Premios 2026 de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura a municipios, personas físicas o jurídicas y entidades según re…

Título oficial: Premios 2026 de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura a municipios, personas físicas o jurídicas y entidades según resolución de fecha 29 de julio de 2026 de la Secretaria General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES43 - EXTREMADURA. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y AGENDA URBANA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas jurídicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 28.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente al Estado, con la Seguridad Social, y con la Hacienda Autonómica, extremo que se justificará con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago. Dicha justificación será consultada o recabada de oficio por la Administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso de la persona o entidad interesada. En otro caso, la persona o entidad interesada deberá presen tar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición. No obstante, ésta podrá aportar una declaración responsable en la que se contengan estos extremos.
  • No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria señaladas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subven - ciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A tales efectos deberá presentar declaración responsable de no hallarse incurso en tales circunstancias. Las declaraci ones responsables referidas en las letras a) y b) deberán presentarse en el modelo establecido a tal efecto en el anexo a esta Resolución. Quinto. Procedimiento de concesión. El procedimiento de concesión de los premios se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la presente resolución de convocatoria de conformidad con lo establecido en el artículo en el artículo 8 del Decreto 112/2024, de 3 de septiembre. Sexto. Plazo y presentación de candidaturas. La presentación de candidaturas deberá formalizarse en el modelo que figura como anexo de esta resolución, en el que se identificará la actuación presentada y la categoría a la que se concursa, e irán dirigidas al órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento, acompañando del resto de documentación requerida, que se relaciona en el resuelvo Séptimo.
  • Las personas y entidades interesadas en los premios estarán obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración, debido a que, o bien son personas jurídicas o bien siendo personas físicas ejercen una actividad profesional para la que se requiere colegiación obligatoria o no estando colegiados en la actualidad, por la propia naturaleza de los premios se deduce su capacidad técnica y profesional.
  • Por los motivos previstos en el apartado anterior la entidad o persona solicitante deberá presentar su solicitud junto con la documentación que la acompañe a través del Registro Electrónico General de Sede electrónica asociada de la Junta de Extremadura, p unto de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0606222) facilitando de esta manera Csv: FDJEXKXXNUQLYC9Z5A5ZXGAJD8V5J5 Fecha 29/07/2026 08:59:09 Firmado Por SATURNINO CORCHERO PEREZ - El Director General Urb. Ord Territ Agen Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 4/10
  • Copia Electrónica Auténtica Página 5 de 10 su localización a los interesados, dentro de la ficha correspondiente al trámite o bien en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Para la presentación electrónica de solicitudes, deberán disponer, para su autentificación y firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor. Si carece de ellos
  • Las candidaturas podrán ser presentadas por cualquier entidad pública o privada, o por cualquier persona particular o grupo de particulares, en todas las categorías. Si la propuesta no fuera presentada por quienes ostenten su autoría, será necesaria autorización expresa, así como la designación y autorización de la persona representante que actúe en su nombre.
  • Cada candidatura podrá presentarse a distintas categorías, siempre que reúna los requisitos especificados en las mismas, aunque no podrán presentarse candidaturas ya premiadas en anteriores convocatorias de estos premios.
  • La comprobación o constancia de los datos de identidad personal se realizará de oficio por el órgano instructor, ajustándose en todo caso a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los der echos digitales y en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
  • En el caso de no coincidir solicitante y persona o entidad beneficiaria, será necesario el consentimiento expreso de ésta, con carácter previo a la propuesta de resolución de concesión, para que la comprobación o constancia de los datos de identidad person al se realice de oficio por el órgano instructor. En caso contrario, quedará obligada a aportar copia del documento o tarjeta de identidad.
  • Las personas interesadas no tienen la obligación de presentar datos o documentos originales que hayan sido aportados con anterioridad a cualquier Administración, salvo que hubieren transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en el modelo normalizado de solicitud en qué momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las interesadas e interesados.
  • En caso de que la documentación adjunta a la solicitud no pueda ajustarse al número de archivos y capacidad permitida en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, se podrá cargar en el portal SEGAX de la Junta de Extremadura, en la dirección https://segax.gobex.es/, dirigido al correo electrónico cictex@juntaex.es, e indicarse el enlace y códigos de acceso en el anexo correspondiente.
  • El plazo de presentación de las candidaturas será de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y del extracto de esta, en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
  • Las bases y el modelo de presentación de candidaturas podrán descargarse en la página web de la Junta de Extremadura en la dirección https://www.juntaex.es/tramites, en la página web del SITEX (Sistema de Información Territorial de Extremadura), en la dire cción Csv: FDJEXKXXNUQLYC9Z5A5ZXGAJD8V5J5 Fecha 29/07/2026 08:59:09 Firmado Por SATURNINO CORCHERO PEREZ - El Director General Urb. Ord Territ Agen Url De Verificación https://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 5/10
  • Según el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá a la persona o entidad interesada para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, indicando que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá dictarse según el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • La presentación de candidaturas para optar a estos premios supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en la presente convocatoria. Séptimo. Documentación.
  • Junto con la solicitud se deberá presentar, además de las declaraciones o certificaciones
  • Un mínimo de uno y como máximo tres paneles en tamaño DIN A1 (841 mm x 594 mm),
  • con las siguientes características: 1º Los paneles se dispondrán en posición vertical y estarán numerados del 1 al 3, en la esquina superior derecha del panel. 2º En la esquina superior izquierda del panel aparecerá la categoría a la que concursa. 3º En el caso en los que aparezcan planos, debe especificarse la escala de trabajo y representarse gráficamente. 4º Los paneles DIN A1 se entregarán en formato PDF, con resolución de 300 dpi, en modo de color CMYK.
  • Un cuaderno en formato DIN A3 (420 mm x 297 mm) que contendrá la memoria de la actuación, dispuesta en posición horizontal. La memoria tendrá una extensión máxima de 10 páginas a una cara (portada + 10 páginas + trasera), en las que se explicará el contenido de la actuación, mediante textos, croquis, dibujos y esquemas o imágenes. El cuaderno en tamaño DIN A3, se entregará en formato pdf.
  • Autorización de la persona o equipo que ostente la autoría: si la propuesta no es presentada por aquella, se precisa su conformidad con un breve escrito firmado donde exprese su autorización a otra persona u organismo a presentar su obra.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Otras actuaciones de carácter económico