el caso.
  • @cols=28: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GIBRALEÓN Plaza de España, 1 21500 Gibraleón (Huelva) Tfno.: 959300351 @cols=28:COMUNICACIÓN DE DATOS BANCARIOS. ANEXO II (*) Datos obligatorios @cols=28:1 - DATOS DEL PERCEPTOR (se acompañará fotocopia DNI o CIF)
  • @cols=28: @cols=28:2 - DATOS DEL REPRESENTANTE EN SU CASO (se acompañará fotocopia DNI o CIF del representante y autorización/poderes del interesado)
  • ESTE IMPRESO DEBE IR ACOMPAÑADO DE DOCUMENTO BANCARIO
  • LA PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO POR PERSONA FÍSICA PODRÁ REALIZARSE EN
  • PARA EL RESTO DE CASOS, ESTE DOCUMENTO SE PRESENTARÁ EN SEDE
  • ELECTRÓNICA POR REGISTRO ELECTRÓNICO. IGUALMENTE SE PRESENTARÁ EN SEDE ELECTRÓNICA POR REGISTRO ELECTRÓNICO (certificado Representante), SI SE
  • 4 SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA Me COMPROMETO a cumplir las obligaciones exi gidas en las presentes Bases y en la correspondiente normativa de aplicación, y DECLARO q ue cumplo con la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria y en el artículo 4 de la OGS.
  • RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: AYUNTAMIENTO DE GIBRALEÓN (NIF P2103500A) FINALIDADES DEL TRATAMIENTO: La gestión de su solicitud, duda o consulta y la tramitación administrativa que en su caso se pueda derivar de la misma. LEGITIMACIÓN PARA EL TRATAMIENTO: Consentimiento de la persona interesada (artículo 6.1,a del RGPD) y el ejercicio de poderes públicos conferidos al Responsable (artículo 6.1,e del RGPD). DESTINATARIOS DE LOS DATOS: Las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para la gestión de su solicitud; PLAZO DE CONSERV ACIÓN: Los datos proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones legales del Responsable; EJERCICIO DE DERECHOS: Las personas interesadas podrán solicitar el acceso, rec tificación o supresión de sus datos, así como ejercitar otros derechos, a través de su sede electrónica en la sección “Protección de Datos”; CONTACTO DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS E INFORMACIÓN ADICIONAL: dpd@gibraleon.com

Gastos y actuaciones subvencionables

  • ARTÍCULO 6.- Conceptos subvencionables · eligible
    Podrán ser objeto de financiación con cargo a esta ayuda el gasto realizado de adquisición de material escolar o de abono de la cuota de las cooperativas escolares, por importe máximo de 110 € por alumno
  • ARTÍCULO 6.- Conceptos subvencionables · eligible
    Primer y Segundo Ciclo de Educación Infantil: un mínimo de 20 € y un máximo de 40 € (en función de cada Tutoría).
  • ARTÍCULO 6.- Conceptos subvencionables · eligible
    Educación Primaria: un mínimo de 20 € y un máximo de 40 € (en función de cada Tutoría). Adquisición de material escolar no sujeto a cooperativa escolar y/o adquisición de libros de
  • ARTÍCULO 6.- Conceptos subvencionables · eligible
    Excmo. Ayuntamiento de Gibraleón 40 € para material escolar. 70 € para adquisición de libros de texto. Primero, Segundo y Tercer Ciclo de Educación Primaria. 40 € para material escolar. Primer y Segundo Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria. 40 € para material escolar. Ciclos Formativos y Bachillerato. 40 € para adquisición de material escolar. 70 € para adquisición de libros de texto.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las presentes Bases tienen por objeto establecer las condiciones generales para la concesión de ayudas económicas por el Excmo. Ayuntamiento de Gibraleón, a instancia de parte del alumnado matriculado en cualquiera de los centros educativos de Gibraleón, para sufragar el gasto de material escolar, cooperativas escolares y adquisición de libros de texto para el curso escolar 2026/2027. Se entiende por material escolar el conjunto de elementos fungibles que conforman la mochila habitual de un/a escolar o estudiante. Para el caso del alumnado de los primeros estadíos de la enseñanza como son los ciclos de educación infantil, se entenderá por libros de texto los conjuntos de fichas didácticas que conforman los proyectos educativos que establece cada escuela infantil en su plan de estudios. No se considera libro de texto la fotocopia total o parcial de libros de texto originales.