Personas jurídicasES241 - Huesca

Plan Provincial de concertación económica municipal para 2026. Mantenimiento y Reparación de Instalaciones y servicios…

Título oficial: Plan Provincial de concertación económica municipal para 2026. Mantenimiento y Reparación de Instalaciones y servicios municipales.

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.004.485,00 €. Inicio: 01/10/2026. Plazo: Fin: 15/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Formulario electrónico, según trámite habilitado en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Huesca, Plan de Concertación Económic a Municipal. Mantenimiento y reparación de instalaciones y servicios municipales 2026, al que adjuntarán la siguiente
  • Aprobación inicial Plan de Concert Mantenim. y Repar. Instalaciones y serv municipa 2026
  • Declaración responsable de la correspondiente Ent idad de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Diputación Provincial de Hues ca, y por reintegro de subvenciones con esta Corporación, y del cumplimien to de los requisitos exigidos en el art. 13 de la Ley 38/2006, General de Subvencion es para obtener la condición de beneficiario, y aceptación expresa de la subvención concedida.
  • Certificación emitida por el Secretario-Interventor/Interventor de la Corporación, con el V.º B.º del Alcalde, que acredite estar al día d e sus obligaciones con la Cámara de Cuentas de Aragón y del cumplimiento del resto de l os requisitos contenidos en el art. 9.c) del texto Refundido de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
  • Certificación emitida por el Secretario-Interventor/Interventor de la Corporación, con el V.º B.º del Alcalde, acreditativo del cumplimien to de los requisitos y realización de la actividad en el supuesto de que se haya obtenido otra subvención de esta Corporación en el ejercicio anterior para el mismo destino y finalidad. Los modelos de declaración responsable y aceptación y de certificaciones figurarán en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Huesca, adjuntos al trámite electrónico. La presentación de la documentación anterior una ve z finalizado el plazo establecido se entenderá como renuncia a la cantidad concedida, salvo por causas debidame nte justificadas no imputables a las entidades beneficiarias. Quinto. La entidad local deberá justificar el importe de la subvención concedida, como máximo hasta el 31 de marzo de 2027 , mediante presentación electrónica de la siguiente
  • Formulario electrónico, según trámite habilitado en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Huesca Plan de Concertación Económica Municipal. Mantenimiento y reparación de instalaciones y servicios municipales 2026, al que se adjuntará la siguiente
  • Certificación emitida por el Secretario-Interventor/Interventor de la Corporación, con el V.º B.º del Alcalde, que acredite que el imp orte de la misma se ha destinado a financiar los gastos derivados del fin especificado en el punto primero. Acuerdo 1
  • Certificación emitida por el Secretario-Interventor/Interventor de la Corporación, con el V.º B.º del Alcalde, comprensivo de los gast os de personal, en el caso de la contratación o nombramiento de personal.
  • Copia digitalizada de los documentos o facturas j ustificantes de gastos, en el resto de los casos.
  • En su caso, justificante electrónico del ingreso o copia digitalizada del resguardo de ingreso en formato papel, del exceso d e subvención en la cuenta de la Diputación Provincial de Huesca 2085-2052-07- 0300021933, que incluirá, asimismo, el importe del interés de demora del exce so de subvención obtenido desde la fecha en que tuvo lugar el ingreso hasta l a que se efectúe el reintegro, en el supuesto de justificarse cantidad inferior a la subvención concedida.
  • Justificación de la publicidad realizada de la fi nanciación pública obtenida que deberá realizarse, como mínimo, incluyendo en el tablón de edictos electrónico y/o en la página web del ayuntamiento una reseña in formativa en la que se detalle el tipo de gastos sufragados con la subvención de la Diputación Provincial de Huesca y su importe. Aportar pantallazo o fotografía de los indicados anuncios. Los modelos de justificación y de las certificacion es figurarán en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Huesca, adjuntos al indicado trámite. En el supuesto de que se incumpla con la obligación de dar la publicidad adecuada de la
  • Si la ayuda es inferior a 30.000 €: una penalización del 5% de la subvención
  • Si la ayuda alcanza o supera los 30.000 €: pérdid a del derecho al cobro y consiguiente reintegro. Los modelos de justificación y de las certificacion es figurarán en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Huesca, adjuntos al indicado trámite. Sexto. La presentación de la justificación una vez finaliz ado el plazo establecido se considerará incumplimiento no significativo de la o bligación de justificación, incluso si se presenta en el plazo de quince días a contar desde el requerimiento regulado en el art. 70.3 del RD 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reg lamento de la Ley General de Subvenciones. Acuerdo 1
  • Entre 1 y 8 días de retraso, el 10% del importe d e la subvención, con un máximo de 300 euros.
  • Entre 9 y 20 días de retraso, el 20% del importe de la subvención, con un máximo de 600 euros.
  • Más de 20 días de retraso, el 30% del importe de la subvención, como máximo 900 euros. La presentación de la justificación terminado el pl azo de 15 días desde el requerimiento regulado en el citado art. 70.3 del RD 887/2006, se entenderá como incumplimiento significativo de la obligación de justificar dando lugar a la declaración de pérdida de derecho al cobro e inicio de expediente de reintegr o y exigencia de los intereses que procedan. Asimismo, en caso de justificarse cantidad inferior a la subvencionada, se iniciará expediente de reintegro parcial por el importe que exceda de la cantidad justificada con los intereses de demora que correspondan. Séptimo. Facultar a la Presidencia de la Corporación para ad optar los actos de ejecución de las correspondientes subvenciones así como para dictar las resoluciones necesarias en orden a la plena efectividad de este Acuerdo Octavo. Publicar el presente Plan en la Base de Datos Nacio nal de Subvenciones, en la sede electrónica y en la página web de la Diputación Provincial de Huesca. Huesca, en la fecha en que se produce la firma electrónica

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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