Personas físicasES531 - Eivissa y Formentera

PREMIOS DE ARTESANÍA DE IBIZA 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES531 - Eivissa y Formentera. La gestiona CONSELL INSULAR DE IBIZA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 23.000,00 €. Inicio: 30/09/2026. Plazo: Fin: 21/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cada solicitante podrá presentar, como máximo, dos solicitudes para las diferentes categorías de premios con la misma pieza o producto, o con piezas diferentes, siempre que cumpla con las bases y requisitos de cada una de las categorías a las que opta. Se tiene que presentar una solicitud para cada una de las categorías a las que se presenta.
  • 1. Documentos de la solicitud:
  • DNI, NIE o NIF, según corresponda.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT (Agencia Estatal de la Administración Tributaria) del año en curso e informe de vida laboral (Excepto Premio Tradición Artesanal).
  • Certificado de residencia en la isla de Ibiza.
  • Copia de la acreditación artesanal en vigor.
  • Anexo I: Solicitud de participación.
  • Anexo II: Declaración responsable. https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2026/121/1229067
  • Memoria explicativa de la pieza o el producto en la que se especifiquen las características técnicas, formales y valores añadidos merecedores del premio, acompañada de cualquier material gráfico o audiovisual de calidad que permita valorar la pieza y su proceso de elaboración. La Memoria se tiene que presentar en un documento aparte, sin elementos que permitan reconocer la autoría como nombres, logos o símbolos identificativos de la autoría.
  • El impreso de alta o modificación como acreedor del Consejo Insular de Ibiza a efectos económicos expedido y firmado necesariamente a nombre de la persona solicitante, según modelo que consta en el trámite de la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza, de alta de acreedor, del Departamento de Tesorería. Este procedimiento se puede tramitar de forma independiente a la solicitud, en todo caso solo será necesario para las personas o entidades ganadoras. Este impreso no será necesario presentarlo en caso de que se haya presentado anteriormente al Consejo Insular de Ibiza y no se haya producido ningún cambio en los datos aportados en su momento.
  • Otra documentación que considere conveniente.
  • 2. En todo caso, las piezas y los productos se tendrán que entregar físicamente a las dependencias del Consejo Insular de Ibiza (Avenida de España, núm. 49, segundo piso, 07800, Ibiza), en el momento de hacer el registro de entrada.
  • 3. Entrega física de la pieza:
  • La solicitud y la documentación correspondiente, detallada en su punto anterior 5.1, se ha de presentar en el Registro Electrónico del Consejo Insular de Ibiza. También se podrá presentar en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
  • En el momento de presentar la solicitud en el Registro del Consejo Insular de Ibiza o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LPAC, la pieza o el producto se tendrá que entregar físicamente en las dependencias de la Oficina de Atención al Ciudadano del Consejo Insular de Ibiza (Avenida de España, núm. 49, 07800 Ibiza). La pieza tendrá que ir acompañada de un título o un lema visible y de la categoría en la que se presenta, como también de un sobre cerrado y dentro una copia del Anexo I. Todo esto para preservar el anonimato de los autores que presenten sus piezas.
  • La pieza tendrá que ser entregada dentro del plazo de presentación de las solicitudes.
  • En el caso de productos gastronómicos, si bien la solicitud se tendrá que hacer en el plazo único habilitado al efecto para todos los participantes, la entrega del producto se tendrá que hacer en el momento en que se convoque el Jurado para valorar las diferentes creaciones. En este caso se informará los solicitantes previamente sobre la fecha y el lugar concreto donde tendrán que presentar su producto. La presentación de los productos gastronómicos también tendrá que ir en un envase o recipiente que permita garantizar el anonimato de la autoría del producto, sin etiquetas, logos ni elementos identificativos del productor. Sí tendrá que llevar un título o lema visible, y especificar la categoría, así como un sobre con una copia del Anexo I.
  • Criterios de valoración hasta 100 puntos máximo.
  • La categoría de la acreditación artesanal otorgada al solicitante.
  • La calidad de ejecución y el dominio de las técnicas utilizadas. https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2026/121/1229067

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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