Personas físicasES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Premios Maratón cerámico. Construcción 4.0

Estas bases tienen por objeto regular concesión de premios a las mejores propuestas presentadas en el Maratón cerámico: Construcción 4.0, realizado en la Universitat Jaume I, en el curso académico 2026/2027. Esta acción se enmarca en el Pla Estratégico de Subvenciones 2023 -2025 prorrogado en 2026. En concreto, la línea 8.2 para motivar al estudiantado para que elija la enseñanza universitaria y la 8.3 para reconocer e incentivar el talento y las trayectorias profesionales del alumnado de grado y máster de la Universitat Jaume I.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona UNIVERSIDAD JAUME I DE CASTELLÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Pueden ser beneficiarias de estos premios las personas físicas que formen parte de los equipos que hayan quedado finalistas (tres primeros equipos) en el Maratón cerámico: Construcción 4.0 realizado en octubre de 2026. En el supuesto de que las personas interesadas no tengan residencia fiscal en territorio español tienen que presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia, de acuerdo con el que dispone el art ículo 22.5 de Real Decreto 887/2006, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley general de subvenciones. No pueden obtener la condición de beneficiarias las personas o entidades que se encuentren incursas en alguna de las circunstancias recogidas en los artículos 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • No es necesario solicitar el premio. Se debe tener en cuenta que la participación en el Maratón cerámico. Construcción 4.0, y su selección como una de las tres mejores propuestas presentadas de acuerdo con el acta presentada por el jurado, implica la participación en esta convocatoria.
  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión del premio.
  • Acreditar ante el órgano concedente la realización de la actividad y cumplir los requisitos y condiciones que determinan su concesión.
  • Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden al órgano concedente en relación con el premio. Còpia autèntica del document signat per María Luisa Flor Peris el 29/09/2026 a les 10:25h com a vicerector/a i segellat electrònicament per la Universitat Jaume I. Es pot verificar la seua autenticitat accedint a l'adreça http://www.uji.es/documents i introduint-hi el codi segur de verificació 4C4711991D5D60287DEB. Copia auténtica del documento firmado por María Luisa Flor Peris el 29/09/2026 a las 10:25h como vicerrector/a y sellado electrónicamente por la Universitat Jaume I. Se puede verificar su autenticidad accediendo a la dirección http://www.uji.es/documents e introduciendo el codigo seguro de verificación 4C4711991D5D60287DEB.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 de la LGS y en el artículo 172 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones (LHIS).
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 y, si procede, en el
  • Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago del premio hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los casos previstos en el artículo 37 de la LGS.
  • El procedimiento de reintegro se rige por las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos contenidas en la legislación del procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades que se establecen en la LGS y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (RLGS), así como en el artículo 172 de la LHIS.
  • La resolución de concesión, que incluye la relación de las personas a quienes se conceden las ayudas y de aquellas a quienes se deniegan, se debe publicar en el TAO -UJI, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octu bre, del procedimiento administrativo común y el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Asimismo, se debe publicar en el portal de transparencia, de acuerdo con el artículo 8.1 de la Ley 19/2013, de 9 Còpia autèntica del document signat per María Luisa Flor Peris el 29/09/2026 a les 10:25h com a vicerector/a i segellat electrònicament per la Universitat Jaume I. Es pot verificar la seua autenticitat accedint a l'adreça http://www.uji.es/documents i introduint-hi el codi segur de verificació 4C4711991D5D60287DEB. Copia auténtica del documento firmado por María Luisa Flor Peris el 29/09/2026 a las 10:25h como vicerrector/a y sellado electrónicamente por la Universitat Jaume I. Se puede verificar su autenticidad accediendo a la dirección http://www.uji.es/documents e introduciendo el codigo seguro de verificación 4C4711991D5D60287DEB.
  • La titularidad de los derechos de propiedad intelectual de los trabajos corresponde al estudiantado que los ha realizado en los términos y condiciones previstas en la legislación vigente.
  • Cesión de derechos. Las personas autoras de los trabajos ganadores no ceden los derechos de explotación de los trabajos ganadores por el hecho de participar en este concurso.
  • Las personas participantes darán su consentimiento expreso para autorizar la publicación de este a instancia del aula cerámica. La publicación se podrá llevar a cabo en la web y redes sociales del aula cerámica y de la UJI. Decimosexta. Régimen jurídico aplicable
  • La aportación económica prevista en estas bases se debe regir por las condiciones contenidas en sus artículos y, en lo no previsto, es aplicable la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por e l que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, así como la normativa reguladora de las subvenciones de la Universitat Jaume I.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Estas bases tienen por objeto regular concesión de premios a las mejores propuestas presentadas en el Maratón cerámico: Construcción 4.0, realizado en la Universitat Jaume I, en el curso académico 2026/2027. Esta acción se enmarca en el Pla Estratégico de Subvenciones 2023 -2025 prorrogado en 2026. En concreto, la línea 8.2 para motivar al estudiantado para que elija la enseñanza universitaria y la 8.3 para reconocer e incentivar el talento y las trayectorias profesionales del alumnado de grado y máster de la Universitat Jaume I.