Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las personas y entidades interesadas deberán presentar la siguiente documentación:  Solicitud de participación , según modelo Anexo I, debidamente cumplimentada y firmada.  Documentación acreditativa de la personalidad de la persona o entidad
  • solicitante:  En el caso de personas trabajadoras autónomas, DNI o NIE.  En el caso de personas jurídicas, NIF y escritura de constitución.  En el caso de comunidades de bienes o sociedades civiles, NIF y contrato o documento de constitución.  En caso de actuar mediante representante, documentación acreditativa de la representación.  Certificado actualizado de situación censal , emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que permita acreditar el alta, la fecha de inicio de la actividad y su vinculación con Santa Pola.  Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social.
  • Las personas y entidades beneficiarias deberán:  Mantener el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria hasta el momento del pago del premio.  Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social, así como no ser deudoras por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones.  No tener deudas pendientes en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Santa Pola.  Someterse a las actuaciones de comprobación y control que resulten de aplicación conforme a la normativa vigente.  Facilitar la información que les sea requerida en relación con la concesión del premio.  Comunicar cualquier circunstancia que pueda afectar al cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.
  • C/ Cervantes, 28 03130 Santa Pola Alicante (España) Tlf. 96 669 05 91 emprende@santapola.es Los datos podrán ser comunicados a las Administraciones y organismos públicos competentes cuando resulte necesario para el cumplimiento de obligaciones legales. Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación del tratamiento, en los términos previstos en la normativa vigente, ante el Ayuntamiento de Santa Pola, sin perjuicio de su derecho a presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
  • Perfil emprendedor – hasta 10 puntos Se valorarán la formación, experiencia, conocimientos y competencias de la persona emprendedora o equipo promotor relacionados con la actividad empresarial.
  • Proyecto empresarial – hasta 10 puntos Se valorará la definición y coherencia del proyecto, sus productos o servicios, su adecuación al mercado y el conocimiento de la clientela y de la competencia.
  • Impacto y vinculación con Santa Pola – hasta 10 puntos
  • Diferenciación, digitalización y sostenibilidad – hasta 10 puntos Se valorarán los elementos diferenciadores e innovadores de la actividad, el grado de utilización de herramientas digitales y tecnológicas y las medidas de sostenibilidad y responsabilidad empresarial implantadas.
  • Presidencia: Alcaldesa de Santa Pola o persona en quien delegue.
  • Concejal de Emprendimiento del Ayuntamiento de Santa Pola.
  • Una persona representante de las asociaciones empresariales de Santa Pola.
  • Una persona representante del CEEI Elche.
  • Una persona representante de JOVEMPA.
  • C/ Cervantes, 28 03130 Santa Pola Alicante (España) Tlf. 96 669 05 91 emprende@santapola.es Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo.
  • XIV. ENTREGA DE PREMIOS Las personas o entidades participantes deberán asistir al acto de entrega, salvo causa debidamente justificada.
  • XVI. PAGO DE LOS PREMIOS El pago de los premios se realizará mediante transferencia bancaria, una vez dictada la resolución de concesión. Con carácter previo al abono, las personas o entidades premiadas deberán aportar, a través del trámite electrónico iniciado, certificado de titularidad de la cuenta bancaria emitido por la entidad financiera, a nombre de la persona o entidad beneficiaria , o, en su caso, la documentación de alta o mantenimiento de terceros del Ayuntamiento de Santa Pola. Asimismo, con carácter previo al pago se comprobará que la persona o entidad beneficiaria se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social y que no mantiene deudas pendientes en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Santa Pola. Los premios estarán sujetos a las retenciones fiscales que resulten de aplicación conforme a la normativa vigente.
  • El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Pola 2024-2027.
  • Las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Santa Pola correspondientes al ejercicio 2026.
  • La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • El Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Fomento del Empleo