Personas físicasES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Premios Espacio Olímpico 2026

1.1. Estas bases tienen por objeto regular la concesión de los premios al estudiantado finalista de las olimpiadas académicas celebradas en la Universitat Jaume I y de los premios de grado, correspondientes al curso académico 2025-26 y que, además, estén matriculados en el curso 2026-27 en alguna de las titulaciones de la Universitat Jaume

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA. La gestiona UNIVERSIDAD JAUME I DE CASTELLÓN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.800,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. Pueden ser beneficiari as de estos premios las person as físicas que reúnan los
  • Haber quedado finalista (primero, segundo o tercer puesto) en alguna de las categorías de las olimpiadas locales de Física, Química, Matemáticas, Biología, Economía, Valenciano, Filosofía y Arquitectura Técnica y Edificación , y de los premios de grado en Historia y Patrimonio , Publicidad y en Humanidades, celebradas en la Universitat Jaume I.
  • Haber superado las PAU en el año 2026.
  • Haber formalizado la matrícula en el curso académico 20 26-27 en alguna de las titulaciones de la Universitat Jaume I.
  • 1. Para participar en esta convocatoria, el estudiantado no necesita presentar su candidatura. De oficio, el vicerrectorado con competencias publicará en la página web y en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I ( TAO-UJI) la convocatoria y la relación de personas candidatas que cumplen los requisitos.
  • 1. Son obligaciones de las personas beneficiarias:
  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
  • Aceptar la ayuda presentando el correspondiente escrito de aceptación en tiempo y forma (véase la base octava).
  • Acreditar ante el órgano concedente la realización de la actividad y cumplir los requisitos y condiciones que determinan la concesión o disfrute del premio.
  • Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden al órgano concedente en relación con la subvención concedida.
  • Comunicar a la entidad concede nte la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes públicos, tan pronto como se conozcan , y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social con anterioridad a la propuesta de resolución de la concesión.
  • No alterar la finalidad de las subvenciones y cumplir las obligaciones que establece la legislación vigente para la percepción de fondos públicos.
  • Facilitar la inspección y el control del órgano competente a fin de conocer cualquier aspecto de la actividad objeto de la subvención.
  • Justificar ante el órgano competente de la UJI la ayuda en los términos y plazos previstos en la correspondiente convocatoria.
  • Conservar los documentos justificativos de la subvención recibida, incluyendo los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de comprobación y control.
  • Dejar constancia expr esa de la condición del programa subvencionado por la UJI en cualquier relación con terceros.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 de la LGS, y en el artículo 172 de la LHIS.
  • No estar incursos en las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y, si es el caso, en el artículo 13.3 de la LGS.
  • 2. El incumplimiento de las anteriores obligaciones dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que correspondan de acuerdo con la legislación vigente. Decimoprimera. Reintegro

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1.1. Estas bases tienen por objeto regular la concesión de los premios al estudiantado finalista de las olimpiadas académicas celebradas en la Universitat Jaume I y de los premios de grado, correspondientes al curso académico 2025-26 y que, además, estén matriculados en el curso 2026-27 en alguna de las titulaciones de la Universitat Jaume