Premios al Uso del Valenciano en el Comercio Local 2026-Ayuntamiento de Llíria

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LLÍRIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • º Vista la ordenanza general reguladora de la concesión de premios del Ayuntamiento de Llíria, aprobada por acuerdo de Pleno de 21 de diciembre de 2023, y publicada su aprobación definitiva en el BOP n.º 45 de 04 de marzo de 2024.
  • º Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno de la diputación de Valencia de 16 de junio de 2026, sobre la concesión de una subvención para que el Ayuntamiento pueda convocar premios al uso del valenciano en el comercio local, publicado en el BOP n.º 116 de 19 de junio de 2026. Vista que la finalidad es valorar y galardonar el uso de la lengua propia en los establecimientos comerciales de Llíria (imagen corporativa, material imprimido, atención al público..).
  • º Dado que la Intervención municipal ha comprobado la existencia de consignación en la partida 900/4310/2260900 COMERCIO /ACTIVIDADES FOMENTO DEL COMERCIO, denominada Premios al uso del valenciano en el comercio local, del Presupuesto Municipal de Gastos de 2500 vigente presupuesto. Considerando que la competencia para la adopción del acto corresponde al regidor de Comercio Joan Manuel Miguel León, en virtud de la resolución de alcaldía núm.2025002811, de 09 de julio de 2025. Visto el expediente tramitado. La propuesta de resolución del expediente ha sido Fiscalización de conformidad por la intervención municipal mediante informe de fecha 07/07/2026
  • - Objeto y finalidad de la convocatoria. El objeto de las bases presentes es regular la concesión de los premios al uso del valenciano en el comercio local de Llíria subvencionados por la Diputación de València. La finalidad de la convocatoria de estos premios es, por un lado, promover el uso del valenciano en el comercio local y d´otra promover el desarrollo de la actividad comercial, apoyando también a l´uso del mismo, a través de las nuevas tecnologías y redes sociales. La gestión de esta convocatoria estará regida por los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
  • - Crédito presupuestario al cual se imputarán los premios La cuantía máxima destinada a atender estos premios asciende a 2.500 €, irá a cargo de la aplicación presupuestaria 900/4310/2260900 COMERCIO/ACTIVIDADES FOMENTO DEL COMERCIO.
  • Premio por el uso del valenciano en la rotulación y en el material imprimido:
  • º premio: 825,00 euros. 2.º premio: 625,00 euros. 3º premio: 425,00 euros. Además, se dará difusión a los premios concedidos en la web del Ayuntamiento de Llíria y en redes sociales. Con motivo de la entrega de los Premios, se hará una campaña de divulgación de las empresas premiadas en las redes sociales y en el web del Ayuntamiento.
  • - Requisitos de las personas participantes y forma de acreditarlos.
  • 1.- Requisitos. Podrán ser beneficiarias de estos premios las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes según la recomendación de la Comisión Europea 2003/361/CE, de 6 de mayo (que ocupo menos de 10 personas y volumen anual de negocio no superior a dos millones de euros), incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, que ejerciendo la actividad comercial en el municipio de Llíria. Solo se puede presentar una solicitud por persona física o jurídica, sociedad civil o comunidad de bienes y para un único establecimiento. Además de reunir los requisitos específicos establecidos en el apartado anterior, tienen que cumplir todos y cada uno de los requisitos siguientes, de carácter general, exigibles para ser perceptor de subvenciones:
  • -) No estar incurso en ninguno de las circunstancias previstas al arte. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que inhabilitan para tener la condición de persona beneficiaria de la subvención.
  • -) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • -) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Llíria.
  • -) No tener pendiente de justificación subvenciones concedidas con anterioridad por el ayuntamiento de Llíria y encontrarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • 2.- Forma de acreditación de los requisitos. Las solicitudes tendrán que presentarse obligatoriamente mediante los formularios normalizados habilitados a tal efecto, acompañada de la documentación complementaria necesaria. La utilización de modelos diferentes de los señalados en las presentes bases será motivo de inadmisión de las solicitudes.
  • Para participar en la presente convocatoria, los solicitantes tendrán que presentar instancia genérica acompañada de la siguiente documentación:
  • -) Modelo normalizado de solicitud (Anexo Y CSV 16340630653775661405) que incluirá: a.-) Datos del solicitante y empresa, y de notificación. b.-) Las declaraciones responsables de cumplir los requisitos para ser beneficiario y de aceptación de las bases. El falseamiento de estas declaraciones determinará el reintegro de la ayuda de conformidad con el arte. 37. 1 a) de la Ley General de Subvenciones. d.-) La opción de autorizar a recibir notificaciones electrónicas, en caso de personas físicas. e.-) Documentación que se adjunta.
  • -) Hoja de terceros (Anexo II CSV 16340627700173461576) con los datos de la cuenta bancaria a la cual se tiene que transferir el importe del premio, en caso de resultar beneficiario. La cuenta bancaria consignada en el formulario tendrá que ser de titularidad del solicitante de la ayuda.
  • -) Memoria normalizada (Anexo III CSV 16340630625061342415) que ha de incluir fotos o dosier explicativo de las actividades o acciones en que se fomenta el valenciano. Cuando la difusión se efectúe a través de un apoyo escrito (trípticos, carteles, catálogos, libros, etc.) se tiene que incluir el logotipo del departamento de Fomento del Uso del Valenciano de la Diputación de València en un lugar visible en todo el material gráfico y la publicidad que se edite. No se admitirá jefe otro logotipo, salvo el del Ayuntamiento.
  • -)Certificadode estaral corriente en los pagos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
  • -) Certificado de estar al corriente Tesorería General de la Seguridad Social.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes