Personas físicasES614 - Granada

PREMIOS `GRANADA PARA EMPRENDER`

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES614 - Granada. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GRANADA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.000,00 €. Inicio: 25/08/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. Podrán participar en este concurso las pequeñas y medianas empresas (PYMES), según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003, sean personas físicas
  • A fecha de presentación de la solicitud de participación, tenga una antigüedad máxima de alta en la actividad de 3 años.
  • Estén en funcionamiento y con domicilio social, comercial y fiscal en la ciudad de Granada.
  • Presenten un proyecto o iniciativa empresarial que sea original, disruptivo, con un alto componente de innovación y creatividad en el producto o servicio ofertado al mercado. A
  • Innovación de Producto: introducción de un bien o servicio nuevo o con un alto grado de mejora, respecto a sus características o su uso deseado. Esta incluye mejoras importantes en especificaciones técnicas, componentes y materiales, software incorporado, ergonomía u otras características funcionales.
  • Innovación de Proceso: aplicación de un método de producción o distribución nuevo o con un alto grado de mejora. Esta incluye mejoras importantes en técnicas, equipo y/o software.
  • Innovación de Marketing: puesta en práctica de un nuevo método de comercialización que entraña importantes mejoras en el diseño del producto o en su presentación, o en su política de emplazamiento (posicionamiento), promoción o precio.
  • Innovación Organizacional: incorporación de un nuevo método de organización aplicado a las prácticas de negocio, al lugar de trabajo o a las relaciones externas de la empresa.
  • Estén al corriente en las obligaciones de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no tengan deudas ni sanciones de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento de Granada.
  • No estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No tenga deudas por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones.
  • No haber resultado ganadora de los Premios Granada para Emprender en la categoría “Mejor Iniciativa Empresarial” en ediciones anteriores, con el mismo proyecto empresarial u con otro sustancialmente idéntico en cuanto a su objeto, actividad y modelo de negocio, independientemente que se presente por distinta persona física o jurídica.
  • 2. La documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en las letras d), e), f) y g) en el apartado anterior se realizará mediante la declaración responsable integrada en el formulario de solicitud que figura como Anexo I.
  • Un primer premio dotado económicamente con 3.000 euros
  • Un segundo premio dotado económicamente con 2.000 euros
  • Un tercer premio dotado económicamente con 1.000 euros Para el ejercicio 2026, dicho gasto se imputará a la aplicación presupuestaria 0202 43300 47900 “Premios al desarrollo empresarial” del programa 43300 “Empleo y Desarrollo Empresarial” del Presupuesto del Ayuntamiento de Granada. Estos premios no requieren otra justificación que la acreditación de las condiciones y requisitos necesarios para acceder a ellos, por lo que se darán por justificados en el momento de su concesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS). La concesión de los premios estará sujeta a la correspondiente fiscalización, según la normativa aplicable, así como a la normativa tributaria correspondiente. Las oportunas retenciones se descontarán de los importes de los premios anteriormente referidos. Estos premios serán compatibles con cualquier otro premio, ayudas o subvenciones para la misma finalidad percibidas por las personas y entidades beneficiarias procedentes de ésta u otra administración pública.
  • 1. Solicitud. Las empresas interesadas en participar en la convocatoria correspondiente deberán cumplimentar la
  • podrá descargar en el siguiente enlace: https://www.granada.org/inet/empleo.nsf/in/PA1NFFD/$file/solicitud_Premios_Gra nada_Emprender_2026.pdf En caso de que la solicitud para participar en la convocatoria se realice a través de un representante con plena capacidad de obrar, tal representación deberá acreditarse mediante cualquier medio válido en derecho que permita dejar constancia fidedigna de su existencia, conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 5 de la LPACAP. A tal efecto, serán admisibles las inscripciones realizadas en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración General del Estado (REA-AGE). No será necesario acreditar la representación cuando la instancia de solicitud se firme con un sistema de identificación electrónica asociado al NIF de la empresa solicitante.
  • 2. Resumen ejecutivo del proyecto empresarial. A la instancia de solicitud se deberá adjuntar un resumen ejecutivo del plan de empresa que deberá
  • Redactado en español y con una extensión de entre un mínimo 5 y un máximo de 10 páginas. No serán admitidos documentos con un número de páginas de información mayor o menor a lo indicado.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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